
que carabina puedo usar en un piso
- soldier111
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Re: que carabina puedo usar en un piso
si señor 666 le tengo una mania al canario de mi vecino que a las 6 de la mañana se pone a cantar el muy desgraciao un dia cojo mi carabina y le cierro el pico a l jodido canario un saludo. 

- JORGEMAGNUM
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Re: que carabina puedo usar en un piso
al lado de mi casa hay un gallo que me despierta a las 6 de la mañana y ese si que jode jejeje, lo jodido que lleva chaleco antibalas el cabron del gallo, probare con el .375 H&H





Re: que carabina puedo usar en un piso
como me ha quedado claro que no puedo disparar dentro de mi casa porque la ley lo prohibe, entonces hablare desde una hipotesis.
yo en mi casa tengo las paredes del pasillo forradas de corcho, con lo que los ruidos no son problema.
en el hipotetico caso de que quisiera comprarme una carabina para disparar en casa (no lo voy a hacer porque esta prohibido) con una gamo 400 seria bastante.
el problema es que hipoteticamente no me gusta la madera porque si hipoteticamente le diera un golpe disparando en casa (no lo voy a hacer porque esta proibido), la madera se joderia. por eso me gustan mas las de plastico.
y por supuesto nada de disparar a vecinos, gatos, palomas, jarrones chinos de la dinastia ming, b-52, f-18, al repartidor de helados, al cartero, al madero, al de mas alla.
una pregunta sin hipotesis.
que ley pone que no se puede disparar dentro de casa??? (en el caso hipotetico de que se haga)
alguine me pone el enlace o el texto? no es que desconfie pero asi ya lo se yo si alguien mas lo pregunta.

yo en mi casa tengo las paredes del pasillo forradas de corcho, con lo que los ruidos no son problema.
en el hipotetico caso de que quisiera comprarme una carabina para disparar en casa (no lo voy a hacer porque esta prohibido) con una gamo 400 seria bastante.
el problema es que hipoteticamente no me gusta la madera porque si hipoteticamente le diera un golpe disparando en casa (no lo voy a hacer porque esta proibido), la madera se joderia. por eso me gustan mas las de plastico.
y por supuesto nada de disparar a vecinos, gatos, palomas, jarrones chinos de la dinastia ming, b-52, f-18, al repartidor de helados, al cartero, al madero, al de mas alla.
una pregunta sin hipotesis.
que ley pone que no se puede disparar dentro de casa??? (en el caso hipotetico de que se haga)
alguine me pone el enlace o el texto? no es que desconfie pero asi ya lo se yo si alguien mas lo pregunta.

-HOMER: "...ahora con internet los niños se te educan solos..."
- JORGEMAGNUM
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Re: que carabina puedo usar en un piso
https://www.administracionpublica.com/in ... f=1&id=137
Aqui tienes un PDF con la normativa sobre armas de AC de todas formas haber si te sirve de ayuda este texto:
Artículo 149. Real Decreto 137/1993
1. Solamente se podrán llevar armas reglamentadas por las vías y lugares públicos urbanos, y desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente están guardadas o depositadas hasta los lugares donde se realicen las actividades de utilización debidamente autorizadas.
2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
3. Salvo las actuaciones propias de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las actividades cinegéticas, que se regirán por sus legislaciones especiales, la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3.3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Delegado o Subdelegado del Gobierno de la provincia en que tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.
4. Previo informe del Alcalde del municipio y de la unidad correspondiente de la Guardia Civil, el Delegado o Subdelegado del Gobierno podrá prohibir tales actividades o autorizarlas disponiendo la adopción de las medidas de seguridad y comodidad complementarias que estime pertinentes.
5. Los Alcaldes podrán autorizar, con los condicionamientos pertinentes para garantizar la seguridad, la apertura y funcionamiento de espacios en los que se pueda hacer uso de armas de aire comprimido de la categoría 4.
Saludos.
Aqui tienes un PDF con la normativa sobre armas de AC de todas formas haber si te sirve de ayuda este texto:
Artículo 149. Real Decreto 137/1993
1. Solamente se podrán llevar armas reglamentadas por las vías y lugares públicos urbanos, y desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente están guardadas o depositadas hasta los lugares donde se realicen las actividades de utilización debidamente autorizadas.
2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
3. Salvo las actuaciones propias de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las actividades cinegéticas, que se regirán por sus legislaciones especiales, la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3.3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Delegado o Subdelegado del Gobierno de la provincia en que tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.
4. Previo informe del Alcalde del municipio y de la unidad correspondiente de la Guardia Civil, el Delegado o Subdelegado del Gobierno podrá prohibir tales actividades o autorizarlas disponiendo la adopción de las medidas de seguridad y comodidad complementarias que estime pertinentes.
5. Los Alcaldes podrán autorizar, con los condicionamientos pertinentes para garantizar la seguridad, la apertura y funcionamiento de espacios en los que se pueda hacer uso de armas de aire comprimido de la categoría 4.
Saludos.
Re: que carabina puedo usar en un piso
Es que si te pillas una de alta potencia, ya no es por los vecinos, es que te molestará a ti el pepinazo al ser un sitio cerrado, incluso abierto. Yo tube una y en la galería me ponía tapones en los oídos porque me molestaba, cosa que no hacía con las de fuego del 22. Con la gamo 400 tienes de sobra. Cada uno en su casa y Dios en la de todos.
Re: que carabina puedo usar en un piso
JORGEMAGNUM escribió:https://www.administracionpublica.com/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=137
Aqui tienes un PDF con la normativa sobre armas de AC de todas formas haber si te sirve de ayuda este texto:
Artículo 149. Real Decreto 137/1993
1. Solamente se podrán llevar armas reglamentadas por las vías y lugares públicos urbanos, y desmontadas o dentro de sus cajas o fundas, durante el trayecto desde los lugares en que habitualmente están guardadas o depositadas hasta los lugares donde se realicen las actividades de utilización debidamente autorizadas.
2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
3. Salvo las actuaciones propias de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las actividades cinegéticas, que se regirán por sus legislaciones especiales, la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3.3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Delegado o Subdelegado del Gobierno de la provincia en que tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.
4. Previo informe del Alcalde del municipio y de la unidad correspondiente de la Guardia Civil, el Delegado o Subdelegado del Gobierno podrá prohibir tales actividades o autorizarlas disponiendo la adopción de las medidas de seguridad y comodidad complementarias que estime pertinentes.
5. Los Alcaldes podrán autorizar, con los condicionamientos pertinentes para garantizar la seguridad, la apertura y funcionamiento de espacios en los que se pueda hacer uso de armas de aire comprimido de la categoría 4.
Saludos.
gracias por la info, ya me queda claro.
pero acabo de ver este tema y parece que no pasa nada
viewtopic.php?f=91&t=643857

-HOMER: "...ahora con internet los niños se te educan solos..."
- Senik
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Re: que carabina puedo usar en un piso
mira, te hablo yo que me las he tenido que ver i hablar bastantes veces con los "de verde" i no precisamente por armas, tu disparas dentro de tu casa lo que te de la gana, (en el hipotetico caso de que se hiciera) y un vecino te oye i llama a los de verde (que ya tendria que ser cabron el vecino) ningun verde puede pasar del marco de la puerta sin un consentimiento del titular ni una orden ( si si , como en las peliculas) asi que si alguien pregunta, estas clavando un clavo
, lo digo porque en el bajo que tenemos los amigos, es un corral de pueblo i ya van 6 las veces que ha llamado la civil a la puerta i ninguna ha pasado del marco... un dia vendran con el papelito i que dios nos pille confesaos xD....

Re: que carabina puedo usar en un piso
senik escribió:mira, te hablo yo que me las he tenido que ver i hablar bastantes veces con los "de verde" i no precisamente por armas, tu disparas dentro de tu casa lo que te de la gana, (en el hipotetico caso de que se hiciera) y un vecino te oye i llama a los de verde (que ya tendria que ser cabron el vecino) ningun verde puede pasar del marco de la puerta sin un consentimiento del titular ni una orden ( si si , como en las peliculas) asi que si alguien pregunta, estas clavando un clavo, lo digo porque en el bajo que tenemos los amigos, es un corral de pueblo i ya van 6 las veces que ha llamado la civil a la puerta i ninguna ha pasado del marco... un dia vendran con el papelito i que dios nos pille confesaos xD....
ya me parecia a mi que no pasaba nada. quien se va a enterar?
tambien tengo las paredes del pasillo forradas de corcho y por eso se oiria menos.
ademas donde vivo no hay gurdia civil, hay policia.
-HOMER: "...ahora con internet los niños se te educan solos..."
Re: que carabina puedo usar en un piso
Barret m82a1 o .577 T-rex. 

Re: que carabina puedo usar en un piso
Yo es que me descojono, hay que joderse la de tonterías que hay que leer por culpa de un reglamento de armas más estúpido que el legislador que le dio vida. En fin, esto es España.
Re: que carabina puedo usar en un piso
kator escribió:Yo es que me descojono, hay que joderse la de tonterías que hay que leer por culpa de un reglamento de armas más estúpido que el legislador que le dio vida. En fin, esto es España.
amen
Re: que carabina puedo usar en un piso
kator escribió:Yo es que me descojono, hay que joderse la de tonterías que hay que leer por culpa de un reglamento de armas más estúpido que el legislador que le dio vida. En fin, esto es España.



Kator for President.
NO ME GUSTAN LAS PALOMAS.
Re: que carabina puedo usar en un piso
kator escribió:Yo es que me descojono, hay que joderse la de tonterías que hay que leer por culpa de un reglamento de armas más estúpido que el legislador que le dio vida. En fin, esto es España.



Kator for President.
NO ME GUSTAN LAS PALOMAS.
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Re: que carabina puedo usar en un piso
kator escribió:Yo es que me descojono, hay que joderse la de tonterías que hay que leer por culpa de un reglamento de armas más estúpido que el legislador que le dio vida. En fin, esto es España.
Amen +1
Yo "tampoco" disparo en el pasillo de casa porque está prohibido, pero si lo hubiese hecho alguna vez, lo habría hecho con (por ejemplo) una vieja Norica mod. 56, una pistola Gamo compact, un revolver CO2 Umarex mod. Smith & Wesson 686 de 6", una Gamo CFX o con un monton de cacharros de airsoft de muelle, eléctricos y de gas. A fin de cuentas son (algunas de) las armas que poseo.
Un Saludo.
- soldier111
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Re: que carabina puedo usar en un piso
yo dispare mi gamo delta max en la puerta de madera de mi casa y la atraveso toda la puerta fue increible un saludo. 

Re: que carabina puedo usar en un piso
en un piso(no se debe) lo mejor es una carabina de baja potencia tipo gamo delta o shadow 640 son carabinas que no tienen mucha potencia y no hacen mucho ruido pero que funcional muy bien
- javierulo2002
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Re: que carabina puedo usar en un piso
Je je, a mi se me disparó accidentalmente mi vieja Gamo expo2000 en el salón de casa (hace 18 años!!!), hice un agujero en el techo que tapé con aguaplas y disimule, me quedó de pu.. madre (no se enteró nadie), siempre que visito a mis viejos miro al techo dónde sólo yo sé dónde está.
Bueno, recomendando un cacharro, una crosman de co2 tipo revolver, tendrias que pillarte tambien un silenciador, el modelo en concreto es la 1077, muy divertida y recomendable. Te paso un link de La web de sermasports dónde la venden, tambien puedes comprarla de segunda mano, yo en el foro compré una hace poco de segunda mano, impresionante.
https://www.sermasports.com/PRODUCTOS/ca ... rosman.htm
Suerte

Bueno, recomendando un cacharro, una crosman de co2 tipo revolver, tendrias que pillarte tambien un silenciador, el modelo en concreto es la 1077, muy divertida y recomendable. Te paso un link de La web de sermasports dónde la venden, tambien puedes comprarla de segunda mano, yo en el foro compré una hace poco de segunda mano, impresionante.
https://www.sermasports.com/PRODUCTOS/ca ... rosman.htm
Suerte

Carabinas: Gamo Expo2000 4,5(vendida),Crosman 2260 5,5
crosman 1077W (de mi nena)
Pistola: Gamo Pr15
Una buena página para los que gusten del kalashnikov:
http://www.izhmash.ru/eng/
crosman 1077W (de mi nena)
Pistola: Gamo Pr15
Una buena página para los que gusten del kalashnikov:
http://www.izhmash.ru/eng/
- soldier111
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Re: que carabina puedo usar en un piso
alexis8 escribió:en un piso(no se debe) lo mejor es una carabina de baja potencia tipo gamo delta o shadow 640 son carabinas que no tienen mucha potencia y no hacen mucho ruido pero que funcional muy bien
si ya lo se y ya no he vuelto a disparar ahora me voy los fines de semana al campo a pegar tiros a latas de coca cola a diferntes distancias se pasa el fin de semana volando cuando uno disfruta con lo que hace un saludo.

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