Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

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jaf1963
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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor jaf1963 » 05 Jul 2024 15:29

nap3 escribió:
jaf1963 escribió:Como he dicho anteriormente yo he podido comprar pistones con normalidad fuera de Madrid, si yo tuviera vuestro problema basado en una circular interna que solo afecta a Madrid lo primero que haría antes de abogados y asociaciones o federaciónes es poner una reclamación en mi intervención de armas motivando con el reglamento que no contempla tal restriccion y adjuntarla posteriormente a un escrito dirigido al ICAE para ver qué me contesta y después vendría lo demás.

Esto no va a afectar sólo a Madrid, va a implantarse en toda España al parecer. Recientemente, en Madrid ya se puede comprar pistones igual que antes siempre que esté dentro del cupo de la guia (100 arma corta, 1000 larga) (los asemejan a cartuchos). Ahora bien, para comprar más hay que hacer una solicitud exponiendo hasta a qué competiciones pretendes asistir para que te autoricen la compra de pistones, y solo los puedes comprar 10 días antes de la competición. Una locura, vamos.

Eso no viene reflejado en ningún reglamento, por lo que no es legal, deberán modificarlo antes, pero claro están muy ocupados intentando tapar todos los casos de corrupción de la familia presidencial.

bronco21
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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor bronco21 » 05 Jul 2024 17:38

Si únicamente se nos permitiera comprar pistones justificando la asistencia a una competición con un máximo de antelación de 10 días ¿ Cómo o con qué munición vas a practicar para prepararte las competiciones?

Existe mucha diferencia de comportamiento del arma con la munición comercial como para entrenar con ella y utilizar recargada el día de la competición. No todos los campos venden munición con lo que si no tienes ampliación nuevamente estamos jodid..

Al final si se aplica en Madrid lo aplican a todas las comunidades en breve.

Todos a tirar con 22lr y comprando directamente en el campo, hasta que se acaben sacando otra restricción.

:zombie2:

Jorgeman
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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor Jorgeman » 06 Jul 2024 09:58

Chinchu escribió:
PROFESIONAL escribió:ante este desproposito supongo que hara algo ANARMA. Es demencial que pase esto. Una instruccion interna tiene mas peso que un Reglamento de cartucheria por lo que veo.


walman escribió:Y digo yo: ¿ La federación de tiro de Madrid no hace nada?? Porque para cobrar si que están, que defiendan a sus federados.


¿Pero de verdad a estas alturas pensáis que federaciones o asociaciones van a hacer algo?

Esa gente se dedica sólo a perpetuar su forma de vida, largar un discurso absurdo, que nadie se cree, y no cumplir nada de lo dicho, y así una y otra vez, año tras año.

Nos pasamos la vida delante de dos caminos, entre los que nunca acabamos de decidir, lo que queremos conseguir y lo que queremos mantener y no perder, y los políticos, los gestores, y toda esa gentecilla que nos organiza la vida lo saben perfectamente, saben que con tal de mantener parte de lo que tenemos iremos renunciando poco a poco, en pequeñas dosis, hasta perderlo todo.

Llevo muchas décadas en esto y siempre veo que ganan los mismos o el mismo tipo de gente mediocre, a veces salen algunos que lo intentan, que quieren cambiar algo, y siempre acaban en el camino, porque hay demasiada estupidez en el mundo y los que podemos cambiar las cosas siempre esperamos que sea otro el que lo solucione por nosotros, sin que nosotros hagamos nada por ayudarlos.

Esto está ocurriendo y se va a extender a todo el País, no lo dudéis, y luego vendrá otra "vuelta de tuerca", y luego otra, hasta que no quede nada; No cambiará mientras no cambiemos lo que realmente podemos, empezando por todas las federaciones.

Se nos llena la boca diciendo, mirad en Francia, mirad en Alemania, ..., europa dice esto o lo otro, ¿pero sabéis?, allí tienen un motivo común, mantener lo suyo y mejorarlo, aquí sólo sabernos pegarnos entre nosotros, decir a nuestros congéneres lo que deben hacer o no, siempre dando lecciones, se nos va la fuerza por la boca, sin más, y permitimos que los mediocres nos muestren el camino y se alcen en nuestro nombre.

¡Si es que tenemos lo que nos merecemos!

Saludos,


Chinchu , dices verdades como puños.Cuanta razón tienes

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor Jorgeman » 06 Jul 2024 10:17

nap3 escribió:
jaf1963 escribió:Como he dicho anteriormente yo he podido comprar pistones con normalidad fuera de Madrid, si yo tuviera vuestro problema basado en una circular interna que solo afecta a Madrid lo primero que haría antes de abogados y asociaciones o federaciónes es poner una reclamación en mi intervención de armas motivando con el reglamento que no contempla tal restriccion y adjuntarla posteriormente a un escrito dirigido al ICAE para ver qué me contesta y después vendría lo demás.

Esto no va a afectar sólo a Madrid, va a implantarse en toda España al parecer. Recientemente, en Madrid ya se puede comprar pistones igual que antes siempre que esté dentro del cupo de la guia (100 arma corta, 1000 larga) (los asemejan a cartuchos). Ahora bien, para comprar más hay que hacer una solicitud exponiendo hasta a qué competiciones pretendes asistir para que te autoricen la compra de pistones, y solo los puedes comprar 10 días antes de la competición. Una locura, vamos.


Como ha dicho un compañero , es otra vuelta de tuerca más , una nueva cacicada .
Porque además , a cuento de que añadir un nuevo permiso? ,no consta en ninguna parte del reglamento de armas, ¿no están asemejados a los cartuchos ?, pues entonces que vayan a la ampliación de cartucheria como último recurso , aunque como escribe Chinchu en su post , al final luchamos por tratar de conservar una pequeña parte del pastel , en lugar de luchar por todo.
A santo de que , ahora hay que presentar un listado de las competiciones a las que se va a asistir para poder comprarlos, puedo entender y en el RA se indica, que para competiciones en las que se necesite mucha munición , imagino que serán las de IPSC , se necesite un permiso especial para su transporte , ya que supera lo reglamentario , pero para competiciones de precisión…. Sólo poder comprar 100 diez días antes es una locura , no hay posibilidad de entrenar.

Es más , es que si esto va a ser así , se contradicen ellos mismos , ya que en el apartado de la recarga para particulares se informa de :
Mantener los límites de depósito y adquisición tanto de materiales componentes (hasta un kilogramo de pólvora, cien unidades de vainas con pistón y cien pistones), como de cartuchería terminada, que se determinan en el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería (Artículos 104 y 136)

O estoy equivocado

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor Coyote1983 » 06 Jul 2024 11:20

Vaya cacao se ha montado!!

Disculpadme porque no tengo muy claro qué es lo que se pretende.

Yo no recargo, tengo ampliación de cartucheria desde el primer día porque en mi campo de tiro no venden munición y solo con las guías pues no podía hacer nada…

Para pedirla me solicitaron que indicara los entrenamientos y competiciones a las que iba a asistir para calcular el número de cartuchos que me autorizaban. Yo directamente cogí el calendario de mi club y conté todas las competiciones y le sumé 2 entrenamientos por competición y solicité el número de cartuchos resultante y no he tenido nunca ningún problema con eso.

Ahora he empezado a tirar con 9mm siempre en precisión y me veo en la necesidad de recargar por los motivos que ya todos conocéis.

Tengo que realizar el curso de recarga y entiendo por lo que os he leído que tendré un documento donde me apuntarán el material de recarga que compre, como ahora me apuntan en la ampliación lo que compro.

Entonces el problema que se plantea es que no se pueden almacenar pistones, vainas y proyectiles??

Y antes (en Madrid) se podía comprar pistones, proyectiles y vainas en un número ilimitado? Y ahora??

Y pólvora entiendo que siempre se ha podido almacenar 1 kilo max. Pero como saben cuando la gastas y tienes que comprar más?? O es un 1 kilo al año??

Y cuál es el problema con que te apunten en la ampliación el material de recarga?? O es que solo podrás comprar al día 150 independientemente de que sea recarga o munición?

Otra cosa es lo que puedas tener almacenado en casa…

Y lo del transporte… yo no hago ipsc y no tengo la necesidad de transportar más de 150 pero entiendo la problemática que pueda surgir para aquellos que estén afectados.

Un saludo!!
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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor Rapidfire68 » 09 Jul 2024 12:35

Bueno compis, hay va la última no a nivel nacional si no solo para la Comunidad de Madrid.
Me acaban de llamar de intervención de armas que mi armero de grado 3 con lar normativa del 2012 ya no me vale para cuatodiar armas cortas en mi domicilio, que según la central ( el teniente coronel de Madrid) tiene que ser grado 3 normativa 2019, y como siempre solo para la comunidad de Madrid , si no lo cambio en el plazo de 15 días tendré que depositar las armas.
Y digo yo que quiere este tío jodernos a los de la Comunidad de Madrid, primero los pistones, ahora el armero , y mañana cuando se levante a ver qué ostias se le ha ocurrido,
Mañana voy a intervención para que me lo den por escrito porque no veo lógico lo que están haciendo con los de la Comunidad de Madrid porque a una persona se le ponga De los Santos sacar normativas sin cambiarlas en el reglamento de armas.
Os iré contando cuando me den el escrito si es que me lo dan

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor Coyote1983 » 09 Jul 2024 12:57

Rapidfire68 escribió:Bueno compis, hay va la última no a nivel nacional si no solo para la Comunidad de Madrid.
Me acaban de llamar de intervención de armas que mi armero de grado 3 con lar normativa del 2012 ya no me vale para cuatodiar armas cortas en mi domicilio, que según la central ( el teniente coronel de Madrid) tiene que ser grado 3 normativa 2019, y como siempre solo para la comunidad de Madrid , si no lo cambio en el plazo de 15 días tendré que depositar las armas.
Y digo yo que quiere este tío jodernos a los de la Comunidad de Madrid, primero los pistones, ahora el armero , y mañana cuando se levante a ver qué ostias se le ha ocurrido,
Mañana voy a intervención para que me lo den por escrito porque no veo lógico lo que están haciendo con los de la Comunidad de Madrid porque a una persona se le ponga De los Santos sacar normativas sin cambiarlas en el reglamento de armas.
Os iré contando cuando me den el escrito si es que me lo dan


Vaya tela!!

Pues cuando las barbas de tu vecino veas cortar….

Yo creo que eso no lo pueden hacer, más que nada por que ningún cambio puede aplicarse con carácter retroactivo.

Pero lo que está claro es que en Madrid ha entrado un mando nuevo y quiere darse a conocer.

Un saludo!!
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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor jaf1963 » 09 Jul 2024 13:09

En Madrid sigue siendo el Coronel Pérez de los Cobos o lo ha cambiado Marlasca.?

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor jaf1963 » 09 Jul 2024 13:12

Rapidfire68 escribió:Bueno compis, hay va la última no a nivel nacional si no solo para la Comunidad de Madrid.
Me acaban de llamar de intervención de armas que mi armero de grado 3 con lar normativa del 2012 ya no me vale para cuatodiar armas cortas en mi domicilio, que según la central ( el teniente coronel de Madrid) tiene que ser grado 3 normativa 2019, y como siempre solo para la comunidad de Madrid , si no lo cambio en el plazo de 15 días tendré que depositar las armas.
Y digo yo que quiere este tío jodernos a los de la Comunidad de Madrid, primero los pistones, ahora el armero , y mañana cuando se levante a ver qué ostias se le ha ocurrido,
Mañana voy a intervención para que me lo den por escrito porque no veo lógico lo que están haciendo con los de la Comunidad de Madrid porque a una persona se le ponga De los Santos sacar normativas sin cambiarlas en el reglamento de armas.
Os iré contando cuando me den el escrito si es que me lo dan

Eso no lo pueden hacer sin prevaricar, a no ser que no tengas guiada actualmente ninguna arma corta en tu armero.

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor Coyote1983 » 09 Jul 2024 13:15

jaf1963 escribió:En Madrid sigue siendo el Coronel Pérez de los Cobos o lo ha cambiado Marlasca.?


:lol: :lol: :lol:
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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor Chinchu » 09 Jul 2024 14:29

Rapidfire68 escribió:Bueno compis, hay va la última no a nivel nacional si no solo para la Comunidad de Madrid.
Me acaban de llamar de intervención de armas que mi armero de grado 3 con lar normativa del 2012 ya no me vale para cuatodiar armas cortas en mi domicilio, que según la central ( el teniente coronel de Madrid) tiene que ser grado 3 normativa 2019, y como siempre solo para la comunidad de Madrid , si no lo cambio en el plazo de 15 días tendré que depositar las armas.
Y digo yo que quiere este tío jodernos a los de la Comunidad de Madrid, primero los pistones, ahora el armero , y mañana cuando se levante a ver qué ostias se le ha ocurrido,
Mañana voy a intervención para que me lo den por escrito porque no veo lógico lo que están haciendo con los de la Comunidad de Madrid porque a una persona se le ponga De los Santos sacar normativas sin cambiarlas en el reglamento de armas.
Os iré contando cuando me den el escrito si es que me lo dan


Creo que a estos señores se les olvida algo bastante importante:

1. Las Normas UNE son una serie condiciones técnicas que se aplican a la fabricación de determinados productos, en cada momento. Estas normas se van revisando y actualizando, con lo que los productos de nueva fabricación sufren una actualización de esas condiciones técnicas, pero esto no invalida los productos fabricados bajo revisiones de anteriores de la Norma, ya adquiridos e instalados.

2. Las normas UNE son voluntarias, en tanto en cuanto no se cite con exactitud el cumplimiento de una norma específica en el propio texto de la normativa legal de obligado cumplimiento, haciendo referencia exacta a la que ha de cumplirse.

3. En el Reglamento de Armas, única legislación que habla de cajas fuertes y armeros y que los deportistas debemos cumplir, y no otra, no se cita explícitamente la versión de la norma UNE que ha de cumplirse, ni siquiera qué tipo de norma se ha de cumplir, si UNE, ISO u otra cualquiera. Por tanto, exigir el cumplimiento de una norma determinada, sin que haya sido especificada en la legislación al efecto, es una transgresión de lo establecido legalmente.

4. Abundando en lo anterior, los armeros que tenemos legalizados lo están conforme a un documento legal en el que ha sido aprobada su validez, conforme a la homologación del momento en que se compraron, por lo que a todo efecto legal esa homologación es vigente, aunque la revisión de las normativas de fabricación sea ahora distinta.

Del Reglamento de Armas:

" En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados por la Dirección General de la Guardia Civil y con las medidas de seguridad necesarias aprobadas por la Intervención de Armas y Explosivos."


Sacado de la web del Ministerio de Industria y Energía


Una norma es la especificación técnica o cualitativa voluntaria con la que pueden ser conformes actuales o futuros productos, procesos de producción o servicios.

Las normas UNE con carácter general tienen carácter voluntario. No obstante, en algunos casos, la legislación hace referencia a las normas como medio privilegiado, o incluso requisito obligatorio, para dar cumplimiento a disposiciones específicas, especialmente en materia de seguridad o interoperabilidad.

Por lo tanto, las normas UNE únicamente tienen carácter obligatorio en el caso en que así se establezca en la regulación que las referencie.
Última edición por Chinchu el 09 Jul 2024 18:01, editado 1 vez en total.

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor jaf1963 » 09 Jul 2024 15:55

Menos mal que la Real Federación Española de Tiro Olímpico está ya defendiendo los intereses de sus federados ante ésta prevaricacion de la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de Madrid........

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor bronco21 » 09 Jul 2024 16:38

jaf1963 escribió:Menos mal que la Real Federación Española de Tiro Olímpico está ya defendiendo los intereses de sus federados ante ésta prevaricacion de la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de Madrid........


Me he reído :lol:

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor Militia » 09 Jul 2024 18:19

jaf1963 escribió:Menos mal que la Real Federación Española de Tiro Olímpico está ya defendiendo los intereses de sus federados ante ésta prevaricacion de la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de Madrid........


Real Federación = CSD = Gobierno.

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor jfmtda » 11 Jul 2024 11:56

Y por supuesto la asociación de armeros está preocupadísima por tener que vender nuevos armeros a cientos y cientos de usuarios de armas.

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor bronco21 » 11 Jul 2024 14:33

jfmtda escribió:Y por supuesto la asociación de armeros está preocupadísima por tener que vender nuevos armeros a cientos y cientos de usuarios de armas.


En Francia los ecologistas llevando a los tribunales a las empresas por obsolescencia programada.
En Italia Apple y Samsung han sido sancionadas por obsolescencia programada con unos cuantos millones de Euros.
También en Francia le cayeron otros 25 millones a Apple por ralentizar sus modelos antiguos.

Aquí fomentamos hacer obsoletos armeros con una normativa 2012 por una 2019. 7 años !!!!
Los 2019 cuando van a estar obsoletos?
Tiemblo porque lo he comprado hace 3 meses

:?

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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor querbosch » 11 Jul 2024 15:05

Hola a todos
Desconozco que hace cada intervención, pero yo siempre he tenido entendido que el permiso de recarga y la autorización de aumento de cupo estaban ligados, si uno quiere recargar por encima de los limites sobre depósitos de cartuchería establecidos.
Mi autorización de recarga así lo dispone. Os pongo lo que dispone (entre otras cosas) en las condiciones de validez....

""No obstante, en base a la normativa citada en los Fundamentos de Derecho, SU VALIDEZ QUEDA
CONDICIONADA, A QUE SE MANTENGAN LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

- Mantener dentro de los límites el depósito tanto de materiales componentes como de cartuchería
terminada, que se determinan en el artículo 104 y 136 del citado Real Decreto 563/2010.""

Como veréis mi autorización de recarga remite a los artículos 104 y 136 del Real Decreto 563/2010 ( Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería), donde se establecen los limites sobre deposito de cartuchería. Art. 104.2 remite al 136.3.a y no se establece ninguna excepción para la cartuchería recargada.

Resumiendo, creo que la intervención de Madrid esta aplicando correctamente la normativa.....logicamente el equivocado puedo ser yo.... :birra^: :birra^:
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Re: Cambio de normativa adquisición de recarga en Comunidad de Madrid

Mensajepor BRIAM » 11 Jul 2024 16:19

querbosch escribió:Hola a todos
Desconozco que hace cada intervención, pero yo siempre he tenido entendido que el permiso de recarga y la autorización de aumento de cupo estaban ligados, si uno quiere recargar por encima de los limites sobre depósitos de cartuchería establecidos.
Mi autorización de recarga así lo dispone. Os pongo lo que dispone (entre otras cosas) en las condiciones de validez....

""No obstante, en base a la normativa citada en los Fundamentos de Derecho, SU VALIDEZ QUEDA
CONDICIONADA, A QUE SE MANTENGAN LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

- Mantener dentro de los límites el depósito tanto de materiales componentes como de cartuchería
terminada, que se determinan en el artículo 104 y 136 del citado Real Decreto 563/2010.""

Como veréis mi autorización de recarga remite a los artículos 104 y 136 del Real Decreto 563/2010 ( Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería), donde se establecen los limites sobre deposito de cartuchería. Art. 104.2 remite al 136.3.a y no se establece ninguna excepción para la cartuchería recargada.

Resumiendo, creo que la intervención de Madrid esta aplicando correctamente la normativa.....logicamente el equivocado puedo ser yo.... :birra^: :birra^:


Creo que leíste mal. No se pone en cuestión el limite de cartuchos almacenados (que está establecido en la norma y en la autorización de recarga) sino que están vinculando la autorización de recarga a contar (en el momento de compra de pistones,) con la autorización de adquisición de munición por encima de lo establecido en el cupo (100 anuales para arma corta y 1000 para larga), que no tiene nada que ver, pero cambia totalmente la situación del deportista ya que:
- la autorización de recarga es válida desde su expedición y no hay fecha de caducidad si nada cambia, simplemente se van anotando pistones y pólvora (dentro de sus límites) cada vez que se compra
- la autorización de adquisición por encima del cupo tiene una validez de un año desde su expedición. Y además suelen tardar 4 Meses en ser concedida, por lo que cuadrar las previsiones es bastante aleatorio en acertar. (Por supuesto con los limites de compra diaria establecidos). Me paso la temporada gastando más en gasolina que en municion
- yo pido unas cifras de munición anual teniendo en cuenta que recargo, la adquisición de munición en armería es para cuando "las múltiples casuísticas intervinientes" afectan al mercado de materiales de recarga, es decir totalmente imprevisibles.

Para mí, como mal menor, si la autorización de compra por encima del cupo tuviera validez permanente (no hubiera que pedirla cada año y sufrir el parón de cuatro meses), con valores máximos anuales establecidos y justificados en nuestra prevision, si podríamos compaginar con la de recarga y que los pistones se contabilizarán.

El problema es que si yo sé que voy a gastar 2.000 cartuchos anuales de 9 mm, no se cuántos serán recargados (para mí lo ideal serían los 2.000) y cuantos tengo que comprar en armería (opción desventajosa, pero a veces obligatoria).

Así que o nos oponemos, denunciamos, luchamos por nuestros derechos y porque nos están atropellando o vamos jod..idos ya que esto es imposible de aguantar.


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