LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

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Chinchu
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Chinchu » 21 Ago 2017 20:39

Puedes sacarte el libro.

Puedes luego pedir que te guíen el arma

Tienes que tener dos armas en el plazo de un año.

Sólo puedes tirar con pólvora negra.

Está todo en este hilo

rafalopez
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor rafalopez » 21 Ago 2017 20:44

genial... entonces si quiero comprar un arma corta con decir en la armeria que es para guiarla en el libro de coleccionista vale? no?

walman
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor walman » 21 Ago 2017 23:12

Hombre tiene una serie de requisitos.
Primero pides que te reconozcan la condicion de coleccionista, tienes que pertenecer a una asociacion de coleccionistas de replicas de armas antiguas tarda mes o mes y medio.
Luego pides el libro de coleccionista de replicas e inscribes una replica y la otra cuando quieras con un plazo limite de un año. Y apartir de ahi puedes pedir la Aer para usarla en el campo de tiro, solo con polvora negra, caja grado III y demostrando actividad.
Van a hacer 3 meses desde que pedi la aer y aun no la tengo. Y la f me a tardado 5meses.
En tu IA te informaran, creo que no me he dejado nada. Un saludo.

walman
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor walman » 21 Ago 2017 23:20

Solo puedes tener replicas de armas antiguas, cortas o largas. Y lo de la municion miratelo, porque en muchos clubs no tienen y en armeria son caras, la mejor opcion es recargar.
Saludos.

walman
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor walman » 21 Ago 2017 23:26

Miratelo bien, porque si tienes la f a lo mejor te interesa subir de categoria . La aer supone una inversion importante por el hecho de tener minimo 2 armas. Yo tenia un cattelman y me compre un schofield y vale pasta... tampoco me arrepiento
Tengo ganas de tener la aer.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor VJS » 22 Ago 2017 13:30

Gosfalcon1873 escribió:
walman escribió:No entiendo que tiene que ver lo de la licencia tipo c con la AER. Yo para tener la licencia E tuve que hacer examen. Para la F tambien.
Para licencia tipo D como ya habia hecho el examen de la E, no tuve que hacer nada.
Y para la AER como tengo la F tampoco.
Pero son licencias para civiles.
Lo de los vigilantes de seguridad va por otro lado, que a lo mejor si tienes la F no deberias hacer el examen. Ya sabes gente lista nos dirige.
Salu2


Hola Walman.

Veo que no captas el modo irónico de mi planteamiento. Una pregunta... ¿ Cual crees tu que es la razón principal, de que se deba exigir al aspirante a obtener la AER, la superación de determinadas pruebas?... La respuesta lógica y razonable, es la de obtener unos conocimientos elementales, para demostrar experiencia en el uso y manejo de las armas...¿no?

Dices que no entiendes que tiene que ver lo de la licencia tipo C con la AER. Pues ya me dirás... tiene que ver lo mismo que los que tienen la A, a los cuales les conceden de forma automática la AER.

Mas aún... la Orden INT/2202/2014, especifica quien queda exento de realizar esas pruebas, y fíjate en un detalle...La orden especifica... "cualquiera que haya estado en posesión de la A o la F (para armas cortas) o la D o E (armas largas... incluso los que hayan poseido autorización especial para menores)"... Es decir, que se la conceden aunque lleven 10 años sin haber usado un arma... aquí se ve que los vigilantes debemos ser idiotas y no estamos capacitados.

Nota.- La licencia C según el propio reglamento de armas, ampara las armas de fuego de las categorías 1ª, 2ª.1 y 3ª.2, o las armas de guerra a las que se refiere el apartado 3 del artículo 6 del Reglamento de Armas, según el servicio a prestar.

Saludos :cow:

Yo tenía la antigua licencia S , después la licencia C (actualmente depositada en mi IA.) y me tuve que examinar para la F,
En cambio los que tienen la Licencia A según tengo entendido también les dan la F sin examen.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor rafalopez » 22 Ago 2017 20:50

bueno gracias a dios tambien recargo y al tener avancarga dispongo de polvora negra..
lo de pertenecer a una asociacion es lo que no se ...creo que anarma tambien te da el dicho papel asi que me pondre en contacto con ellos.
lo que no se es que armeria es mejor para comprar los revolveres que quiero creo que trelles te puede administrar de todo desde las mismas armas como vainas y polvora para la recarga no?

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor walman » 22 Ago 2017 21:37

Trelles o arminse cualquiera de las 2. No te olvides de que cada arma necesita certificado de bope y defensa y eso lo encarece mas aun.
Si eres socio de anarma te vale como asociacion de coleccionistas de armas.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor jrdc1 » 23 Ago 2017 13:46

Buenas!

rafalopez escribió:vamos a ver si me entero...poseo la licencia ae,d,e,y la f ..quiero comprarme un arma corta de municion metalica..y quiero disparar con ella pero no quiero perder cupo con la misma me puedo sacar el libro de coleccionista y la licencia aer para disparar con ella en mi club y poder comprar municion...? con los requisitos que he visto mas o menos para el libro de coleccionista es comprar o inscribir una vez a año un arma en dicho libro para la licencia aer hay algun tipo de requisito que no cumpla?

gracias


Primero debes obtener la Autorización de Coleccionista de Réplicas (ACR). Para ello, debes tener dos réplicas, o comprometerte a adquirirlas en el plazo de un años desde su concesión, además de otros requisitos:

a) Certificado de antecedentes penales en vigor.
b) Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor o, en su caso, de la tarjeta de identidad de extranjero, que será cotejada con su original.
c) Informe de aptitudes psicofísicas.
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
a) Titularidad de un mínimo de 2 reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas. En el supuesto de pretender obtener la condición de coleccionista respecto a una sola reproducción o réplica, deberá firmarse una declaración comprometiéndose a adquirir otra reproducción o réplica durante el año inmediatamente siguiente al reconocimiento de la condición de coleccionista.
b) Interés real en el coleccionismo de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, lo que podrá acreditarse, entre otras, de las siguientes formas:
Afiliación a una asociación de coleccionismo de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas legalmente constituida, mediante la presentación del correspondiente carné o certificado.
– Carta de recomendación de, al menos, dos coleccionistas de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas con una antigüedad superior a dos años reconocida por la Guardia Civil, que avalen el interés del aspirante para el inicio de la colección.


. Una vez inscritas o guiadas dos réplicas, no necesitas adquirir más, si bien es difícil resistir la tentación. :D Una vez concedida, debes comprar el libro de coleccionista, donde inscribirán las armas que adquieras y cumplan los requisitos. También es el momento de solicitar la Autorización Especial de uso de Réplicas (AER) que es la que permitirá usarlas, en las condiciones establecidas en la Orden 2202/2014. Cuando te la hayan concedido, puedes guiar las armas como Réplicas o Reproducciones, previa baja del libro de coleccionista. Compras munición de pólvora negra y a jugar. Ojo, sólo estarás autorizado para comprar munición cargada con pólvora negra. Usarlas con cargas de pólvora nitro es ¿ilegal? ¿irreglamentario? ¿iordenario? Vamos, que no se puede hacer.

A partir de aquí, la casuística es variada, para el poco tiempo de vigencia de la Orden. Que si primero tienes que tener la Autorización de Coleccionista normal, que si tienes la AER no hace falta inscribir las réplicas en el libro, sino que las guías directamente, etc, etc. Lo que te he explicado al principio es lo que dice la norma y como se aplica en mis IAs (Especial de Barcelona y Sant Andreu de la Barca).

Saludos

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Dejotaa » 24 Ago 2017 21:08

Chinchu escribió:Está todo en este hilo


Cuesta leerse 391 páginas

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Wayat » 24 Ago 2017 22:03

Lo mejor es que vayas a preguntar a tu I.A.

Cada una interpreta las Normativas a su manera , aunque todas lo quieran hacer lo mejor posible.

Pero al final tendrás que ir SI o SI a tu I.A. , entonces es lo mejor que desde principio acudas a la tuya.

Te apuntas todo lo que quieras preguntar y así no te olvidarás de nada .

Saludos y suerte

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor topp » 25 Ago 2017 16:00

Pregunta en varias intervenciones en cada una te pedirán una cosa son "los reinos de taifa de este país" esto es como la ITV si no la pasas en un sitio te vas a otro... Suerte.
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor walman » 26 Ago 2017 09:48

Esta semana e recibido mi AER 3 meses exactos me a tardado. Lo que me llama la atencion es que en 3 semanas he recibido 4 targetas del permiso de armas. La ultima esta semana 2 cartas juntas cada una con una targeta.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor topp » 26 Ago 2017 15:31

Eso se llama despilfarro publico... a mi me paso hace años cada carta que me mandaba la Icae venia con un permiso de armas luego vas a que te cambien las guías de papel a plástico y te dicen que tarari que si las quiero las pague yo...
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 26 Ago 2017 21:54

topp escribió:luego vas a que te cambien las guías de papel a plástico y te dicen que tarari que si las quiero las pague yo...

Padre no peca.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 22 Oct 2017 02:15

Por cierto, ¿alguien sabe que pasó con el recurso que ANARMA interpuso contra a Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, del Ministro del Interior, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas?
Han pasado casi tres años.
Un saludo a todos.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor kernelsuse » 22 Oct 2017 10:13

manchego2010 escribió:Por cierto, ¿alguien sabe que pasó con el recurso que ANARMA interpuso contra a Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, del Ministro del Interior, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas?
Han pasado casi tres años.
Un saludo a todos.


Lo desestimaron. No se bien las razones ni si se podía hacer algo mas porque en ANARMA no lo explicaron, solo dijeron eso y que los abogados tenían los detalles de lo sucedido.
Yo para el año que viene me toca renovar la AE y tengo algunas armas de cartucho metálico así que no se que voy hacer porque yo estas armas las tengo de coleccion y tiro con ellas 2 veces al año y para eso ni estoy federado ni tengo armero ni me interesa económicamente. Así que o las vendo o al viejo libro de coleccionista que no se si se podrá.

También recuerdo que se estaba negociando para la propuesta de una licencia de coleccionista que permitiera usar las armas de colección y esto tampoco ha tenido avances.
EL DOCUMENTAL QUE NO QUIEREN QUE VEAS
https://youtu.be/3PLwzxqlEoE
EN ESPAÑA NO HAY DEMOCRACIA
https://youtu.be/teXgD2lX4IM
APROBADA LEY QUE PERMITE PORTAR ARMAS
https://youtu.be/R2JP-7WyoCs
ENTREVISTA ANARMA
https://www.ivoox.com/12206234

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor topp » 22 Oct 2017 22:43

kernelsuse escribió:
manchego2010 escribió:Por cierto, ¿alguien sabe que pasó con el recurso que ANARMA interpuso contra a Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, del Ministro del Interior, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas?
Han pasado casi tres años.
Un saludo a todos.


Lo desestimaron. No se bien las razones ni si se podía hacer algo mas porque en ANARMA no lo explicaron, solo dijeron eso y que los abogados tenían los detalles de lo sucedido.
Yo para el año que viene me toca renovar la AE y tengo algunas armas de cartucho metálico así que no se que voy hacer porque yo estas armas las tengo de coleccion y tiro con ellas 2 veces al año y para eso ni estoy federado ni tengo armero ni me interesa económicamente. Así que o las vendo o al viejo libro de coleccionista que no se si se podrá.

También recuerdo que se estaba negociando para la propuesta de una licencia de coleccionista que permitiera usar las armas de colección y esto tampoco ha tenido avances.


Por lo que yo.. se alegaron que se trataba un tema de "seguridad ciudadana" y que ante eso el juez lo tiro para atras no lo penso dos veces.. me imagino que los abogados del estado dirian que con estas armas España se habia convertido en dos años en el far west y ni lo penso dos veces el juez... Y lo desestimo y a joderse toca.

Pues yo estoy como tu el proximo año tengo que renovar la AE y le metere en el libro (estoy federado pero no me interesa tirar con estas armas) en cuanto al segundo revolver ni tengo intencion de comprarlo ni lo voy a comprar, cuando me digan que lo deposite le desmontare los mecanismos y muelles y les llevare el armazon y el tambor para que lo subasten... :D
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