LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Todo sobre licencias de armas, reglamentos, normativa...
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manchego2010
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor manchego2010 » 27 Nov 2014 19:51

ManosNegras escribió:Sobre los puntos 2 y 4 de la 6ª categoría:
El punto 2 se refiere a las armas anteriores al 1 de enero de 1890, sean da avancarga o no. De hecho, la inmensa mayoría son de avancarga.
El punto 4 se refiere a las armas de avancarga en general, lo cual incluye armas de avancarga posteriores al 1 de enero de 1890 y armas de avancarga que no sor réplicas o reproducciones de ningún arma anterior al 1 de enero de 1890 o armas de avancarga de diseño propio, que no se parecen a ningún arma original. Si Pedersoli decide fabricar armas de avancarga inspiradas en las armas futuristas de La Guerra de la Galaxias, estarán encuadradas en el punto 4, pero no en el punto 2.
Por tanto, no hay ninguna duda de que la Orden que estamos comentando afecta tanto a armas de avancarga como a armas de cartucho metálico anteriores al 1/1/1890.
Saludos

La opinión es libre, no voy a insistir ni polemizar más sobre el tema, porque a mi me da lo mismo convencer a alguien o no, y cada uno es muy libre de pensar lo que quiera.
El punto 2 se refiere a las armas anteriores al 1 de enero de 1890, que no sean de avancarga porque el punto 4 se refiere a las armas de avancarga en general, lo cual incluye todas las armas de avancarga. La expresión en general no tiene sentido, si se refiere a las posteriores a 1890 en particular.
Así se ha interpretado unánimemente hasta ahora. El 6.2ª tiene un párrafo 2º que dice "La antigüedad será fijada por el Ministerio de Defensa, que aprobará los prototipos o copias de los originales, comunicándolo a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito de la Guardia Civil."
Que yo sepa jamás se han pedido certificados del Ministerio de Defensa para armas de avancarga ¿o sí?
Por la sencilla razón de que las armas de avancarga se han considerado por la propia ICAE en la categoría 6.4ª que se refiere a ellas sin distinción de fechas.
Pero como digo, cada cual que piense lo que quiera...

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manchego2010
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Re: Nueva normativa para Ae?

Mensajepor manchego2010 » 27 Nov 2014 19:52

Tristan escribió:Lo que no acabo de tener claro es a que se refiere exactamente que hay que guardarlas en "lugar seguro".Estamos hablando de armero? Si fuese asi de que tipo.En que armero de arma larga entra un Sprinfield o un Pensilvanya o un Corrige? Habra que preguntar en la ICAE y que nos saquen de dudas.Un saludo a todos.

No creo que dé mucho tiempo a preguntar, pronto se publicará.

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Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre

Mensajepor Obdulio1952 » 27 Nov 2014 19:55

Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas.
Adjuntos
BOE-A-2014-12249.pdf
(158.1 KiB) Descargado 77 veces
ALTO EL FUEGO, ALTO LA CARGA, RETIREN EL MATERIAL.

Toneti2
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Re: Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre

Mensajepor Toneti2 » 27 Nov 2014 20:03

Menudo curro le estamos dando al pobre puzzling con la du, tri y hasta cuatri-plicidad del temita del dichoso cambio de reglamento...

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Chinchu
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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Chinchu » 27 Nov 2014 20:04

iokin escribió:El tema se reduce a esto: Ya no se guian con AE, armas de cartucheria metálica, tal y como según un forero, dijo el sargento primero de Murcia en su presencia. Y no hay que decir y discutir. Y a obedecer, que es amar. :police-smiley:
Bueno, ahí va un jarrito de agua fria. Si alguien cree que obteniendo la licencia de armas "F", puede darle la vuelta a las disposiciones ahora vigentes con respecto a cartuchería metálica, está, en mi muy humilde opinión, totalmente equivocado. La "F" ampara armas para el tiro olímpico y deportivo, cuya normativa corresponde en primera y última instancia a la ISSF, que determina unas modalidades muy concretas. También la RFDTO tiene algunas modalidades propias como complementarias de las anteriores. Pero No existe ninguna modalidad dentro del grupo mencionado que ampare a los revolveres y armas largas de cartuchería metálica con polvora negra, ya que estas modalidades se encuentran dentro de la MLAIAC, que es otra institución totalmente diferente de la ISSF y sin vínculo alguno entre ellas. Así que pueden negarse perfectamente a la inclusión de estas armas en la licencia "F" con perfecta legalidad. Supongo que la RFDTO se estará frotando las manos al verse libre de incomodos sujetos que desean subvertir el orden establecido. :roll: :mrgreen:


Si es que ..., ,
[i]
Artículo 3.- Las disciplinas deportivas cuya práctica y
desarrollo compete a la FEDERACIÓN MADRILEÑA DE TIRO OLÍMPICO,
son las siguientes: las reconocidas y reglamentadas por la
Unión Internacional de Tiro (UIT), el Comité Internacional de
Tiro con Armas Antiguas de Avancarga (MLAIC), el Foso Universal
en la especialidad de Plato dependiente de la Federación
Internacional de Tiro con Armas de Caza (FITASC) y la
International Practical Shooting Confederation (IPSC).

[/i]
Hace ya muchos años que hay modalidades de armas históricas de cartucho metálico, eso sin contar las ya varias tiradas de C.A.S., con armas históricas de cartucho metálico, que se han realizado en diversas federaciones, entre ellas la Madrileña:

Modalidades de Cartuchería Metálica con Pólvora Negra

Piñal: Modalidad a 25 metros para pistola o revólver de cartucho metálico con pólvora negra, se excluye el calibre .22, original o réplica.
Nuñez de Castro: Modalidad a 50 metros para carabina o fusil con cartucho metálico de pólvora negra, original o réplica.
Freire y Brull: Modalidad a 100 metros para carabina o fusil con cartucho metálico de pólvora negra, original o réplica.




AISSSSSSSSSSSSSSSSSSSS, :ganster:

Pd. El jarrito se te rompió por el camino
:angel^:
Última edición por Chinchu el 27 Nov 2014 20:29, editado 2 veces en total.

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puzzling
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Re: Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre

Mensajepor puzzling » 27 Nov 2014 20:13

Toneti2 escribió:Menudo curro le estamos dando al pobre puzzling con la du, tri y hasta cuatri-plicidad del temita del dichoso cambio de reglamento...


Pues sí, compañero Toneti :roll: … Con lo poco que cuesta leer un poquito el Foro entero.


Aaaaaaamos "pallá"… ¡Unido!
Charlie


"The Constitution is not an instrument for the government to restrain the people, it is an instrument for the people to restrain the government"

Patrick Henry

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Parece que tengo que pedir perdón...

Mensajepor JotaErre » 27 Nov 2014 20:34

... pues, por lo visto, he puesto mi granito de arena en todo este "fregao", al solicitar en Junio (y serme concedida en Agosto) la licencia AE.

Llevo muchos años practicando el aire comprimido, pero me apetece, de vez en cuando, hacer un poco de ruído y unos agujeros más gordos a la diana. El problema es que, por falta de tiempo y de presupuesto, no puedo practicar el tiro olímpico en condiciones, o sea que tengo que descartar la F. Además, como le diga a mi mujer que quiero empotrar un armero en una pared de casa, tengo muchas probabilidades de que pida el divorcio.

Por otra parte, me gustan mucho los revólveres. Tanto que aproveché que pedía la AE para comprar un Remington Uberti y guiarlo "con el apartado d) del Artículo 107", porque me gusta tenerlo en casa, mirarlo, amartillarlo, enfundarlo, desenfundarlo...

Mi plan era, una vez recibida la AE, pasar a ella el Remington (me dijeron en la IA que no hay problema), o comprar otro revólver si encontraba algo que me hiciera "tilín" a un precio que pudiera permitirme. Y una vez dispuesto de revólver, ir de vez en cuando al campo de tiro a soltar carbonilla y desfogarme.

Por supuesto, si más adelante lo permitía mi presupuesto (condicionado a que el Gobierno Central y el Autonómico me devuelvan algún día las 4 pagas extra que me han robado), pues ¿por qué no?, un Cattleman o un Stallion. O incluso, si me toca la Primitiva, un Russian, que es mi revólver favorito. Simplemente, para sentirme Doc Holliday, Wild Bill Hickock o Buffalo Bill por un rato...

Así que pido perdón a la ICAE por tener tan peregrinas ideas, y les agradezco que me hayan hecho ver que por pretender algo así me convierto automáticamente en una enemigo público más peligroso que Josu Ternera y "El Solitario" juntos. Y pido perdón también a los "avancargueros de toda la vida" por pretender entrometerme en su coto privado...

... pero como mi maldad es congénita, no puedo evitar hacerme las siguientes preguntas:

1) A ver si algún día, algún miembro de la ICAE de esos que sin duda leen este foro se digna de informarnos de realmente cuantas armas guiadas en la licencia AE han estado involucradas en algún incidente delictivo, para que a los individuos de molleja dura (como yo) nos quede clara la urgente necesidad de esa Orden Ministerial.

2) Hoy he leído en las noticias que una pelea entre bandas de adolescentes latinoamericanos en Madrid ha acabado a tiros y ha habido al menos un herido... ¿de dónde salió ese arma? Seguro que, sin duda, era un Cattleman ... :mrgreen:

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor madbullet » 27 Nov 2014 20:54

Que se preparen los de la F :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
Y si atracan con una recortada...mejor ni pensarlo, Ja ja ja ja
Pero pase lo que pase seguimos con la afición... :band: :band: :band:
Un saludo.
Pero..¡que diablos!,¡era un Hawken! (Jeremiah Johnson)

SASS # 103.303 (aka: madbullet)

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Re: Parece que tengo que pedir perdón...

Mensajepor aenoke » 27 Nov 2014 20:55

JotaErre escribió:... pues, por lo visto, he puesto mi granito de arena en todo este "fregao", al solicitar en Junio (y serme concedida en Agosto) la licencia AE.

Llevo muchos años practicando el aire comprimido, pero me apetece, de vez en cuando, hacer un poco de ruído y unos agujeros más gordos a la diana. El problema es que, por falta de tiempo y de presupuesto, no puedo practicar el tiro olímpico en condiciones, o sea que tengo que descartar la F. Además, como le diga a mi mujer que quiero empotrar un armero en una pared de casa, tengo muchas probabilidades de que pida el divorcio.

Por otra parte, me gustan mucho los revólveres. Tanto que aproveché que pedía la AE para comprar un Remington Uberti y guiarlo "con el apartado d) del Artículo 107", porque me gusta tenerlo en casa, mirarlo, amartillarlo, enfundarlo, desenfundarlo...

Mi plan era, una vez recibida la AE, pasar a ella el Remington (me dijeron en la IA que no hay problema), o comprar otro revólver si encontraba algo que me hiciera "tilín" a un precio que pudiera permitirme. Y una vez dispuesto de revólver, ir de vez en cuando al campo de tiro a soltar carbonilla y desfogarme.

Por supuesto, si más adelante lo permitía mi presupuesto (condicionado a que el Gobierno Central y el Autonómico me devuelvan algún día las 4 pagas extra que me han robado), pues ¿por qué no?, un Cattleman o un Stallion. O incluso, si me toca la Primitiva, un Russian, que es mi revólver favorito. Simplemente, para sentirme Doc Holliday, Wild Bill Hickock o Buffalo Bill por un rato...

Así que pido perdón a la ICAE por tener tan peregrinas ideas, y les agradezco que me hayan hecho ver que por pretender algo así me convierto automáticamente en una enemigo público más peligroso que Josu Ternera y "El Solitario" juntos. Y pido perdón también a los "avancargueros de toda la vida" por pretender entrometerme en su coto privado...

... pero como mi maldad es congénita, no puedo evitar hacerme las siguientes preguntas:

1) A ver si algún día, algún miembro de la ICAE de esos que sin duda leen este foro se digna de informarnos de realmente cuantas armas guiadas en la licencia AE han estado involucradas en algún incidente delictivo, para que a los individuos de molleja dura (como yo) nos quede clara la urgente necesidad de esa Orden Ministerial.

2) Hoy he leído en las noticias que una pelea entre bandas de adolescentes latinoamericanos en Madrid ha acabado a tiros y ha habido al menos un herido... ¿de dónde salió ese arma? Seguro que, sin duda, era un Cattleman ... :mrgreen:


:apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla: :apla:

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LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Custer1961 » 27 Nov 2014 20:55

Después de leer en el BOE la disposición publicada el día 26 de este mes hay cosas que legalmente no entiendo.
Lo publicado es una Orden, en concreto la INT/2202/2014, lanzó una pregunta a los entendidos en leyes, que hay muchos por el foro, ¿Qué prevalece el Reglamento o la Orden?. Como se entiende que se contradiga la orden con el reglamento, entendiéndose que el reglamento es de rango superior a una orden. Bueno siempre y cuando los entendidos en derecho del foro den una respuesta positiva.
Otra cosa, que los expertos en leyes nos lo digan, se refieren a armas clasificadas como 6.2 ó 6.4, da la sensación que a las 6.4 (armas de avancarga) esta orden no les afecta ya que en el preámbulo se refiere a las 6.2 (cartucho metálico).
Última edición por Custer1961 el 27 Nov 2014 21:20, editado 1 vez en total.
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Re: Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre

Mensajepor Hooke » 27 Nov 2014 21:04

Toneti2 escribió:Menudo curro le estamos dando al pobre puzzling con la du, tri y hasta cuatri-plicidad del temita del dichoso cambio de reglamento...



¿No se llama puzzling?...¡pues seguro que goza uniendo piezas dispersas en un solo "puzzle"!. :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:

No me he podido resistir.... :oops:

Un abrazo a puzzling por su excelente trabajo, y por la vara que le damos.......
UT TENSIO SIC VIS

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor ignasi94 » 27 Nov 2014 21:43

A mi lo que no me ha quedado claro es si teniendo ya una de estas armas guiadas en AE voy a tener que sacarme el libro de coleccionista, pasarla a F o me libro de ello.
Y otra gran duda que me sale es si un familiar mío, en posesión de la AE con un revólver de cartuchería metálica puede cambiármelo a mi favor, yo también en AE o va a ser imposible de AE a AE y sólo posible hacia libro de coleccionista o F.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor ElCaboPistolo » 27 Nov 2014 21:48

[quote="jabaliviejo"]Entre el qué y el por qué existe una distancia enorme.
La mayoría de las noticias nos cuentan el qué, pero no el por qué. Y es que a menudo la verdad es políticamente incorrecta o inconveniente y se omite.
En las leyes ocurre lo mismo... Nos imponen nuevas restricciones pero no nos dicen por qué.
¿Es cierto que las nuevas restricciones para AE son producto de que se ha sorprendido a delincuentes con ellas?
Tengo oído que existen barrios marginales vinculados a la delincuencia organizada en los que muchos de sus vecinos han obtenido licencias y guiado armas en F. Curioso, no?
Siguiendo el mismo patrón, ¿restringirán aún más estas licencias? ¿Y si la casuística se extrema? ¿Qué harán? ¿prohibir el tiro deportivo?
¿Y si en un futuro los delincuentes no fichados obtienen licencia de caza para poder tener armas? ¿Qué harán entonces? ¿Prohibirán la caza?

Me parece a mí que el ICAE y la comisión interministerial demuestran una enorme necedad tratando de atajar nuevos problemas con nuevas normas y alegóricamente parecen caballeros afanados en cortar cortar la hidra de las mil cabezas, pues el delincuente siempre burlará la ley de una forma o de otra. La más sencilla suele ser servirse de quien no tiene antecedentes para obtener de éste lo que nunca conseguirían por sus medios.
Estos señores de arriba piensan que sus medidas son efectivas, completas e inteligentes y que lo dejan todo atado y bien atado; pero lo único que consiguen es que los problemas se les multipliquen y es que quien quiera delinquir siempre va a encontrar un resquicio por el que colarse por mucho que usen el reglamento de armas como un lanzallamas. A grandes problemas grandes remedios que resultan ser, para el común de los usuarios civilizados, grandes cagadas.

Yo creo que casos de malhechores consiguiendo armas por vía legal son puramente anecdóticos, pues si por algo se caracteriza el delincuente es por carecer de temor hacia la ley y no es por tanto su objetivo cumplirla aunque pudiera hacerlo. Siente tal desprecio por la ley que la sola molestia de los trámites hace que la pase por alto... El camino para ellos siempre es llano y si las lumbreras del ICAE ponen escollos han de tener por seguro que las sufrirán las personas honradas y decentes, no los delincuentes.
Así, ni que decir tiene que con antecedentes penales, quien quiera tener un arma con fines ilícitos, la tendrá y que por tanto la normativa hipertrofiada no sirve para impedir que los delincuentes consigan lo que quieren sino para calentar al ciudadano honesto y cumplidor al que se le imponen normas una tras otra hasta situarlo en la infracción.

No hace mucho colaboré en presentar algunas alegaciones al ICAE que curiosamente convierten en delincuentes a ciudadanos honrados... Por poner un ejemplo, ¿en qué armero guarda su rifle un cazador de Bilbao que se desplace a cazar a Cádiz? ¿Cómo pernocta con él? ¿Dónde? ¿Cómo lo custodia? JE! El Reglamento de Armas está muy bien para la teoría y sobre el papel parece serio y contundente (como los que lo elaboran), pero llega a la práctica y se derrumba como un castillo de naipes... ¿En qué piensan ahí
arriba?[/

Sí señor. Esto es lo más certero, sensato y ecuánime de cuanto llevo leído
Es otro producto "typical (y "tópical" -valga la expresión-)Spain": El COJONUDISMO ESPAÑOL :-). Hubiese quedado el engendro mejor rematado, con el "post-scriptum" siguiente: "Por mis cojones molineros"
Y, aunque como Abogado también me he jubilado y ya no me apetece perder más pestañas y dioptrías contra el monitor y mis bases de datos jurídicas, doctrinales y jurisprudenciles, lo primero que ha atraído es el RANGO normativo de esta dichosa norma, que viene a introducir, vía "desarrollo" (sic) tan frontales contravenciones restrictivas, del REGLAMENTO, con su propio RANGO normativo que, así (y arriesgándome a soltar una "perla" (confieso no haber sido el Dcho Administrativo mi especialidad), creo recordar SUPERIOR.
Dicho de otro modo, ciertamente exagerado, pongamos el siguiente ejemplo: dice nuestro Código Penal que, quien matare a otro, será condenado como reo de homicidio a...
Dicho Código tiene carácter de Ley Orgánica.
Pero hete aquí que, "en desarrollo" del apuntado art del CP, viene el Director Generalísimo de las Tropas Catapulteanas y dicta: "El que matare a otro MEDIANTE un revólver antiguo de cartucho metálico, será castigado como reo de "matación peacemakera", con reclusión (en la vieja dicción) mayor
y, si el cartucho hubiese contenido pólvora nitro, con la pena de reclusión mayor a muerte".
Si no estoy equivocado (ya lo advertí), el tema "chirría". No? :-)
¡¡¡Santiago y cierra, España!!!

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor ElCaboPistolo » 27 Nov 2014 22:15

ignasi94 escribió:A mi lo que no me ha quedado claro es si teniendo ya una de estas armas guiadas en AE voy a tener que sacarme el libro de coleccionista, pasarla a F o me libro de ello.
Y otra gran duda que me sale es si un familiar mío, en posesión de la AE con un revólver de cartuchería metálica puede cambiármelo a mi favor, yo también en AE o va a ser imposible de AE a AE y sólo posible hacia libro de coleccionista o F.

:mrgreen: :mrgreen:
Yo lo único que tengo claro, es que esta rama de la Administración española (y desde luego no es una excepción demasiado rara), cada vez que se pone a tratar de "legislar" (que Iustiniano me perdone), deja todo cada vez más liado que el testamento de una loca :mrgreen:
Debe ser alguna especie de contaminación con el Derecho Militar y, como en el foro (jurídico) es bien sabido: "El Derecho Militar es al Derecho, lo que la música militar es a la Música"
Qué país este.... Si lo que no me explico es cómo no ha reventado ya todo el chiribguito por los cuatro costados :mrgreen:
Toma!!!: los franchutejos, ni más europeos ni menos que nosotros (al menos "de lege ferenda"), en aplicación de dos determinadas Directivas (que puedo idénticar en un instante) comunitarias, han dejado de considerar armas (sin distinción ni "desarrollos" posteriores por parte del Prefecto de turno), toda aquella fabricada hasta ...1900 (sí, entiéndase que quiero decir después de Cristo), sin más excepciones que las contenidas en una relación cerrada ("numerus clausus", eso es Seguridad Jurídica, dicho sea de paso). Consecuentemente, basta acreditar ser mayor de edad y, punto pelota. Pueden venderse o regalarse o ser objeto de cualesquiera de los chorrocientos tipos de contrato y cuantos
infinitos no tipificados que imaginarse pueda), en tiendas de chuches, ferreterías o puestos de circo :
Santo país en que han convertido España. Y encima tenemos que aguantar lo que nos quieren poner en los telediarios...
¡¡¡Santiago y cierra, España!!!

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor iokin » 27 Nov 2014 22:44

Chinchu, dijo: "Pd. El jarrito se te rompió por el camino"
Cómo interpretes tu las leyes, a mi me da igual. Lo único que he dicho es lo que se puede encontrar un alevin de usuario cuando vaya a la IA a intentar poner un arma de cartuchería metálica en la "F", porque solo quiere tener ese tipo de arma. Claro que antes ha tenido que pasar por el gasto de inscripción en la Federación y/o club mas gastos de licencia mas cuota anual, curso de aprendizaje obligatorio en la F, certificado médico sicotécnico, adquirir el armero, pagar el certificcado de arma de concurso (que ya veremos si se lo dan y como se lo redactan), adquirir el arma y con todo eso pasar por la IA. y eso, supone un gasto bastante considerable como para correr el riesgo de que te lo puedan denegar. Y esa denegación, es inapelable, según la disposición adicional 2ª. Al tiempo. Pero yo no correría esos riesgos con esa perspectiva de gasto.
Última edición por iokin el 28 Nov 2014 13:37, editado 1 vez en total.

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Gosfalcon1873 » 27 Nov 2014 22:54

SHERIDAN escribió:
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Es que hay que entender una cosa, y es que el derecho a la posesión de armas en nuestro país, no existe como tal, eso os lo tenéis que meter en la cabeza. No se priva a nadie de ese derecho porque simplemente no existe por mucho que algunos se empeñen, esto no es mas que una concesión administrativa que te la pueden conceder o no, con unas normas que pueden cambiar cuando les venga en gana, por eso se llama comisión interministerial ``permanente´´.

En nuestro país, la posesión de armas, esta sujeta a determinadas actividades, ya sea, defensa,tiro deportivo o caza, . Sólo se libraba la AE por la condición especial de estas arma en lo que a funcionamiento se refiere, por eso hasta hace poco, se podían tener sin problema alguno, con lo cual, nuestras autoridades, no le encuentran ningún sentido ni está contemplado por la ley, que alguien puede tener un arma y munición, sin practicar una de las actividades relacionadas a estas, porque para quien sólo las quiera por colección o por gusto, ya existía el libro de coleccionista, para lo cual no se necesita tener munición.

Y si, me suena a excusas, pero no solo eso, si no en general todas las normas y requisitos que se exigen especialmente para arma corta. No se si serás poseedor de la F, pero si quieres ver despropósitos en el reglamento de armas, te recomiendo que te saques la F y sabrás lo que es bueno.

Con respecto al estado, pues eso, es el que nos obliga a acatar todas los leyes que tiene por muy absurdas que nos parezca, segura que a otros ciudadanos, estas medidas restrictivas le sabrán a poco, dependiendo de cual sea su sensibilidad con el tema de las armas.





Un saludo.


Sí está clarísimo... cristalino... estoy hablando de derechos en general, en comparación con privilegios de unos pocos... no solo hablo de las armas, que ya sé que no es un derecho reconocido en nuestro ordenamiento jurídico... y no lo es porque los que nos gobiernan, no quieren que así sea... ¡vamos hombre los súditos del estado armados!.. ¿que ma está ud. diciendo?... nada, nada, que se dediquen a la jardineria, y a ver fútbol por la TV, que eso de las armas es solo para personas serias....(todos sabemos quienes son las personas serias).

Que las autoridades, como tu dices, no le encuentren ningún sentido, a que alguien desee tener un arma solo por su gusto personal, o por los motivos que sean, es algo que carece de sentido... y si quiero tener unas de estas armas (AE), solo por el puro placer de contemplarla, o poder realizar de vez en cuando alguna práctica de tiro, es solo cuestión mía, o debería de serlo...

Me gustaría saber una cosa; si no me gusta la caza, y tampoco me gusta la competición, ¿porqué demonios tengo que justificar esas activades?... peor aún...¿por que tengo que esperar a que dos personas me recomienden para poder acceder a esas armas... y porqué narices me quieren obligar a que me asocie, me federe, etc... quiero un revolver o un rifle, simplemente por que me gusta, con el que poder deleitarme y disfrutar de ellos cuando a mi me apetezca, no porque me obliguen a realizar actividades que no deseo practicar.

Sé muy bien los problemas,requisitos y trabas que ponen con la F... tal vez (seguro), sea esa la razón porque la que mucha gente optaba por la AE... por lo ridículo y extravagante que son sus normas, por la obligación de federarse, por la obligación de asistir a campeonatos, y porque si no lo haces, te obligan a depositar tus armas, mostrando así un claro ejemplo de abuso de poder, y un atentado directo al derecho a la propiedad privada...(este sí que está reconocido), pero en el caso que tratamos, esas autoridades que mencionas, se lo pasan igualmente por el forro... o cumples con sus arbitrariedades o te aguantas.
ImagenSOCIO ANARMA 1119 & http://www.anarma.org/

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Toneti2 » 27 Nov 2014 23:08

iokin escribió:Tonetti2 dijo: "Pd. El jarrito se te rompió por el camino"
Cómo interpretes tu las leyes, a mi me da igual. Lo único que he dicho es lo que se puede encontrar un alevin de usuario cuando vaya a la IA a intentar poner un arma de cartuchería metálica en la "F", porque solo quiere tener ese tipo de arma. Claro que antes ha tenido que pasar por el gasto de inscripción en la Federación y/o club mas gastos de licencia mas cuota anual, curso de aprendizaje obligatorio en la F, certificado médico sicotécnico, adquirir el armero, pagar el certificcado de arma de concurso (que ya veremos si se lo dan y como se lo redactan), adquirir el arma y con todo eso pasar por la IA. y eso, supone un gasto bastante considerable como para correr el riesgo de que te lo puedan denegar. Y esa denegación, es inapelable, según la disposición adicional 2ª. Al tiempo. Pero yo no correría esos riesgos con esa perspectiva de gasto.


Perdona Iokin. ¿Podrias explicarme por que comienzas tu intervencion con "Toneti2 dijo"? De verdad que no lo entiendo...

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Re: LEGISLACIÓN ARMAS AE, CARTUCHO METÁLICO AE, y ICAE

Mensajepor Cabo_Tito » 28 Nov 2014 01:46

Que las autoridades, como tu dices, no le encuentren ningún sentido, a que alguien desee tener un arma solo por su gusto personal, o por los motivos que sean, es algo que carece de sentido... y si quiero tener unas de estas armas (AE), solo por el puro placer de contemplarla, o poder realizar de vez en cuando alguna práctica de tiro, es solo cuestión mía, o debería de serlo...

Me gustaría saber una cosa; si no me gusta la caza, y tampoco me gusta la competición, ¿porqué demonios tengo que justificar esas activades?... peor aún...¿por que tengo que esperar a que dos personas me recomienden para poder acceder a esas armas... y porqué narices me quieren obligar a que me asocie, me federe, etc... quiero un revolver o un rifle, simplemente por que me gusta, con el que poder deleitarme y disfrutar de ellos cuando a mi me apetezca, no porque me obliguen a realizar actividades que no deseo practicar


Pues las autoridades deberian tirar/quemar/eliminar ese cuadro que cuelga en su pared o el espejo que nunca miran o el coche que tienen en el garaje y que no usan pero son incapaces de tirar o mandar al desguace, o el mueble ese tan caro que era tan bonito y que sirve para una cosa tan chorra y absurda como guardar calzoncillos, camisetas, calcetines y papeles ... yo tengo mi revolver, lo uso poquisimo por falta de dinero y falta de lugar, a veces me avisa el de la armeria y me invita a ir a echar un rato previa presentacion de fotocopia de licencia y guia, con DNI .... voy, vacio uno o dos tambores y luego, en casa me paso dos dias mimando y limpiando mi revolver, pensando en que fallo, que hice mal para no dar en el 10, como dominar nervios, tembleques, la respiracion ... y buscando durante semanas por el foro aquel hilo que decia que nosecuantos grains, semola o taco y un largo etc ... me gusta y si a ellos no les gusta: que se jodan.
No quiero concursos, no quiero competiciones .... solo quiero acertar en el 10 porque a mi me da la gana y porque me gusta, me enseña a dominar mi cuerpo y a lograr algo que no podria hacer sin mi revolver, que es el que me gusto cuando mire la web de la armeria, el que me atrajo desde el primer momento... si quisiera federarme tendria una glock o alguna otra arma de 9 mlm, o del 22 o del 45 ... no mi Colt "clasico".
"LOS DELINCUENTES Y LOS TIRANOS PREFIEREN UNA SOCIEDAD DESARMADA. ASI SON LOS UNICOS ARMADOS."

Mis opiniones son mias y en nada relacionadas con ANARMA ni con alguna otra asociación.


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