El Ministerio del Interior ha iniciado una modificación del Reglamento de Armas que, aunque presentada como una adaptación técnica a Europa, introduce cambios que afectan directamente a cazadores, tiradores, titulares de licencias y al sistema administrativo de control de armas.
El documento oficial (actualmente en consulta pública) deja claro que no es un simple ajuste legal: reorganiza competencias policiales, introduce nuevos requisitos para obtener licencias y plantea límites a la adquisición futura de armas.
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Para quienes quieran conocer opiniones reales del sector, en el foro de Armas.es los usuarios ya están analizando y debatiendo en profundidad cada punto de este borrador y sus posibles consecuencias:
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El detonante: una exigencia formal de la Unión Europea
La reforma nace porque la Comisión Europea ha requerido a España adaptar su reglamento a la Directiva (UE) 2021/555. El motivo concreto es que la normativa española exime del mercado a armas artísticas y de sistema Flobert, algo que la directiva no contempla.
Este requerimiento obliga a modificar el reglamento mediante Real Decreto, ya que no existe otra vía jurídica posible.
Sin embargo, el contenido del borrador deja claro que no se trata de una simple actualización técnica: estamos ante una reforma estructural que afecta a licencias, límites de armas, requisitos formativos, competencias administrativas y regulación de determinados objetos.
¿Qué cambios en el Reglamento de Armas plantea este borrador?
El documento oficial organiza la reforma en cuatro grandes bloques que, leídos en conjunto, permiten entender que no estamos ante una modificación menor, sino ante una reconfiguración amplia del sistema regulatorio de armas en España. Cada bloque responde a una lógica distinta: reorganizar la administración, reforzar la seguridad pública, atender demandas del sector y corregir incoherencias normativas acumuladas durante años.
Reforma del sistema interno de control de armas
El primer bloque actúa sobre la arquitectura administrativa que sostiene el reglamento. La intención del Ministerio del Interior es armonizar las competencias dentro de la Guardia Civil para evitar diferencias entre órganos que actualmente tramitan licencias y autorizaciones bajo criterios distintos.
Para lograrlo, el borrador redistribuye atribuciones entre unidades centrales y territoriales, traslada ciertas decisiones a órganos superiores y establece que determinadas resoluciones administrativas deban revisarse antes de poder ser recurridas ante tribunales. También prevé centralizar la información sobre armas decomisadas y flexibilizar la distribución territorial de las intervenciones de armas, eliminando rigideces organizativas que el propio texto considera ineficientes.
Se trata, en esencia, de una reforma de ingeniería administrativa cuyo impacto será invisible para la mayoría de usuarios, pero relevante para el funcionamiento interno del sistema.
Nuevas reglas para tener armas: formación obligatoria y controles reforzados
El segundo bloque introduce medidas directamente relacionadas con la prevención del delito y el control del acceso a armas. La novedad más destacada es la creación de un curso obligatorio previo para obtener licencias, que afectaría tanto a caza, tiro deportivo y seguridad privada. El contenido del curso sería desarrollado por Interior y pasaría a formar parte del procedimiento estándar para convertirse en titular de licencia.
El texto explica que esta línea de reforma se apoya en informes de inteligencia que detectan nuevas formas de abastecimiento ilegal. Entre ellas destaca el uso de testaferros con licencia que adquieren armas legalmente para después desviarlas al mercado ilícito mediante denuncias falsas de pérdida o robo. El objetivo de la modificación es introducir mecanismos que dificulten estas prácticas.
Dentro de este mismo bloque también se plantea restringir el acceso legal a determinadas armas blancas, especialmente machetes.
Restricción de armas de apariencia militar o policial
Este borrador a su vez plantea restringir el acceso legal a armas de apariencia militar o policial, un concepto que está siendo motivo de debate. El texto de la reforma identifica expresamente este tipo de armas (junto con machetes y otras armas blancas) como objetos cuya venta y uso podrían requerir controles más estrictos o limitaciones adicionales en comparación con el régimen actual.
El objetivo es actuar sobre determinados tipos de armas que, aunque hoy son legales para su compra y posesión con licencia, tienen un aspecto similar al de las armas utilizadas por fuerzas de seguridad o militares. Este es el caso, por ejemplo, de rifles semiautomáticos tipo AR15 u otros modelos populares entre los tiradores: armas que actualmente pueden adquirirse de forma legal dentro de las categorías previstas por la normativa española, sin prohibición específica.
La intención es dificultar que estas armas sean desviadas hacia usos delictivos, por ejemplo mediante testaferros que las adquieren legalmente para luego denunciarlas como perdidas o robadas.
El texto no deja claro si estas medidas implicarán prohibiciones totales, límites parciales o simplemente mayores controles, ya que se deja totalmente abierto este aspecto, con esta frase extraída literalmente del borrador: “restringiendo el acceso legal a determinadas armas o incrementando los controles sobre su uso … armas de apariencia militar y policial, popularmente conocidas como armas tácticas”.
Cambios que el sector sí llevaba años pidiendo
El tercer bloque es el más equilibrado políticamente, porque combina medidas restrictivas con reformas que responden a peticiones históricas de cazadores y tiradores.
La modificación más visible es la unificación de las actuales licencias D y E en una sola autorización para armas de caza.
Según el documento, esta medida eliminaría alrededor de 80.000 expedientes administrativos al año sin reducir exigencias de seguridad ni requisitos de custodia, lo que supondría una simplificación burocrática significativa tanto para la Administración como para los usuarios.
Limitación en el número de armas que se pueden adquirir
Sin embargo, esa fusión obligaría a introducir un límite al número de armas que podrán adquirirse en el futuro, ya que el sistema actual permite poseer un número ilimitado de rifles de caza mayor. El borrador justifica esta decisión señalando el riesgo que supone la existencia de grandes colecciones privadas, aunque deja claro que los derechos adquiridos de los actuales titulares deberán respetarse si ya poseen más armas de las que se autoricen en adelante.
El mismo apartado incorpora cambios favorables al uso de armas: se desvinculan ciertas categorías de su actividad exclusiva, lo que permitiría utilizar determinados rifles tanto para caza como para tiro deportivo. Además, se abre la puerta a que el calibre .22 pueda emplearse para control poblacional de especies y se plantea que rifles de caza mayor puedan usarse en tiro deportivo sin necesidad de licencia F, ni estar federado.
También se ajustan las condiciones para tiradores deportivos, ampliando el número de armas permitidas a deportistas de primera categoría debido al aumento de modalidades, mientras que los titulares de licencia F de tercera categoría quedarían limitados a armas calibre .22.
¿Cómo afectaría esta nueva limitación del Reglamento de Armas a los usuarios que ya dispongan de más armas de las permitidas?
En este aspecto, el borrador presentado dice literalmente:
"Debe salvaguardarse el derecho adquirido de los actuales titulares de licencias que tienen más armas de las que, a partir de ahora, se podrán adquirir."
Es decir, en un primer momento (teniendo en cuenta que se trata de un borrador y no es definitivo), todo indica que la reforma no obligará a desprenderse de las armas que ya se poseen. El borrador establece que se respetarán los derechos adquiridos de los actuales titulares, por lo que quienes hoy superen el futuro límite podrán conservar su arsenal legalmente.
La medida busca frenar la acumulación de armas a partir de ahora sin penalizar situaciones que hasta el momento eran legales.
Ajustes discretos del reglamento que pasan más desapercibidos
El último bloque reúne modificaciones diversas cuyo objetivo es corregir incoherencias legales o actualizar disposiciones que habían quedado desfasadas. Entre ellas destaca la equiparación de requisitos médicos para titulares de licencias F, que deberán presentar certificados psicofísicos periódicos a partir de los 67 años de edad, igual que ocurre con otras licencias.
También se propone excluir del ámbito del Reglamento de Armas a las academias autonómicas de formación de policías locales para el desarrollo de sus funciones, algo que el texto considera necesario para garantizar coherencia con el régimen jurídico de los cuerpos policiales.
¿Cuál es el siguiente paso en todo esto?
Como hemos indicado anteriormente, esto es un borrador de consulta pública previa. Como bien indica, en estos momentos y hasta el 08 de Marzo de 2026, el proceso está en trámite de consulta.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones pueden hacer llegar sus opiniones sobre este nuevo ajuste del reglamento de armas al correo electrónico habilitado para ello.
De hecho, asociaciones como ANARMA ya se están movilizando para concienciar a los ciudadanos de la necesidad de enviar las protestas corresponientes, tanto por vía telemática como por correo administrativo certificado. Además, ANARMA publicará el próximo lunes 23 de febrero un modelo de alegaciones técnico y riguroso.
Conclusión: no es una reforma técnica, es estructural
Aunque oficialmente se presenta como una adaptación a Europa, el propio documento demuestra que se pretende rediseñar varios pilares del sistema español de armas civiles.
El texto no es definitivo y está abierto a alegaciones, pero ya permite anticipar una conclusión clara:
Si se aprueba en términos similares, será uno de los cambios más importantes en décadas en la regulación española de armas.
