Mensaje por jmll1974 » 19 Feb 2019 17:25
Chinchu escribió:¡Dios bendito!
¿Pero es que no podemos ser capaces de leer textualmente el Reglamento de Armas?
Como muy bien ha puesto algún forero:
a) Las armas semiautomáticas de las categorías 2..2 y 3..2, cuya capacidad de carga sea superior a cinco cartuchos, incluido el alojado en la recámara, o cuya culata sea plegable o eliminable.
2ª.2. Armas de fuego largas rayadas: Se comprenden aquellas armas utilizables para caza mayor. También comprende los cañones estriados adaptables a escopetas de caza, con recámara para cartuchos metálicos, siempre que, en ambos supuestos, no estén clasificadas como armas de guerra.
3ª.2. Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.
Están prohibidas tan SOLO las armas SEMIAUTOMÁTICAS, de esas dos categorías, en las que se pueda ELIMINAR la culata o cuya culata sea PLEGABLE.
PLEGABLE NO ES TELESCÓPICA, ni EXTENSIBLE, plegable es aquella culata que se pliega sobre el armazón del arma, desapareciendo total o parcialmente, dejando el arma en menos de 60 cm. y digo esto último de los 60 cm., porque si un arma larga no los mide, hoy por hoy, deja de ser larga.
EL M4 CON CULATA EXTENSIBLE o TELESCÓPICA, no plegable, Mide más de 60 cm. con la culata más acortada, ya que sólo de cañón ya ha de tener 30 cm. mínimo y ES LEGAL, por tanto.
Estarán permitidas por tanto TODAS las ARMAS DE REPETICIÓN, de cualquiera de esas categorías.
Los PISTOLETES están permitidos.
Buenos días:
Bien dicho, compañero (se puede decir más alto, pero no más claro): las escopetas de corredera no tienen prohibición alguna, ni en cuento a capacidad de su cargador (sea integrado en el arma, sea extraíble), ni en la posibilidad de llevar una culata fija, telescópica (o extensible), plegable, o incluso sólo una empuñadura de pistolet.
Ya tenemos bastantes prohibiciones para que nos metan más.
De hecho -y como creo que un buen ejemplo valen más que mil palabras- os diré que, sin ir más lejos, a finales de este pasado mes de enero -esto es, hace menos de tres semanas- tuve que pasar la revista de armas para que me renovasen mi licencia de armas. Pues bien, soy propietario de una escopeta de corredera STINGER TÁCTICAL DEFENDER con cañón de 47 cms.; y, cuando en su día la adquirí, me venía con ambas culatas (la plegable, con pistolet; y la rígida (de una única pieza). En fin, para no darle más vueltas, os diré que, si bien la tenía montada con la culata plegable, retirándole un tornillo le había quitado la parte plegable y la tenía sólo con el pistolet......y no me pusieron pega alguna para pasar la revista de armas. Y ojo, que en la Intervención de Armas de Ourense son muy quisquillosos con el tema de las armas (he visto personalmente -cuando fui, este agosto pasado, a hacer la transferencia de mi revolver UBERTI CATTLEMAN 1873, cuando se lo vendí a otro compañero del foro- un caso de una escopeta paralela que, adquirida de segunda mano, en el momento de ir a hacer la transferencia del vendedor al comprador, se quedaba allí depositada porque consideraban -diré que acertadamente- que los cañones habían sido recortados -el vendedor lo negaba, pero los datos del arma no mentían, ni en lo que a longitud de la misma se refería, ni, sobre todo, en lo que a peso de los cañones se refería- sin haber pasado posteriormente por el BOPE; con el consiguiente chasco para ambos interesados; y tan "buen rollito" que se gastaron los Guardias de la Intervención de Armas, que le dijeron a su propietario que era mejor que hiciese una acta de depósito y entrega para destrucción, en lugar de tener que dar explicaciones por tamaña ilegalidad).
Un saludo a todos y todas.
Atte.,
JOSÉ MANUEL LÓPEZ LORENZO.
[quote="Chinchu"]¡Dios bendito!
¿Pero es que no podemos ser capaces de leer textualmente el Reglamento de Armas?
Como muy bien ha puesto algún forero:
[color=#0000BF]
a) Las armas semiautomáticas de las categorías 2..2 y 3..2, cuya capacidad de carga sea superior a cinco cartuchos, incluido el alojado en la recámara, o cuya culata sea [size=150][b]plegable o eliminable[/b][/size].
2ª.2. Armas de fuego largas rayadas: Se comprenden aquellas armas utilizables para caza mayor. También comprende los cañones estriados adaptables a escopetas de caza, con recámara para cartuchos metálicos, siempre que, en ambos supuestos, no estén clasificadas como armas de guerra.
3ª.2. Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.[/color]
Están prohibidas tan SOLO las armas SEMIAUTOMÁTICAS, de esas dos categorías, en las que se pueda ELIMINAR la culata o cuya culata sea PLEGABLE.
PLEGABLE NO ES TELESCÓPICA, ni EXTENSIBLE, plegable es aquella culata que se pliega sobre el armazón del arma, desapareciendo total o parcialmente, dejando el arma en menos de 60 cm. y digo esto último de los 60 cm., porque si un arma larga no los mide, hoy por hoy, deja de ser larga.
EL M4 CON CULATA EXTENSIBLE o TELESCÓPICA, no plegable, Mide más de 60 cm. con la culata más acortada, ya que sólo de cañón ya ha de tener 30 cm. mínimo y ES LEGAL, por tanto.
Estarán permitidas por tanto TODAS las ARMAS DE REPETICIÓN, de cualquiera de esas categorías.
Los PISTOLETES están permitidos.[/quote]
Buenos días:
Bien dicho, compañero (se puede decir más alto, pero no más claro): las escopetas de corredera no tienen prohibición alguna, ni en cuento a capacidad de su cargador (sea integrado en el arma, sea extraíble), ni en la posibilidad de llevar una culata fija, telescópica (o extensible), plegable, o incluso sólo una empuñadura de pistolet.
Ya tenemos bastantes prohibiciones para que nos metan más.
De hecho -y como creo que un buen ejemplo valen más que mil palabras- os diré que, sin ir más lejos, a finales de este pasado mes de enero -esto es, hace menos de tres semanas- tuve que pasar la revista de armas para que me renovasen mi licencia de armas. Pues bien, soy propietario de una escopeta de corredera STINGER TÁCTICAL DEFENDER con cañón de 47 cms.; y, cuando en su día la adquirí, me venía con ambas culatas (la plegable, con pistolet; y la rígida (de una única pieza). En fin, para no darle más vueltas, os diré que, si bien la tenía montada con la culata plegable, retirándole un tornillo le había quitado la parte plegable y la tenía sólo con el pistolet......y no me pusieron pega alguna para pasar la revista de armas. Y ojo, que en la Intervención de Armas de Ourense son muy quisquillosos con el tema de las armas (he visto personalmente -cuando fui, este agosto pasado, a hacer la transferencia de mi revolver UBERTI CATTLEMAN 1873, cuando se lo vendí a otro compañero del foro- un caso de una escopeta paralela que, adquirida de segunda mano, en el momento de ir a hacer la transferencia del vendedor al comprador, se quedaba allí depositada porque consideraban -diré que acertadamente- que los cañones habían sido recortados -el vendedor lo negaba, pero los datos del arma no mentían, ni en lo que a longitud de la misma se refería, ni, sobre todo, en lo que a peso de los cañones se refería- sin haber pasado posteriormente por el BOPE; con el consiguiente chasco para ambos interesados; y tan "buen rollito" que se gastaron los Guardias de la Intervención de Armas, que le dijeron a su propietario que era mejor que hiciese una acta de depósito y entrega para destrucción, en lugar de tener que dar explicaciones por tamaña ilegalidad).
Un saludo a todos y todas.
Atte.,
JOSÉ MANUEL LÓPEZ LORENZO.