[citando a: kermit]
Perdonar si repito algo que ya haya dicho alguien anteriormente, pero leo el hilo y observo mucha confusión incluso entre profesionales. Voy a poner lo que modestamente sé o creo saber, pero si me equivoco que alguien me corrija:
1- La licencia tipo A ampara todas las licencias posibles (B, D, E, F ) Ya que estas últimas únicamente son para civiles, pues el reglamento de armas sólo es aplicable a civiles y no a miembros de las Fuerzas de Seguridad, FFSSEE y FFAA.
2- Aquellos que poseen una licencia tipo A que deseen competir con un arma deberán guiar su arma en su destino habitual (a quien competa extenderle las guías de pertenencia) detallando que es un arma para uso deportivo y para ello aportando el correspondiente certificado de arma de concurso por parte de la Federación que le corresponda.
NO se puede competir con un arma que no está guiada como arma de uso deportivo aún tratandose de miembros de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, del Estado o no y Fuerzas Armadas.
Por lo tanto, no hay una licencia F para miembros de ploicías o militares. No existe tal denominación, sino una única que es la A y luego en las guías de pertenencia se especifica a qué se destina el arma ( defensa personal, tíro, caza...)
He visto en competiciónes exigir este requisito por parte de los responsables de las competiciónes y de la I.A. de la GC presentes en dicha competición. Tampoco se puede competir con un arma guiada con licencia tipo B a un civil sea cual fuere el arma. Si tengo para mi defensa una Sig P228 guiada con licencia B, no puedo competir con ella en ninguna modalidad ni de precisión ni de IPSC. Aunque con las nuevas guías esto va a ser difícil de comprobar, ya que en ellas no se especifica la licencia que la ampara.
3- Los poseedores de licencias tipo A que se jubilan o cesan en su destino, para mantrener las armas de cualquiera de sus tipos habrán de solicitar las licencias correspondientes como civíles que pasan a ser, bien sea licencias tipo B para su defensa personal aportando los razonamientos por los que creen ser adjudicatarios de la misma, bien las de tipo D, E, F o incluso C aquellos que fueran a dedicarse a la seguridad privada.
Saludos
:plas:plas:plas:plas
Menos mal que alguien lo ha aclarado.
Gracias.