Duda legislación Freno de boca

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Alfalfa21
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Duda legislación Freno de boca

Mensajepor Alfalfa21 » 22 Feb 2026 16:25

Buenas tardes, quería preguntar si alguien sabe si para instalar un freno de boca en el cañón de un rifle tiene que estar autorizado por la guardia civil. Un freno de boca para un rifle que no tiene rosca y va puesto en la salida del cañón como una mordaza. Sin modificar el cañón ni hacer ningún tipo de rosca ni nada parecido.

Gracias de antemano

Un saludo

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Re: Duda legislación Freno de boca

Mensajepor MamasBoy » 22 Feb 2026 17:17

es un accesorio no regulado, puedes montarlo libremente

Alfalfa21
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Re: Duda legislación Freno de boca

Mensajepor Alfalfa21 » 25 Feb 2026 09:23

Ok. Muchas gracias

Alfalfa21
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Re: Duda legislación Freno de boca

Mensajepor Alfalfa21 » 17 Jun 2026 15:57

Buenas tardes, refloto este tema a ver si alguien puede ayudarme: después de haber sido denunciado por la guardia civil al haber colocado un freno de boca sin autorización: sanción por artículo 36.12 LO 4/2015, refiere a los Artículos 26.1 y 26.4 RD 137/1993. Hice unas alegaciones en las que quedaba claro que no se había modificado nada del arma, puesto que el freno de boca es tipo clamp on y va sujeto a la boca del arma por presión mecánica con los tornillos. He recibido la contestación que no aceptan las alegaciones puesto que la instalación de un freno de boca supone una reparación que altera el comportamiento original del arma respecto a la configuración de fabricación que esta homologada.

A alguien mas le ha pasado esto? Ahora mismo estoy un poco nublado y no sé bien por donde seguir, ni siquiera si puedo alegar esta respuesta.

Gracias de antemano
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Re: Duda legislación Freno de boca

Mensajepor JJWinchester » 17 Jun 2026 20:02

Alfalfa21 escribió:Buenas tardes, refloto este tema a ver si alguien puede ayudarme: después de haber sido denunciado por la guardia civil al haber colocado un freno de boca sin autorización: sanción por artículo 36.12 LO 4/2015, refiere a los Artículos 26.1 y 26.4 RD 137/1993. Hice unas alegaciones en las que quedaba claro que no se había modificado nada del arma, puesto que el freno de boca es tipo clamp on y va sujeto a la boca del arma por presión mecánica con los tornillos. He recibido la contestación que no aceptan las alegaciones puesto que la instalación de un freno de boca supone una reparación que altera el comportamiento original del arma respecto a la configuración de fabricación que esta homologada.

A alguien mas le ha pasado esto? Ahora mismo estoy un poco nublado y no sé bien por donde seguir, ni siquiera si puedo alegar esta respuesta.

Gracias de antemano


Un nuevo abuso de la autoridad contra un ciudadano, y nada más. No sé de cuánto será la sanción, y seguramente no merezca la pena, pero ellos desde luego se merecen que se les lleve a un contencioso.

¿En qué circunstancias te sancionaron? ¿Cazando, en una galería, o en la revista?
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Re: Duda legislación Freno de boca

Mensajepor Alfalfa21 » 17 Jun 2026 21:02

Me intervinieron el arma en una revista. Volveré a reclamar pero cada vez lo veo peor. No he hecho nada malo y me piden 601€ por la broma de la "reparación" del arma que modifica las características con las que está homologada

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Re: Duda legislación Freno de boca

Mensajepor Militia » 17 Jun 2026 21:46

Por la misma regla de tres los rifles que se prueban en los bancos de pruebas tipo BOPE van sin ópticas.

Como el arma se ha probado sin óptica y luego se monta óptica sin también susceptibles de ser multados.


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