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A vueltas con la licencia AE

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Esta importante decisión aumentaba considerablemente el número de armas y modelos guiables con esta licencia especial, la cual permite poseer un arma de fuego histórica presentando únicamente el DNI. Gracias a este adelantamiento en 20 años de la fecha máxima, varias reproducciones y réplicas de armas históricas fabricadas en la actualidad, como los populares revólveres Uberti 1873 Cattleman y 1875 Schofield han experimentado un notable aumento de ventas entre los coleccionistas y aficionados a las armas históricas de nuestro país. Sin embargo, toda esta loable situación, pensada en un principio para poder poseer en perfecto estado de revista y de forma completamente funcional estos pequeños pedazos de la historia armamentística, ha acabado despertando nuevamente esas eternas suspicacias que viven en la mente de quienes regulan la tenencia de armas de fuego en nuestro país.

Así, la primera pega o inconveniente tras la aprobación de esta medida llegó con el tema de la munición que alimenta estas armas. Tal y como recoge el vigente Reglamento de Armas cuando habla de reproducciones actuales de armas históricas, estos revólveres sólo se deberían poder alimentar con calibres que ya existieran también antes del año 1890. Dentro de este apartado quedan englobados por tanto los cartuchos del calibre .45 Long Colt y del calibre .44-40, ambos nacidos en 1873 y que actualmente se comercializan como munición metálica de fuego central. ¡Menudo problema para los que legislan!, ¿cómo es posible que un ciudadano pueda tener en su casa un revólver de nuevo cuño basado en un modelo histórico y pueda comprar munición metálica para alimentarlo con sólo presentar su DNI y tener en vigor la Autorización Especial? Algunos ya empezaban a tirarse de los pelos… Por suerte, en todo este tiempo que llevan comercializándose esta armas no ha habido ningún suceso relacionado con su mal uso, y quienes han adquirido estos revólveres con su licencia AE se han limitado a usarlas deportivamente en alguna tirada de club de armas históricas, o simplemente a sumarlo a su colección particular. Pero he aquí, el segundo problema, más reciente y que empieza a dividir a los propios usuarios, ya que una vez más vuelve a surgir el inagotable debate del uso de las armas: ¿deportivo o de colección? Bajo nuestro criterio, que cada uno utilice su revólver guiado en AE para lo que le venga en gana. Para tenerlo decorando la vitrina de su salón, o para participar en tiradas de Cowboy Action Shooting. ¡Qué más da!, lo importante es que todos unidos hemos conseguido poder guiarlas al ampliar la fecha máxima a 1890. ¿Por qué vamos a dividirnos ahora? Parece que nunca aprendemos.

EDITORIAL del nº51 del periódico Armas.es, Edición Impresa (Diciembre 2013 - Enero 2014)

Comentarios


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oscashooter

31, Diciembre 2014 12:01:06

Ante la duda, no. Ésta parece ser la norma, el hábito, la costumbre. Bien está el regular, controlar incluso; pero de eso a ésto, no, no hay correspondencia, ni lógica, ni razón. Una vez más, un NO en mayúsculas viene a cerrar unilateralmente un asunto, sin demasiada explicación, amparándose en el exceso de celo o vicio de ejercer funciones que, en definitiva, sólo han de responder a una búsqueda del equilibrio en el día a día de la convivencia y que, en buena y perfecta lógica democrática, no deben ir más allá de lo que la estricta salvaguarda de ese preciado bien común -la armónica y pacífica convivencia- marcan y definen. Es una lección elemental de derecho que los poderes públicos, y las administraciones en las que se apoyan, sólo se justifican en la medida en que nos sirven a todos, y que éste y no otro ha de ser el propósito, máxime cuando ese poder que emana del pueblo, el que ostentan y representan y al que deben servir, es el norte y único aval de su misma existencia. Pues bien, en la teoría, y bien planteada está, una administración pública, investida de legitimidad y poder por lo que podemos definir como acuerdo de todos los depositarios del mismo (el pueblo, todas y cada una de las personas que lo integran) debiera actuar SÓLO en aquellos temas y mediante los procedimientos que la Ley marca y permite, amén de hacerlo de manera razonada, justificada, motivada como se dice en términos jurídicos, y no vale para ello el recurso a vagos argumentos de índole general, ni impresiones, ni temores u opiniones de aquellos que las dirigen, integran o sirven, por elevado que sea su rango, por más que se sientan tocados por la Gracia Divina o amparados en razones que, en demasiadas ocasiones, son "SU" razón o impresión. Paralelamente, y como contrapartida de y en libertad al poder que el auténtico Leviatán del Estado encarna, los particulares, los ciudadanos (que no súbditos) , en tanto que propietarios de esa parcela de poder, de libertad, se dice que están legitimados, autorizados, a hacer todo cuanto no está prohibido. Parece un juego de palabras: lo que la Ley autoriza y de la forma establecida para unos -las administraciones- y todo lo que la Ley no prohibe para los ciudadanos... pero es mucho más. Lo es porque el paso, el tránsito de lo permitido o no vedado por la Ley a una norma que recorta parcelas de libertad y limita la autonomía de la persona, su libre albedrío dentro del marco del respeto y la convivencia, no debe caer, sin más, en la esfera de la regulación meramente reglamentaria, ni tampoco quedar en exclusiva al arbitrio y albedrío de uno o varios altos funcionarios por más encumbrados que se encuentren o más válidos y expertos (en ésto,lo confieso, a veces tengo mis serias dudas...) que puedan ser. Una más y van la tira, que diríamos en lenguaje coloquial. El Poncio de turno, arrogándose la función legislativa por extensión, reglamenta y proscribe, determina y dicta... y nadie parece dispuesto a marcarle de nuevo su terreno, a decirle en román paladino que se excede en sus funciones y que, por alto que esté no debe permitir que las nubes le nublen la vista de la razón, la percepción de lo que los simples mortales, ciudadanos de a pié para hacer suya una disposición, para respetarla desde el interior de su conciencia, necesitan argumentos, razones, que se motive y se recojan los mil aspectos que, correspondiendo a intereses y aficiones legítimas, con respeto a la Ley y ejercitándose en buena fe y desde el sentiido común, ahora, mediante tajo reglamentado, simplemente se cercenan actividades y derechos, libertades en suma. Todavía, a fuer de sinceros, tendríamos que recoger, también una vez más, ese silencio cómplice y por tanto culpable, de quienes llevando las riendas de nuestra representación, bien sea en el marco asociativo y deportivo, bien en el puro, crudo y duro de la representación política, callan y otrogan, permiten y o ni se enteran o miran para otro lado. Nuevo paso atrás, vuelta a lo de siempre, porque como dijese Romanones: "Hagan ustedes la Ley, que yo haré el reglamento"; algo que, en pleno siglo XXI, por desgracia y en su faceta más cainita y casposa, sigue estando vigente.

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