– Buenos días. ¿A dónde va?
– A dar una vuelta con los críos por el monte –en el asiento de atrás se remueve una parejita de 8 ó 10 años que mira con ojos curiosos. Posiblemente nunca han visto un rifle tan de cerca ni a un tipo con una actitud tan huraña como la mía.
– ¿Y no ha visto usted la señal de "Peligro Batida"?
– Sí; pero digo yo que ustedes no dispararán a los niños!
La respuesta me parece tan estúpida y la actitud tan carente de sentido que no puedo menos que responder con humor absurdo rebajándome al nivel de este descerebrado padre de familia:
– Hoy no, pero los días de mucha fiesta sí.
Sirva este caso que luego terminaré de contar para ilustrar lo que ocurre, en el mejor de los casos, con la "sana" costumbre de irrumpir deliberadamente en las cacerías por parte de personas ajenas a ellas.
Sobre este particular he tratado de informarme para buscar las bases legales que defiendan el derecho del cazador a no verse interrumpido en su actividad pero sobre todo y ante todo para salvaguardar la seguridad de otras personas. Y digo que busco la base legal toda vez que el mínimo sentido común parece no existir en la mayor parte de paseantes, deportistas, seteros, fotógrafos de naturaleza cuya actividad comparto; no así su actitud, que me parece a mí que tiene mucho que ver con un ambiente de clara beligerancia social contra la caza y con nuestro monárquico sentido de la voluntad ("porque me da la real gana") y nuestra no menor afición a ubicar ciertas cosas en las gónadas ("porque se me pone en los coj...s").
La historia anterior terminó en que les rogué que se quedaran en una amplia zona con merendero incluido que ya había sido batida y en la que no quedaban cazadores. Me prometieron que así sería, pero no habían pasado ni 25 minutos cuando la alegre y bulliciosa familia atravesaba la zona que se estaba batiendo.
En otra batida, a pesar de nuestras advertencias, un grupo de excursionistas atravesó de lado a lado nuestra armada en la que se produjo un disparo a un ciervo que desató los nervios de uno de ellos (el estruendo del disparo los sacó de inmediato de su actitud deliberadamente pasiva) y por ser yo el más cercano, se vino hacia mí histérico, gritando, exigiéndome el DNI y otras explicaciones como si la razón y la ley defendieran su derecho sobre todo y sobre todos y justificara su imprudencia.
En otra ocasión con riesgo para mi hijo, tuvo que salir de la línea agitando un chaleco de alta visibilidad para advertir a un tipo de que su vida corría peligro, cosa que evidentemente sabía, pues en su camino no sólo encontró la señal de advertencia sino también una cinta de lado a lado del camino que cortaba el paso de vehículos. Pues bien, la actitud de aquel mamut (no tiene otro nombre) fue abroncar a mi hijo de 13 años para escupirle finalmente a la cara un "vosotros sois los que tenéis que tener cuidado".
El año pasado, a pesar de verme con el rifle y en actitud de caza, tuve que sacar a otro tipo de la batida. Me cuenta que había venido desde Madrid a fotografiar los hayedos de La Rioja y que le parecía que "la señalización no tenía suficiente energía". ¡Tócate el bolo, Manolo! Pudo considerar en cambio que una bala perdida sí tiene energía suficiente... Pero no lo hizo.
Tendría casos para escribir un libro; pero invariablemente en ellos, aunque no serena, una de las partes ha de mantenerse al menos cabal ante la flagrante imprudencia de la otra y el tono creciente de las discusiones en medio de las que suele oler a trompadas.
Hago en este punto una salvedad y una afirmación: que compatibilizar usos supone que hay que ser colaboradores con aquellos profesionales que hacen uso del monte por justificada necesidad (léase ganaderos, etc.) y que los disparos deben efectuarse siempre contra pieza vista y reconocida y en zona en la que veamos dónde va a impactar la bala tanto si alcanza su objetivo como si no lo hace. Esto lo sabemos todos... Pero nadie puede garantizar que no habrá un rebote y cuando disparamos a pieza pasada lo hacemos bajo el supuesto de que detrás de nosotros no hay nadie.
El argumento habitual que esgrime el "intruso" en actitud por lo general muy hostil es que "el monte es de todos", afirmación que puede rebatirse de dos maneras:
Por un lado, si efectivamente el monte es de todos, habrá que regular su aprovechamiento como así se hace y se indica; no sólo con la preceptiva señalización sino también con otras medidas como son la publicación del calendario de batidas que en mi comunidad (La Rioja) se hace a través de Internet y que los ayuntamientos han de colgar en su tablón de anuncios; cosa que en honor a la verdad, raramente se hace.
Por otra parte, la afirmación de que el monte es de todos puede darse por falsa con toda la razón por muy categóricamente que se esgrima, pues amén de poder ser de propiedad privada, los montes de titularidad pública son de un consistorio, de una comunidad o de un estado que determina su uso; un uso por el que los cazadores pagamos cantidades no precisamente pequeñas.
Interesado en saber qué opina el guarderío de tales situaciones y sobre el régimen sancionador he preguntado y las respuestas, además de sorprendentemente ambiguas, iban en el sentido de que "las señales advierten pero no prohiben" y que por tanto "no se puede vetar el paso de personas y vehículos". También hablaron de vacíos normativos y de otras inconcreciones verdaderamente llamativas e insatisfactorias.
Por ejemplo la guardería, o al menos algunos guardas, consideran que la publicación de los calendarios de batidas en Internet no tiene carta de naturaleza oficial al menos en el caso de los montes de utilidad pública, no así en las reservas regionales de caza.
Sin embargo, El uso de un dominio público, como es el monte, puede estar sujeto a un uso privativo. Así, según sabemos –copio de Internet– "la utilización privativa sobre bienes primariamente afectados al uso general se caracteriza por ser una derogación al principio de igualdad en favor de un particular. El uso privativo debe ser entendido como el conjunto de facultades de goce que, sobre una dependencia demanial (de uso público) posee un particular o una administración distinta de la propietaria del bien" (en este caso, los cazadores).
En el caso de una actividad relacionada con la caza, una batida o montería podría considerarse como un uso privativo y por tanto el bien demanial (el monte) temporalmente cedido a unos particulares (los cazadores).
Pero aunque esto no fuera así, resulta sorprendente lo poco inclinados que son los agentes forestales y cuerpos de seguridad a imponer el principio de autoridad en estos casos.
Pongo un ejemplo: si el monte al que trataran de acceder unos excursionistas estuviera sufriendo un incendio, ¿no vetaría la autoridad la entrada por mucho que esto conculcase el derecho de libre circulación? Es evidente que sí lo harían velando por la seguridad de las personas. Entonces, ¿por qué no se aplica el mismo criterio cuando esas mismas personas pueden ser accidentalmente alcanzadas por un disparo?
Por otra parte, doy por hecho que a nadie se le ocurriría hacer una excursión por un bosque en llamas. ¿Por qué entonces no demuestran el mismo temor y precaución en el caso de una cacería?
Llamo la atención sobre el hecho de que ni siquiera hablo del derecho del cazador a ejercer una actividad por la que paga; tampoco hablo del perjudicial efecto de chantear la caza o de impedir el normal desarrollo de una cacería en la que participan 40 personas y toda una organización porque al baranda de turno se le ha antojado subir a ese monte y no a otro; de lo que hablo es de la elemental obligación de todos (no sólo de la autoridad) de proteger a las personas y sus bienes.
Tengo para mí (ojo, que esto es una opinión personal) que en el desgraciado caso, ya sucedido, de que una persona ajena a la batida sea alcanzada fortuitamente por un disparo, la responsabilidad del cazador es limitada o al menos atenuada siempre que las medidas precautorias sean las adecuadas y legalmente establecidas y que el perjudicado haya ignorado deliberadamente las advertencias.
Enfocándolo desde el punto de vista del cazador, apenas podemos imaginar la angustia y el calvario que tiene que pasar el autor del disparo. Así que ya saben... Por favor, no disparen a los niños.