levihatan escribió:Yo se de la irregularidad por que mi hijo a terminado la carrera de derecho y me a comentado que la manera de actuar demuestra arbitrariedad en el procedimiento y si no justifican su actuación en ningún precepto legal incumplen la vinculación positiva a la ley de la administración. Además la armería me llamo para que devolviera la munición y no quería también enfrentarme a ellos, mi mujer ya esta en contra de las armas y encima con la llamada de la guardia civil para que queremos mas, ya se que con mi actuación no beneficio a nadie al contrario, pero cada uno en su casa sabe lo que tiene y me da mas miedo mi mujer que la guardia civil.
Buenas noches,
El otro día intervine apuntando la posibilidad de una denuncia por prevaricación "negligente". Y quiero abundar un poco mas...
En primer lugar, quiero decir que con nuestras respectivas IAs conviene llevarse bien. Si alguien te trata correctamente, es de recibo tratarlo correctamente y no buscarle problemas. Otra cosa es no dejarte avasallar impunemente o que un Interventor descerebrado te diga
"¡Comprate un trabuco, chaval!" como le ocurrió a un compañero del foro.
Hay que dejar claro al interventor de turno que el tema no va contra el, sino contra quien da la orden. Los GC son unos mandados, si el superior dice que "izquierda", a la izquierda, "derecha", pues todos para la derecha,
organizacion de corte militar. Así que hay que decirle: ¿Te lo ha ordenado la ICAE?, bien pues ponmelo en el escrito que así tu le libras de cualquier responsabilidad...
Si me piden la munición, yo se la daría. Lo que no quita de que le diga que, por favor, antes de que se la entregue me lo pida por escrito indicando claramente el motivo para que yo así pueda alegar lo que considera conveniente. Si por ello me quiere iniciar expediente sancionador, entonces ya no se esta portando correctamente (porque es mi derecho a que me lo notifiquen por escrito), y entonces -si me inicia expediente sancionador- ya haré yo lo que considere conveniente y necesario (que probablemente fuese por la tremenda y lo penal).
Con esas resoluciones o escritos, ya estas en condiciones de iniciar un contencioso-administrativo, que aquí es donde yo quería llegar. Imagínate que se ganan cinco o seis contenciosos sobre el tema y la ICAE sigue dando la misma orden ignorando las recurrentes resoluciones judiciales sobre el particular... Pues ahí llegamos a la
prevaricación dolosa o negligente, ya que un tribunal colegiado podría fácilmente entender que los responsables de la ICAE tienen sobrado conocimiento de las diferentes resoluciones en su contra y que -aún- siguen aplicando los mismos criterios ignorando el sentido de las resoluciones judiciales (negligencia o dolo, a elegir).
Por ahí deberían ir los tiros, en mi humilde opinión, y
siempre como ultimo recurso.
Y, desde aqui, como asociado, todo mi apoyo a
ANARMA.
Un saludo a todos,