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¿Qué necesita una persona para poder comprar una escopeta?
¿Qué edad mínima debe tener una persona para poder tener un rifle de caza mayor y qué licencia necesita?
¿Cuáles son los requisitos necesarios para poder practicar el tiro deportivo?
¿Puede un menor de edad practicar el tiro deportivo?
¿A dónde hay que acudir para tramitar una Licencia de Armas?
¿Qué documentos se deben presentar para tramitar una Licencia de Armas?
¿Qué se necesita para poder tener una pistola o un revólver para autodefensa?
¿Qué tipo de licencia es necesaria para la tenencia y uso de un arma combinada (escopeta y rifle)?
¿Puede utilizarse un rifle automático amparándose en la posesión de la Licencia D?
¿Puede la Intervención de Armas tramitar una licencia a un español que resida en otro país?
¿Qué es y cuándo se concede una autorización especial de uso de armas?
¿Qué documentos son necesarios para la tenencia y uso de rifles?
¿Qué documentación deberá llevar un titular de armas de fuego que viaje con ellas por países miembros de la Unión Europea?


¿Qué necesita una persona para poder comprar una escopeta?

Para la tenencia y uso de una escopeta, la legislación española obliga a disponer de la Licencia E (ver Licencias de Armas). Para poder convertirse en titular de esta licencia, el solicitante debe cumplir los siguientes requisitos:

- No tener antecedentes penales.
- Practicar el deporte de la caza.
- Superar un examen psicofísico.
- Superar un examen teórico con preguntas sobre el funcionamiento de la escopeta en particular y sobre el Reglamento de Armas en general.
- Aprobar un examen práctico sobre el manejo de la escopeta.

Una vez obtenida la Licencia E, que será expedida en la correspondiente Intervención de Armas de la Guardia Civil, el titular ya puede dirigirse a su armería más cercana para adquirir su escopeta favorita (ver Armerías).

Además de para cazar, la escopeta también puede utilizarse para el tiro al plato. En este caso, el tirador podrá practicar su deporte favorito tanto con la Licencia E como con la Licencia F (ver pregunta sobre tiro deportivo).



¿Qué edad mínima debe tener una persona para poder tener un rifle de caza mayor y qué licencia necesita?

Para poder disponer de un arma larga de cañón rayado, el solicitante debe tener como mínimo 18 años y debe estar en posesión de la Licencia D (ver Licencias de Armas).



¿Cuáles son los requisitos necesarios para poder practicar el tiro deportivo?

En primer lugar, para poder desarrollar su actividad, el tirador deportivo necesita estar en posesión de la Licencia de Armas tipo F (ver Licencias de Armas). Este documento permite a su titular la tenencia y uso de toda clase de armas para concursos de tiro deportivo (pistolas para IPSC, escopetas para tiro al plato, etc).
Para poder asociarse a una Federación de tiro, el deportista deberá poseer la Licencia F.



¿Puede un menor de edad practicar el tiro deportivo?

En principio, cualquier joven de edad comprendida entre 14 y 18 años puede obtener la Licencia AEM (Autorización Especial para Menores) para practicar el tiro deportivo. De esta forma, con esta licencia especial un menor puede participar en competiciones de tiro con rifles, escopetas y armas de aire comprimido. Ahora bien, para poder usar estas armas en esas competiciones el meno deberá estar siempre acompañado de una persona mayor de edad con licencia D, E, o F. (ver Licencias de Armas)



¿A dónde hay que acudir para tramitar una Licencia de Armas?

En España, la solicitud de expedición de las licencias de armas debe tramitarse en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente al domicilio del solicitante.



¿Qué documentos se deben presentar para tramitar una licencia de armas?

A nivel general, para obtener las licencias B, C, D, E y F, el solicitante debe presentar la siguiente documentación:

- La instancia correspondiente debidamente cumplimentada (ver Instancias).
- El certificado de antecedentes penales.
- La fotocopia del DNI o tarjeta de Residencia (extranjeros residentes en España).
- El certificado médico de aptitudes psicofísicas y fotografía.
- El justificante de pago de la tasa legalmente establecida.

A parte de esta documentación general, el solicitante deberá presentar otros documentos específicos para la licencia concreta a la que aspire (ver Documentación necesaria).



¿Qué se necesita para poder tener una pistola o un revólver para autodefensa?

Según el actual Reglamento de Armas, para la tenencia y uso de un arma corta para autodefensa es necesario disponer de la Licencia B. El interesado en disponer de una pistola o un revólver para autodefensa deberá presentar ante la Dirección General de la Guardia Civil la correspondiente solicitud en la que informará detalladamente de los motivos que fundamenten la necesidad de poseer un arma corta (ver Licencias de Armas).

El simple argumento de la defensa de personas o bienes no justifica la concesión de la Licencia B, que sólo se expedirá si existe un riesgo real y una absoluta necesidad.



¿Qué tipo de licencia es necesaria para la tenencia y uso de un arma combinada (escopeta y rifle)?

En este caso, la Intervención de Armas correspondiente expedirá la licencia teniendo en cuenta el arma de mayor peligrosidad, que en este caso se trata del rifle. Por este motivo, para poder disponer de un arma combinada el titular deberá estar en posesión de la Licencia D.



¿Puede utilizarse un rifle automático amparándose en la posesión de la Licencia D?

De ningún modo, ya que el rifle automático está considerado como un arma de guerra, totalmente prohibida a particulares (ver Armas de guerra).



¿Puede la Intervención de Armas tramitar una licencia a un español que resida en otro país?

No, ya que la normativa que regula la tenencia y el uso de armas cambia en cada nación. En este sentido, el español que resida fuera de las fronteras nacionales deberá adaptarse al reglamento concreto del país en el que esté viviendo.



¿Qué es y cuándo se concede una autorización especial de uso de armas?

Se trata de una autorización especial que concede la Intervención de Armas a las personas con licencias de armas próximas a caducar. Esta autorización tiene un período de vigencia de tres meses y sólo es válida para el uso de las armas.



¿Qué documentos son necesarios para la tenencia y uso de rifles?

En primer lugar, para este tipo de armas largas de cañón rayado destinadas a la caza mayor es necesario estar en posesión de la Licencia D. Ahora bien, para poderlas usar en la caza, además de la Licencia D el propietario del arma deberá presentar la correspondiente Guía de Pertenencia de cada rifle. La Guía de Pertenencia siempre deberá acompañar al arma durante su uso, depósito y transporte.



¿Qué documentación deberá llevar un titular de armas de fuego que viaje con ellas por países miembros de la Unión Europea?

La documentación básica que debe llevar el titular de un arma que viaje con ella por los países de la UE es la Tarjeta Europea de Armas (TE). En esta tarjeta aparecen las diferentes licencias que posee el titular, así como una lista de las armas que está capacitado para utilizar.

Importante
Esta sección debe entenderse como un artículo periodístico. En ningún caso, el usuario debe tomarse estos textos como oficiales, ya que se trata de un resumen del Reglamento de Armas del ordenamiento jurídico español. Para resolver todas sus dudas legales, armas.es recomienda a sus usuarios ponerse en contacto con su correspondiente Intervención de Armas de la Guardia Civil o bien consultar a la autoridad competente en materia de armas de su país.

Comentarios


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Juan Ramón Bermúdez Martínez

27, Septiembre 2011 20:24:59

Tengo el Libro de Coleccionista desde hace años, pero no tengo nada registrado en él. Quisiera que me aclararán dos cuestiones:

1.- Tengo varias armas con certificado de inutilización de la G.C., teniendo en cuenta el nuevo Reglamento podría asentar dichas armas mi Libro sin tener que modificar su inutilización.

2.- Se podría transferir a mi Libro, un arma sin inutilizar, que esté asentada ya en otro Libro de Coleccionista en estas mismas condiciones ( se trata de una Walther PPK ). En este caso me podría poner inconvenientes mi Intervención de Armas, ya que el vendedor pertenece a otra Intervención.

javier ruiz vilchez

12, Julio 2011 18:06:51

hola pues eso me gustaria saver que documentacion debo de tener para poder montar una armeria,y a donde me tengo que dirigir,y si huvuera alguna empresa que se dedique a montar dichas armerias en andalucia,gracias y un saludo.

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