JoseyWales escribió:Buenos días:
A ver, la ley es la ley, y es DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA TODOS, funcionarios policiales incluidos. No valen interpretaciones ni puntos de vista, ni si a un GC le parece bien o mal o regular... El funcionario debe tener conocimiento del cambio y debe acatar el nuevo texto con todos sus puntos y comas, sin sacarse impedimentos de la manga, no interponiéndose ni obstaculizando el acto de mero registro administrativo solicitado por un ciudadano.
Esto es tan surrealista como que te toque pagar a Hacienda y no lo hagas porque tú interpretes que no te corresponde por tal y por cual.
Mucho miedo a la Benemérita es lo que creo que hay, pero no olvidemos que son currelas como los demás, y que están sujetos a las mismas leyes que todos.
Veamos donde incumplen o interpretan
6. categoría:
1. Armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, conservadas en
museos autorizados por el Ministerio de Defensa, si son dependientes de cualquiera de los tres
Ejércitos, y por el Ministerio del Interior, en los restantes casos.
Nada que comentar3. Las restantes armas de fuego que se conserven por su carácter histórico o artístico,
dando cumplimiento a lo prevenido en los artículos 107 y 108 del presente Reglamento.
Donde se habla de armas registradas en el libro de coleccionista y sobre las inutilizadas4. En general, las armas de avancarga.
Nada que comentar aquí tampocoel tema está en el punto 2
2. Las armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1890, y las reproducciones y réplicas de las mismas, a menos que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas.
La antigüedad será fijada por el Ministerio de Defensa, que aprobará los prototipos o copias de los originales, comunicándolo a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito de la Guardia Civil.de este párrafo que es lo que no se entiende???
La antigüedad será fijada por el ministerio de Defensa y punto. Si el ministerio no declara nada, nada que guiar en la AE, salvo las del punto 4 (Avancargas)
Si hay interventores que han guiado cartucho metálico en AE, lo han hecho bajo su responsavilidad e incumpliendo la ley.
Creo que mi opinión dista un poco de las espectativas de la mayoría de integrantes del foro.
No es una postura pesimista. Es lo que hay