Un individuo particular puede convertirse en titular de todas las licencias de armas menos la A, reservada a las fuerzas del orden. Para poder adquirir las otras ocho licencias, el particular debe cumplir una serie de requisitos concretos y presentar una documentación determinada para cada tipo de licencia.
En primer lugar, existe un grupo de documentos comunes que son necesarios para obtener cualquier licencia. Son los siguientes:
- Una instancia debidamente rellenada por parte del solicitante. Se obtiene en la Intervención de Armas y Explosivos de la localidad donde el titular curse la solicitud.
- El certificado de antecedentes penales del solicitante.
- Una fotocopia del DNI o de la tarjeta de residencia del demandante.
- Un informe de las aptitudes psicofísicas del demandante.
- Un justificante de pago de la tasa legal para cada licencia.
Junto con estos cinco documentos básicos, el solicitante deberá presentar otros documentos específicos para cada licencia:
Licencia B (arma corta para particulares):
- El solicitante debe presentar una serie de documentos que argumenten la necesidad de disponer de un arma corta (pistola o revólver) para su seguridad.
Licencia C (armas para personal de seguridad y vigilancia):
- Certificado de la empresa, entidad u organismo en la que el solicitante preste sus servicios.
- Fotocopia del documento que acredite la habilitación del interesado para el ejercicio de funciones de seguridad.
- Declaración del solicitante, con el visto bueno de su jefe, de no hallarse sujeto a procedimiento penal o disciplinario.
Licencias D y E (rifles para caza mayor, armas largas rayadas calibre .22, escopetas, ballestas y similares):
- Documento que acredite que el solicitante se dedica realmente a la caza o que practica deportes de tiro.
Licencia F:
- Certificado de la Federación o Delegación de Tiro Olímpico en el que conste la condición de tirador y la categoría que ostenta el demandante.
- Fotocopia de la licencia federativa del interesado.
Licencia AEM:
- En caso de que el solicitante tenga menos de 16 años, deberá presentar el certificado de antecedentes penales.
- Certificado de antecedentes penales de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela del solicitante.
- Fotocopias del DNI o de las tarjetas de residencia del solicitante y de su tutor.
- Una autorización expresa en la que el tutor del solicitante se responsabiliza de su actuación ante la autoridad pertinente (notario, alcalde, policía, Guardia Civil, etc).
- Informe de aptitudes psicofísicas del menor.
Si el tutor posee una licencia de armas no tendrá la obligación de presentar estos documentos.
Por otro lado, para adquirir las licencias D, E, F y AEM, el solicitante deberá superar unas pruebas de capacitación establecidas por el Ministerio del Interior español. Además, deberá presentar el justificante de pago de las tasas correspondientes a cada prueba.
En caso de estar interesado en obtener la Tarjeta Europea de armas (TE) para poder viajar por la Unión Europea con un arma, deberá presentar la siguiente documentación:
- Una instancia debidamente cumplimentada.
- Dos fotografías del demandante.
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia de las licencias de armas que el solicitante quiera incluir en la Tarjeta.
- Justificante de pago de la tasa legal para obtener la Tarjeta Europea de armas.
Importante
Esta sección debe entenderse como un artículo periodístico. En ningún caso, el usuario debe tomarse estos textos como oficiales, ya que se trata de un resumen del Reglamento de Armas del ordenamiento jurídico español. Para resolver todas sus dudas legales, armas.es recomienda a sus usuarios ponerse en contacto con su correspondiente Intervención de Armas de la Guardia Civil o bien consultar a la autoridad competente en materia de armas de su país.