¿Me pueden condenar por esto?

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roger24
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¿Me pueden condenar por esto?

Mensajepor roger24 » 18 Dic 2009 17:48

Yo quisera hacer un pregunta, que es la siguiente..

Aun no teniendo la liciencia F pero sí inscrito en el club de tiro, si te pillan trasportando solo la corredera de un arma corta, y su mecanismo cañon, aguja etc, con la documentacion en regla, la arma guiada por otro miembro del club que si que tiene la F, y una autorizacion del dueño del arma, autorizandome el trasporte de dicha pieza, con todo legal, yo que no tengo licencia f, me pueden acusar de tenencia ilicita de armas?
Solo estas trasportando la mitad del arma, la otra parte pistolete, gatillo etc, no la tienes estan guardadas en el club.

Se puede considerar como delito?
como falta?
que puede suceder?

Muchas gracias, y un saludo.

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Re: ¿Me pueden condenar por esto?

Mensajepor marchoso » 18 Dic 2009 21:43

Buenas tardes compañero, desde mi punto de vista y esto solo depende del Agente instructor de la diliencia:
Solo Procederia, la intervencion de las piezas fundamentales que describes, identificar al titular de las piezas y solicitarle que pase a recogerlas en la intervencion de Armas correspondiente:
una vez alli se le puede acusar de abandono de arma,pues esta obliado a custodiar en todo momento el arma desde que sale del armero de su domicilio, con su posterior revocacion de licencia, pues desde el punto de vista juridico a podido incurrir en una falta muy grave al dejar las piezas fundamentales de su arma a una persona sin licencia.
¿has pensado que pasaria si por casualidad pierdes las piezas y la encuentra un chorizo que utiliza esas piezas, en un arma inutilizada cambiandole el cañon x decir algo y comete un crimen o un atraco?
quien seria responsable tu x perderlas o tu amio x prestartelas?
es solo un ejemplo.
un saludo.

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Re: ¿Me pueden condenar por esto?

Mensajepor skiner » 19 Dic 2009 01:28

Sí, legalmente son partes fundamentales de un arma y tenerlas o portarlas (y en ese momento las tiene y porta) requiere licencia asi que le detendran y decidira el de negro, al amigo lo mismo. Y si el juez absuelve habrá una infracción administrativa que será bien gorda. Aparte de que en cualquiera de los dos casos a uno le retiraran la licencia de armas y el otro puede olvidarse de que se la concedan.

Saludos.

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Re: ¿Me pueden condenar por esto?

Mensajepor roger24 » 19 Dic 2009 02:07

ok, pero la historia está, en que yo no me puedo sacar la licencia f demomento, y lo que queremos hacer mi compañero de piso y yo.. es dejar una parte del arma en casa, y la otra en el club de tiro.. Para que así cuando yo vaya al club de tiro, solo porte una parte del arma, y luego la monto alli y la utilizo.
La cuestion es que demomento hasta que pueda sacarme la f pueda yo portar una parte del arma de casa al club i viceversa.. Corriendo el minimo riesgo legal..
No queremos dejar toda el arma en el club, por si desaparece.. quizas seria mejor llevarse el cañon y aguja percutora, y dejar el arma alli, guardada en la taquilla..
Nose, creo yo.. que llevar 3 piezas de un arma, no es tener un arma insitu.. no se puede hacer nada con ellas solas..
Gracias por las contestaciones, a ver si me podeis aclarar esto que he puesto aqui.. Muchas gracias, y saludos!

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Re: ¿Me pueden condenar por esto?

Mensajepor skiner » 19 Dic 2009 02:27

Empezemos paso a paso.

1º El arma o sus piezas no se pueden dejar en la taquilla del club, de dejarse en el club han de dejarse en la caja fuerte de este (la G.C. revisa a veces las taquillas por si la gente deja armas o municiones en estas). Y el encargado nunca le entregará el arma, solo se la entregará a su amigo que por algo es el titular y tiene la licencia, a usted no se la puede entregar por no ser su arma y sobretodo no poseer licencia de armas.

2º Como este disparando con un arma en la galeria y aparezca la G.C. (cada cierto tiempo hacen inspección) como no este el titular del arma PAQUETE (y gordo) ya que no le libra ni una autorización de prestamo, ya que no se la puede prestar por carecer de licencia.

3º Si quiere disparar con el arma de su amigo tiene que ir con él al campo de tiro y usarla en su presencia (no le van a poner problemas por eso)

4º Si quiere disparar sin depender de su amigo pues o sacarse la licencia o buscarse más amigos con armas :wink:

Saludos

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Re: ¿Me pueden condenar por esto?

Mensajepor marchoso » 19 Dic 2009 03:48

Buenas de nuevo,en relacion a su pregunta solo de puedo decir que ninguna de las cuestiones que plantea es legar.
en primer lugar olvidese de que su amigo le preste el cañon ni ninguna pieza de su arma.
le explicare algo,para que una persona sin licencia tipo F pueda ver si le gusta el tiro deportivo como veo que es su caso, le dire que eso ya esta regulado.
1º se hace socio de un club de tiro,el club de tiro dispone de armas para la practica del mismo.
ahora bien incluso para que ud pueda practicar, tendria que estar supervisado x un juez-arbitro en todo momento pues ud no dispone de licencia de armas y la licencia se concede para su uso y disfrute.
asi para que ud lo entienda, hasta lo de decirle a su amigo prestemela en el club para ver si me usta es delito para ambos.
en 2º lugar dejeme recomendarle un libro que seguro le sera de mucha ayuda a ud y a su amigo "Tenencia Ilicita de Armas" de Mª Jose Cruz Blanca habla de muchas sentencias relacionadas con las armas,reglamento ectra.
un saludo y olvidase de esas cosas,yo he visto muchas y los efectos pueden llegar a aruinar su vida personal y la de su familia si esta casado pues en un momento dado tener antecedentes policiales o penales no es agradable para nadie.

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Re: ¿Me pueden condenar por esto?

Mensajepor Oscar1975 » 19 Dic 2009 10:44

Mìnimo una infracción administrativa, así que eso supone antecedentes policiales, encima la infracción en materia de armas, y así leete el artículo 146.2 del R.A:

Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.

Así que lo más seguro es que cuando fueses a solicitar la licencia de armas F se te denegara precisamente por esa infracción y en el caso de que al titular de la pistola le impusiesen una sanción por los mismos hechos, pues le revocarían su licencia F. No merece la pena ¿verdad?

Oscar.

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Re: ¿Me pueden condenar por esto?

Mensajepor pablo1984 » 19 Dic 2009 23:59

Me parece a mí que todo es algo mas que un supuesto :roll: :roll:
Los españoles son el único pueblo mediterráneo verdaderamente valiente e inmediatamente organizarí­an guerrillas en nuestra retaguardia. No se puede entrar en España sin permiso de los españoles.

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Re: ¿Me pueden condenar por esto?

Mensajepor marchoso » 20 Dic 2009 18:57

sea supuesto o no, creo que lo mejor que tiene los foros de buena voluntad es que se puede ayudar a algunas personas sin arbitrariedad.
Que ganamos nosotros con decir te van a condenar,te van a hacer esto o lo otro si al final quien decide esto siempre es un juez o en su caso el subdeleado de gobierno quien tiene la ultima palabra.
un saludo


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