Chinchu escribió:¡Dios bendito!
¿Pero es que no podemos ser capaces de leer textualmente el Reglamento de Armas?
Como muy bien ha puesto algún forero:
a) Las armas semiautomáticas de las categorías 2..2 y 3..2, cuya capacidad de carga sea superior a cinco cartuchos, incluido el alojado en la recámara, o cuya culata sea plegable o eliminable.
2ª.2. Armas de fuego largas rayadas: Se comprenden aquellas armas utilizables para caza mayor. También comprende los cañones estriados adaptables a escopetas de caza, con recámara para cartuchos metálicos, siempre que, en ambos supuestos, no estén clasificadas como armas de guerra.
3ª.2. Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.
Están prohibidas tan SOLO las armas SEMIAUTOMÁTICAS, de esas dos categorías, en las que se pueda ELIMINAR la culata o cuya culata sea PLEGABLE.
PLEGABLE NO ES TELESCÓPICA, ni EXTENSIBLE, plegable es aquella culata que se pliega sobre el armazón del arma, desapareciendo total o parcialmente, dejando el arma en menos de 60 cm. y digo esto último de los 60 cm., porque si un arma larga no los mide, hoy por hoy, deja de ser larga.
EL M4 CON CULATA EXTENSIBLE o TELESCÓPICA, no plegable, Mide más de 60 cm. con la culata más acortada, ya que sólo de cañón ya ha de tener 30 cm. mínimo y ES LEGAL, por tanto.
Estarán permitidas por tanto TODAS las ARMAS DE REPETICIÓN, de cualquiera de esas categorías.
Los PISTOLETES están permitidos.
Gracias por la aclaracion, es que me parecia raro, por eso os lo he preguntado, la cosa es que aunque no creo que lo hayan dicho con mala fe, ya que los conozco, quizas sea mas ignorancia que otra cosa(para ignorante yo jejejeje)
Lo dicho, gracias