Mensajepor ALMAGRO » 17 Sep 2017 14:22
La confusión viene en que la norma UNE EN 1143-1 Grado I-II-III-IV es una norma Europea para CAJAS FUERTES no ARMEROS por lo tanto cualquier denominación ¨armeros¨ no es valido confunden al publico su denominación tiene que ser CAJAS FUERTES NORMA UNE EN 1143-1 GRADO I-III
A partir del 18 Agosto 2011 segùn Orden INT/317/2011 del Ministerio del Interior los certificados de homologación de las CAJAS FUERTES Grado III norma 1143-1 exigidos por la GUARDIA CIVIL. No son validos los extendidos por los fabricantes , el admitido es la certificación de producto, y en especial el extendido por AENOR
¡¡¡ ATENCION !!! los cajas fuertes deberan cumplir la DISPOSICIONES GENERALES BOE MINISTERIO DEL INTERIOR Orden INT/314/2011 Articulo 6 apartado a) el no cumplimiento de esta Orden se le retirara el arma y su permiso así como la responsabilidad que conlleve si se dispara con el arma si ha sido robada.
Volumen de la caja fuertes, teniendo en cuenta que el volumen medio de un arma corta es de 3,5 litros, el de un arma larga es de 7 litros, el de los fusiles de asalto del calibre 5,56 × 45 mm. es de 20 litros, el de las ametralladoras del calibre 7,62 mm. es de 30 litros y, finalmente, el de las ametralladoras del calibre 12,70 mm. es de 80 litros.
Respecto a la cartuchería, cuyo almacenamiento se hará en armero independiente al de las armas, con el mismo grado de seguridad que el exigido para éstas, se tendrá en cuenta que para cada 100 cartuchos de arma corta y larga de vigilancia de guardería se necesitarán 1,5 litros de capacidad; para 1.000 cartuchos del calibre 5,56 × 45 mm. se necesitarán 6 litros; para 1.000 cartuchos del calibre 7,76 mm. se necesitarán 13 litros; y para 100 cartuchos del calibre 12,70 en cinta con caja se necesitarán 7,5 litros.
Períodos de adecuación entrada en vigor 18/08/2011
Las cajas fuertes , instalados antes de la fecha de la entrada en vigor de la presente , se adecuarán a la misma en el plazo de seis años.
Transcurrido el período de carencia de seis años, se deberá disponer del pertinente certificado emitido por un laboratorio acreditado para ello en la Unión Europea y exhibirse en caso de ser requerido.