Aquí está la solución:
Artículo 2.º Tendrán derecho a obtenerla todas aquellas personas, así autoridades, altos funcionarios, oficiales generales, jefes y oficiales del Ejército y de la Armada, empleados, como clases e individuos de tropa, personal subalterno de los distintos centros, y particulares que en el desempeño de funciones oficiales hayan concurrido o intervenido en el acto de mi Jura o en las festividades con que esta fue solemnizada.
Artículo 3.º Usarán de oro la Medalla que se les conceda: los miembros de la Familia Real española, los Príncipes, Embajadores y demás enviados especiales o permanentes extranjeros que se hallaron en Madrid el 17 de mayo último; el Presidente del Consejo de Ministros, los Ministros de la Corona, el Presidente del Senado, el Presidente del Congreso de los Diputados, los Presidentes del Consejo de Estado, del Tribunal Supremo de Justicia y del Consejo Supremo de Guerra y Marina; los Cardenales, los Capitanes generales del Ejército, el Almirante de la Armada, los Caballeros de la insigne Orden del Toisón de Oro, y los Jefes superiores de Palacio .
La usarán de plata las demás personas, cualesquiera que sean su dignidad y jerarquía, excepción hecha de las clases e individuos de tropa, el personal subalterno de los distintos centros, los operarios, etc., que las llevarán de cobre
Es un copia y pega.
El informante ha editado un CD interactivo, un compendio legislativo de Ordenes, Medallas y Condecoraciones. Lo podeis ver y adquirir aquí:
https://www.coleccionesmilitares.com/medallas/libros.htm