jrdc1 escribió:Buenas!
La AE es para armas de avancarga, Flobert y armas de cartuchería metálica originales cuyo modelo sea anterior a 1890. No está claro hasta que año de fabricación se considera arma original, y a partir de cuando se considera réplica. No hay límite de unidades y no necesitan elementos especiales para su guarda y custodia.
Hola,
Discrepo con esa afirmación, está clarísimo pues lo dice la Norma ".. cuyo modelo o cuya fecha de fabricación sea anterior al 1 de enero de 1890"
Luego, lamentablemente y aunque sea absurdo, se considera réplica a cualquier arma fabricada al día siguiente, aunque sea de la misma marca, el mismo 1 de enero de 1890.
Tengo varias armas
originales, colt y winchester, pero fabricadas en 1891, 92, 94 y 95, que no sólo son originales e idénticas en diseño y modelo a las anteriores a dicha fecha, sino que fueron fabricadas con los mismos materiales y la misma maquinaria, y por los mismos trabajadores, pero a eso se le considera réplica. Algo que sólo ocurre en este país de pandereta.
La R.A.E. es clara y concisa sobre lo que son una réplica y una reproducción, pero está claro que el legislador hace su interpretación personal:
RÉPLICACopia exacta de algo, especialmente de una obra artística.
REPRODUCCIÓNCosa que reproduce o copia un original.
Cada modelo de arma histórica tiene unas características determinadas y por tanto deberían homologarse todas las que son idénticas a ese modelo, hasta que se hayan introducido modificaciones, con tal de corresponderse al modelo anterior al 1-1-1980.
Saludos y Feliz Año