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Armas urgentes: cómo conseguir la licencia E en apenas un mes

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¿Quieres un arma y no sabes cómo conseguirla? Cumpliendo los farragosos trámites burocráticos, pagando las tasas y superando un doble examen teórico-práctico, puedes obtener la licencia E en un breve plazo de tiempo. Aquí te contamos cómo.
Armas urgentes: cómo conseguir la licencia E en apenas un mes
R. F. (armas.es) 05/02/2007
¿Quieres un arma y no sabes cómo conseguirla?, ¿sabes que las escopetas son las armas que más rápido se conceden en España? Cumplimentando los siempre farragosos trámites burocráticos, pagando las tasas requeridas y superando un doble examen teórico-práctico, puedes obtener la licencia E en un breve plazo de tiempo. A continuación, te contamos cómo.

 
En los últimos meses, los medios de comunicación españoles se han hecho eco de la creciente demanda de licencias tipo E y del auge de las ventas de escopetas de corredera. Los motivos que explican este repentino y notable incremento de las armas de caza de ánima lisa son de lo más variado. Algunos, los menos, consideran que esta pasión por las escopetas se debe a la incipiente llegada al mundo de las armas y la caza de nuevas generaciones de jóvenes tiradores. Otros, en clara mayoría, creen ver en este incremento de las licencias de tipo E una forma rápida de obtener una escopeta como arma de autodefensa. Y es que la cada día más temida inseguridad ciudadana supone un excelente caldo de cultivo para que el comercio de armas continúe creciendo.

Pero, ¿es cierto que se puede obtener una licencia E con tanta celeridad?, ¿qué pasos deben seguirse para poder disfrutar de una escopeta con total normalidad? A continuación, y basándonos en un caso real, os contamos todo lo necesario para conseguir la licencia de armas lisas en poco más de un mes.

¿Por qué la licencia E?
Según el actual Reglamento de Armas, todas las armas de 3ª categoría sólo pueden ser utilizadas con la licencia E. Estas armas son las siguientes:

-Armas largas rayadas para tiro deportivo, de calibre 5,6mm (.22LR), de percusión anular, bien sean de un disparo, de repetición o semiautomáticas;

-Escopetas y demás armas largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo;

-Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.

Por tanto, el futuro tirador que quiera poseer, llevar y utilizar una de estas armas deberá obtener obligatoriamente la licencia E. Este permiso tiene una vigencia de 5 años, plazo a partir del cual deberá ser renovado.

 
 
El encargado de conceder esta y todas las licencias es la Dirección General de la Guardia Civil, por lo que el primer paso, una vez sabido que necesitamos obtener la licencia E, es dirigirnos a la Intervención de Armas de la Guardia Civil más cercana a nuestro domicilio. Allí, los interventores nos facilitarán los documentos (solicitudes) y la información necesaria para poder tramitar la licencia. En este sentido, antes de dar los siguientes pasos, el futuro tirador deberá rellenar una instancia solicitando la licencia E y deberá abonar dos cantidades en concepto de tasas. En nuestro caso, en una Intervención de Valencia, tuvimos que hacer frente a dos tipos de pagos: 9,96 euros por la solicitud de la licencia de armas, y 81,88 euros por la realización de las pruebas de capacitación (exámenes). Los impresos de estas dos tasas nos los facilitaron en la propia Intervención. Los rellenamos y abonamos las dos cantidades en nuestra entidad bancaria.

A continuación, nos dedicamos a recopilar toda la documentación necesaria para poder presentarnos a las pruebas de capacitación. Estos documentos son los siguientes:

-Certificado de antecedentes penales: este impreso se compra en cualquier estanco. Se rellena debidamente y se lleva a la Gerencia de Justicia de tu ciudad para que lo legalicen. La Guardia Civil también puede conseguirte el certificado de antecedente penales, aunque el proceso en ese caso puede retrasarse varios días.

-DNI original y dos fotocopias sin recortar (es obligatorio ser mayor de edad)

-Licencia de Caza o Licencia Federativa: en este caso, el futuro titular de la licencia de caza debe darse de alta en la Federación que le corresponda. Para ello, debe abonar una cuota anual que en nuestro caso ascendió a 13,50 euros.

Certificado médico
Licencia Federativa
-Certificado médico psico-físico: Este certificado se obtiene en cualquier centro especializado de la provincia donde resida el futuro titular. Para conseguirlo, el interesado debe llevar una foto tamaño carné, superar las pruebas psico-físicas y abonar el correspondiente importe (en nuestro caso sobre unos 40 euros).

Una vez recopilados todos estos documentos, el futuro titular deberá volver a la Intervención de Armas y entregar toda la documentación junto con 3 sobres con sus correspondientes sellos y con su dirección. A partir de entonces, y según lo que establece la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Reglamento de Armas, se abre un plazo máximo de 3 meses para obtener la licencia. Durante ese período se realizan los dos exámenes (teórico y práctico), que en nuestro caso tuvieron lugar pocas semanas después de haber entregado la documentación.

Los exámenes
El último paso para obtener la licencia E es superar un examen teórico-práctico que se realiza en dos fases. En primer lugar, el aspirante a conseguir la licencia debe enfrentarse a una prueba teórica con cuestiones relacionadas con el conocimiento de las armas y del Reglamento de Armas. Este examen consta de 20 preguntas, obtenidas de un temario con cerca de 400 posibles cuestiones, y cada una de ellas presenta 3 posibles respuestas. Para superarlo, el examinado deberá contestar correctamente al menos 16 preguntas.

Una vez aprobada la fase teórica, llega el turno de la prueba práctica. En este caso, se trata de efectuar dos disparos sobre una diana de 50cm de diámetro colocada a una distancia de 25 metros. No es necesario tener buena puntería, ya que el aprobado se obtiene simplemente demostrando un plomeo suficiente. Además, antes de efectuar los dos disparos, el examinado debe montar y desmontar el arma, cargarla y descargarla, demostrando a las autoridades que está perfectamente capacitado para utilizar una escopeta. Para acceder al arma con la que se realiza el examen práctico, el aspirante puede ir acompañado de una persona con la licencia de armas que le prestará su escopeta, o bien puede apuntarse a un centro de formación para futuros tiradores.

En el momento en el que se aprueba el examen práctico, el aspirante obtiene la licencia de armas, aunque esto no implica que ya esté autorizado a portar y utilizar armas. En este sentido, el nuevo titular debe esperar a que la Intervención de Armas tramite definitivamente su licencia, un proceso que puede alargarse durante varias semanas. Precisamente, este es el gran inconveniente con el que se encuentran las personas que buscan conseguir un arma de forma urgente, ya que los trámites necesarios para obtener la licencia son rápidos (nosotros los hemos realizado en apenas un mes), pero la habitual e incómoda demora llega después.

Queda demostrado, por tanto, que en poco más de un mes puede obtenerse la licencia E para armas de caza (escopetas) y de tiro (carabinas del calibre .22 y armas de aire comprimido de gran potencia). Sólo hace falta tener un poco de tiempo libre, desembolsar una cantidad cercana a los 150 euros, y sobre todo, ganas de conseguir un arma. El uso que se le vaya a dar luego (caza, tiro deportivo, autodefensa…) ya es otro cantar.

Comentarios


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enrique

10, Octubre 2012 08:24:01

Buscando, buscando, me he encontrado este artículo que me ha parecido muy interesante. Lo mejor es el enfoque, contra la opinión de alguno. Las cosas son como son, y cogérsela con papel de fumar es de risa. ¿Como que en España no se permite la tenencia de armas para autodefensa? Claro que sí, para políticos, militares, policías, gente de pasta y algunas personas con riesgos muy específicos? El resto si la quiere tiene que ir por esta vía. Así fue siempre en las zonas rurales. Por cierto, yo voy a sacar la E y no será para autodefensa, pero la realidad de otros muchos casos es la que es. Ya está bien de callarse

PEDRO ANTONIO GOMEZ MATALLANA

30, Abril 2009 11:55:00

El artículo me parece excelente en cuanto a la explicación para la obtención de la licencia pero me pace MAL por el enfoque que realmente tiene ya que los problemas en cuanto a restricciones que tenemos las personas a las que realmente nos gusta la caza, o las armas de tiro deportivo vienen precisamente por la gente que se hace la licencia con el único fin de tener la escopeta o la pistola en casa, por si pasa algo??? no no eso es para que pase. Por lo tanto ruego sea corregido el artículo o que lo quite de la página a quien corresponda, así como que si no lo hace y aunque sea en privado me de una buena respuesta. Gracias

Oscar1975

30, Abril 2009 03:42:00

Estoy de acuerdo con Alatriste y aquellos que piensan que es un buen artículo mirado desde el punto de vista en que se informa de qué trámites, documentos y organismos son los necesarios para obtener la licencia E, pero veo que el enfoque que se le da es malo. Un arma guiada como amparada con licencia E no puede, ni debe ser utilizada como arma de defensa personal, como así tampoco un arma de tiro deportivo (corta sobre todo) ha de ser utilizada en modo alguno como arma de defensa. Coincido igualmente en que debería tratarse de darle otro enfoque, pues las armas que aqui se tratan son para uso exclusivo de la caza o el tiro deportivo.

Un saludo,

Oscar.

francisco jose gutierrez

14, Febrero 2009 04:41:00

hola me gustaria saber si me puedo sac ar la licencia con 16años para 17 casi,con el permiso de los padres,siempre aconpañado de mi madre puesto que ella se la sacaria a la vez que yo,esa es mi pregunta s¿se podria hacer con el permoso de mis padres(mi madre siempre estaria commigo.vomo ya he dicho ella se lo sacaria a la vez que yo)? bueno espero una respuesta sea lo que sea lo antes posible muchas gracias un saludo,

DAVID DE SILVA

19, Enero 2009 05:53:00

Yo no entro a valorar lo acertado del enfoque del articulo, pero si es cierto q me ha aportado la informacion q buscaba sobre la documentacion q necesito aportar... Pero yo añadiria que en Huelva no solicitan el certificado de penales (por lo visto se encargan ellos directamente) y no se si esta practica es comun o no

Ribetano

13, Diciembre 2008 10:48:00

El exámen práctico es una especie de coreografía. Sólo hay que seguir los pasos y se aprueba. No hagas nada hasta que pite el Guardia. Ten el arma en posición de seguridad 45 grados hacia el cielo y no pongas el dedo en el gatillo hasta que manden disparar. Por acertar no te preocupes porque meter 20 plomos en una diana a 25 metros con dos cartuchos es muy fácil. Yo alquilé el arma en el propio campo de tiro para el examen. Sobretodo tranquilo y haz lo que te dicen.

Suerte

Ribetano

juan pi

02, Diciembre 2007 01:22:00

El articulo es de categoria suprema,expecifica claramente los pasos a seguir para la obtencion del permiso y cuales son los motivos del incremento de las licencias,caza,tiro al plato y autodefensa,como estan los tiempos es lo mas correcto,otra cosa es sacarse la licencia para ir a asaltar chalet o bancos,cuidado,defender nuestra casa y nuestra familia en un momento dado es algo muy serio,que lo puedes lamentar toda tu vida,tanto si te has defendido como si no

Marcos

25, Junio 2007 05:06:00

hola, interesante artículo pero, me gustaría saber exactamente en que consiste el examen práctico, ya que lo tengo el día 10 de julio y no tengo claro los detalles como por ejemplo el hecho de recoger las bainas despues de los disparos, seguro de la escopeta, abandono del arma, vamos, lo que tengo ke hacer exactamente para aprobarlo y lo que no tengo que hacer, si alguien lo sabe gracias, iría mucho más tranquilo

Marcos

jeremiah

11, Abril 2007 12:08:00

Mal artículo, mal enfoque, estas son la cosas que hacen daño al tiro y a los tiradores, ademas no dice nada que no sepamos, y el tiempo que tardan en darte la licencia es el normal, un mes mas o menos. No aporta nada nuevo y encima nos hace quedar como gansters. Malo, muy malo, parece que lo ha escrito un detractor de las armas con intención de perjudicarnos..

Benito Camela Poiah

03, Marzo 2007 04:11:00

En España no se permite la tenencia de armas para autodefensa. Pero eso no significa que no puedes conseguir un arma con ese fin. Tu te apuntas a la Federacion de Caza o de Tiro y luego ya usas tu arma como consideres oportuno. Si tienes problemas legales por el uso que le des, eso es algo que cada cual debe preocuparse personalmente.

Francisco Marín Pacheco

20, Febrero 2007 03:03:00

Buen articulo. El articulo dice la verdad. Por supuesto cada cual lo puede ver desde su punto de vista y sera digno de respeto. Ahora bien, si tienes miedo en tu hogar, si te sientes amenazado y tienes que defenderte. Lo mas facil y rapido de obtener es una licencia E y por ello una escopeta. Es asi. Si tu vida corre peligro, te defiendes. Ojala nunca suceda.

Rafael Sampol Arrigoni

08, Febrero 2007 09:38:00

Estoy deacuerdo con lo dicho por Buen tirador ,estoy totalmente en contra de que se equipare a las armas de caza con meros artilugios cuya unica función sea la de matar gente ,tambien se pueden emplear los cuchillos de cocina para tal fin y no se les denomina popularmente como armas,la licencia tipo E solo se concede para poder cazar o practicar tiro deportivo,nunca se deberia de ¨insinuar¨con ese tipo de articulos que su uso puede ser otro.Yo como cazador tengo un concepto totalmente distito al calificar las armas de hecho no me gusta denominar a mis rifles y escopetas como tal . Un saludo.

Miguel Lopez

07, Febrero 2007 10:28:00

Coincido con buen tirador y con Felmaes. Con explicar cómo se consigue la lincencia tipo E sobraría. Explicaciones como las de este artículo hace que nos miren mal a los aficionados al tiro.

Marlon Brando

05, Febrero 2007 07:32:00

Pues a mi me parece un articulo interesante... y sobre todo que crea debate. Que hay de malo en decir que la licencia E se esta usando para obtener armas de autodefensa??? Si es la realidad... no hay nada malo en mostrarla tal y como es. Creo que el articulo esta bien enfocado para crear debate. Al menos a mi me lo parece... Ciao.

Jorge Tierno Rey

05, Febrero 2007 06:23:00

Buen artículo, entra de lleno en la cuestión. Si tan restringido es el acceso a las armas en España cómo es esto posible. A mi modo de entender la concesión de licencias de armas para caza es mucho más sencilla que cualquier otro tipo de armas, lo que orienta a aquellos que quieran un arma hacia ahí.
Lo dicho, me parece un buen artículo.

Francisco Marín Pacheco

05, Febrero 2007 06:19:00

Mal enfoque, eso me parece este articulo. Comenzamos diciendo: ¿Quieres un arma y no sabes como conseguirla?.
Despues en el titulo del articulo se dice: "ARMAS URGENTES:......."
No considero que se deba de hacer pensar al lector, al lector que se acerca por primera vez al mundo de las armas que se puede tener una escopeta como arma de autodefensa, como se sugiere mas adelante. La Licencia E, ampara escopetas, carabinas del 22 L.R. y armas de aire comprimido de gran potencia, pero para el uso del deporte de la caza, o del tiro al plato o del tiro deportivo. No se puede poner una foto y decir:
" La Licencia E, permite el uso de escopetas tacticas", hombre no. La Licencia E, permite el uso de escopetas para la caza y para el tiro al plato, sean tácticas, repetidoras, superpuestas o paralelas. Bastantes detractores tenemos ya, las personas a las que nos gustan las armas de fuego para buscar otros pocos mas. No estaria de mas decir, que ojo, con el uso que se da a las armas de fuego como armas de autodefensa, que no podemos por el hecho de tener en nuestro poder un arma de fuego, sea una escopeta, una carabina del 22, o un rifle, ponernos a disparar contra el delincuente que entre en nuestro jardin o que intente entrar en nuestra casa. La respuesta a una agresion, debe de ser una respuesta proporcionada a esta. No por ver a alguien en nuestro jardin podemos disparar los ocho cartuchos que tiene una escopeta de corredera. Pero eso sucede con todas las demas armas que amparan las diferentes licencias de armas, tanto la B, para particulares, como las de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
El articulo, bueno en su conjunto, salvo lo que anteriormente he expuesto.

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