La sancion por portar un arma guiada con la Licencia F.
Ninguna.
Siempre que cumplas con la Ley. Es decir, llevar el arma
desde tu domicilio a la galeria de tiro, sin municion, y en
su correspondiente maletin o estuche.
Si tienes autorizacion para portar municion, esta debera de
ir en maletin aparte del arma.
Ahora, si el arma la llevas en otras circunstancias, si hay
sancion.
Pero no por ser un arma guiada en F, sino con cualquier arma
este guiada en F, en D, en E o de Avancarga.
Tiene sancion, hasta llevar un bate de beisbol, un cuter, o
cualquier otro elemento susceptible de convertirse en un
arma. No tiene porque ser un arma guiada en F, una escopeta
en el maletero del coche, tambien te van a multar por llevarla.
Asi que imaginate, un arma corta, en el cinturon o en la
guantera del coche, con el cargador lleno y una bala en la
recamara.
Creo que tienes un pequeño lio mental con el tema..
Verás,
Por PORTAR un arma guiada bajo licencia F, SI tienes sancion y retirada de licencia.
Por TRansportar un arma guiada bajo licencia F NO tienes sancion ni retirada de licencia porque precisamente tu licencia te ampara para poder transportarla.
Diferenciemos entre portar y Transportar...son cosas distintas...
Ahora bien una vez dicho esto..
tampoco es muy recomendable transportar una pistola en tu coche un sabado al salir de una discoteca a las 3 de la madrugada..y no digamos ya portarla..
espero que me hallas entendido...
saludos.