topp escribió:Me imagino que no se podra recurrir la sentencia del tribunal supremo..

Contra la sentencia no cabe recurso alguno, y así lo hace constar la propia sentencia.
El de amparo ante el Tribunal Constitucional sería posible pero para eso sería necesario que se vulnerasen Derechos Fundamentales, lo que no creo que sea el caso.
O sea, que queda zanjado el asunto.
Lo gracioso de todo esto es que la Constitución dice en su artículo 1.1 que
"España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político", pero vamos, que libertad va quedando bien poca, porque ya está prohibido casi todo (y lo poco que queda, se prohibirá más adelante).