Mensajepor Flobert » 28 Abr 2009 19:58
Pues mal de todo, en la C. Valenciana esta el policia "interino" hace de todo sin arma porque si no,,, no le renuevan el contrato y ademas se les dice que si "se portan bien" tendrán mas opciones de aprobar una oposicion en un futuro, asi piden poco y trabajan mucho durante algunos años.
Ademas cualquier agente con una carrera superior puede pasar en 24 horas de agente a Intendente Genetral Jefe de una gran población, es cuestion de tener "padrino", sabes que mientras lo tengas a vivir.
En cuestion de los carnet profesionales la Ley de Coordinacion no reconoce el derecho al carnet de jubilado, pero tampoco indica expresamente la obligación de entrega por lo que en muchos municipios donde el Jefe dice que no da el de jubilado porque la ley no le obliga, le responden que tampoco consta en la ley la obligacion de entregarlo, lo mismo se puede aplicar para carnets de interino y auxliares de PL. La ley se "olvido" de obligar a la entrega.
Hace tiempo alguien a nivel particular escribió a la Consejeria correspondiente indicando que en la Ley se deberia poner la obligacion de entrega del carnet y placa al cese del servicio activo y reconocer a todos los jubilados el carnet correspondiente y estar al capricho del Jefe de turno. La respuesta fue que a juicio de la Consejeria los policias jubilados no necesitan ese tipo de carnet y acerca del tema de la onligacion de entrega nno hizo comentario alguno.
En fin que pudiera ser que por la C. Valenciana hay personal que ya no esta en servicio activo por cualquier causa y que lleva tranquilamente su carnet de servicio activo y pueda hacer cualquier uso "extraño" de el, la Consejeria lo sabe pero no hace nada. Los politicos de ambos lados lo saben y no hacen nada. En fin,,,,algun interes habra,,digo yo.
Si alguien sabe mas del tema y aclarar algo,,,,,,,,,
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