Rapaz351 escribió:Reincidente escribió:Hola, es un tema muy repetido, pero resumiendo:
-Hacerte socio de un club de tiro donde puedas practicar con sus armas, largas, cortas, o ambas, dependiendo del tipo de licencia F que quieras.
-Federarte.
-Hacer las prácticas hasta que saques con holgura los 50 puntos en 10 disparos que te exigirán en el examen
-Examinarte. Las armas las pone el club, es importante probar con cuál tiras mejor y reservar esa para el día del examen. En el examen es tan importante lo de los 50 puntos como que manejes el arma con seguridad.
-Una vez has aprobado tramitas el certificado, puede que lo tengas que pedir tú a la Federación, o que el club se encargue de eso.
-Con tu certificado vas a tu IA y solicitas la licencia. Tasas, certificado médico, y a esperar unos 3 meses.
-Una vez tienes la licencia (de 3ª) puedes guiar un arma, para ello te exigen compra de armero homologado según norma vigente (ojo con eso, ahora los anteriores no les valen).
Básicamente es tiempo....y dinero.
Por favor; sería conveniente que antes de responder a una consulta, uno se informara mejor, para no confundir a quienes hacen la pregunta. Está diciendo que tiene la licencia E, por lo que no necesita examinarse para conseguir la F.
"Quedan exentos de la realización de estas pruebas para la obtención de licencias "D", "E" y "F", además de las personas que posean o hayan poseído licencias de armas "A", "D", "E" y "F"
Hola, compañero:
Podría parecer así, pero me temo que no es de esa manera. No es descabellado pensar como lo haces porque la primera orden que voy a citar es confusa (para variar).
El párrafo que destacas está tomado de la ORDEN de 7 de marzo de 2000 por la que se precisa la determinación del ámbito de aplicación de la Orden de 18 de marzo de 1998, sobre pruebas de capacitación para obtener licencias de armas, y esta última se refiere al artículo 102.2 del Reglamento de Armas, que trata de la tenencia y uso de armas largas rayadas para caza mayor o para escopetas y armas asimiladas.
Por lo tanto no ampara la licencia F para arma corta, por ejemplo. Lo que viene a decir es que si has tenido la F, no tienes que hacer el examen sobre conocimientos del Reglamento de Armas, el que viene en la web de la GC, , pero has de pasar el práctico para la F te que hará la Federación en presencia de la Guardia Civil, y en el que debes sacar los famosos 50 puntos con arma de la Federación.
Lamentablemente, no dice que si has tenido o tienes la E, D o AEM, no tengas que hacer el trámite para la F, que es, más o menos, como apunta el compañero.
Lo sé por experiencia propia, con la D y E en la mano y con la F obtenida pero caducada, tuve que hacer los disparos de rigor que he comentado, hace un año y pico, pero no el examen del Reglamento,
Y, si persiste la duda, preguntad en la Intervención.
Espero que aclare.
Saludos.
P.D: en Madrid, no hace falta apuntarse a un club. Con federarte, ya se ocupan ellos de casi todo.