pliego de desvargo

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ontaneda
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pliego de desvargo

Mensajepor ontaneda » 29 May 2009 09:35

necesito un pliego de descargo por tener en la guantera del vehiculo una navaja de nueve centimetros

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RE: pliego de desvargo

Mensajepor kurro_jimenez » 29 May 2009 09:37

bienvenido al foro amigo, pues abra q esperar q venga algun entendido

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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 29 May 2009 18:55

Poco o muy poco puedes hacer como el agente o los agentes denunciantes se ratifiquen en la denuncia. Te lo digo por experinciaa, como denunciante ojo.

Un saludo,

Oscar.
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor rframa » 29 May 2009 22:28

¿no se puede llevar una navaja de 9cms.?

Yo creía que estaban prohibidas las que hacen 11 cms. o más.
... y el séptimo dí­a descansó.

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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 30 May 2009 07:55

[citando a: rframa]
¿no se puede llevar una navaja de 9cms.?

Yo creía que estaban prohibidas las que hacen 11 cms. o más.



Según en que lugares y que circunstancias, te pueden denunciar a la ley orgánica 1/92 en corcordancia con el R.A y si solicitas la licencia esta denuncia será tenida en cuenta a la hora de resolver la solicitud, muy probablemente denengándo la licencia.

Oscar.
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor rframa » 30 May 2009 10:13

Vamos a ver....

Un arma en una guantera que no incumple una normativa especifica (RA) no puede ser considerada como falta.

Otra cosa es que esa arma se exhiba, por ejemplo en una discoteca o campo de futbol.

Así me pueden denunciar poir llevar un boligrafo BIC ya que si se lo clavo a un tipo en el cuello, lo mato.

Las armas peligrosas son las que están definidas como tales y no quedan al libre albedrío del agente de turno.

Eso sería como decir que una escopeta es legal o no en función del criterio del agente que la está mirando.
... y el séptimo dí­a descansó.

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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 30 May 2009 11:13

En una ocasión, de vuelta de un servicio por una localidad ajena a la nuestra, pero en la que nos nombraron el mismo, vimos varios coches en una zona oscura y el compañero y yo procedimos a la identificación, el resultado fue que pudimos poner numerosas denuncias a la 1/92 por consumo de drogas tóxicas (porros) y además al proceder al registro del vehículo, en uno de ellos había una pequeña navaja (no prohibida) en una de las puertas (en el lugar donde se depositan objetos) y el titular del vehículo nos dijo que era para el almuerzo (cortar embutido etc...) cuando estaba en el trabajo. Pero claro, el critero del compañero y el mío, fue que al estar en la circunstancia de consumir drogas tóxicas, en un lugar bastante oscuro, fue que la navaja había sido utilizada para facilitar el consumo del hachis (cortando el mismo para liarse los porros) y se formuló la correspondiente denuncia y repito, la navaja era bastante pequeña, y no prohibida, pero como estaban en unas circunstancias ilegales, también se consideró la navaja como utensilio necesario para el consumo de la droga, y se denuncio como tal a la 1/92. Y no hubo ni pliego de descargos (pues supongo que ratificándonos en la denuncia y motivándo la misma) no le hubiesen retirado la sanción.

Un saludo,

Oscar.
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor rframa » 30 May 2009 11:46

Alucino :8:8:8:8:8:8:8

O sea, para qué tener leyes ni reglamentos si después te pueden denunciar por algo que no está prohibido.

Si es legal, es legal. Cuando el RA dice que no es ilegal y no distingue, no cabe distinción (1º de Derecho).

Otra cosa es que exhiba en un lugar concurrido, se amenace con la navaja, etc. Entonces lo que no está prohida es la navaja sino el uso que se hace de ella.

Oscar, no entiendo que se suponga por parte del agente que sirve para cortar el hachis y eso sea motivo para aplicar la L.O. 1/92 (que por cierto, debería ser derogada ya en su totalidad precisamente porque deja muchas cosas al criterio del agente y sin garantías)
... y el séptimo dí­a descansó.

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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 30 May 2009 11:49

[citando a: rframa]
Alucino :8:8:8:8:8:8:8

O sea, para qué tener leyes ni reglamentos si después te pueden denunciar por algo que no está prohibido.

Si es legal, es legal. Cuando el RA dice que no es ilegal y no distingue, no cabe distinción (1º de Derecho).


Rfrarma, no solo existe el R.A, hay otras muchas leyes que se pueden aplicar. Yo no lo denuncié por el R.A, sino por la ley de seguridad ciudadana y estaba bien denunciado.

Oscar.
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor rframa » 30 May 2009 11:59

Se ha cruzado mi post con el tuyo.

Reviso la L.O. y lomáximo que dice es "la exhibición de objetos peligrosos ....) Artº 26 g).

En cuanto a las armas solo habla cuanto no se posee la autorización precisa (Artº 23 a).

Y además, queda muy al criterio del agente.

Repito, esa Ley es la consecuencia de no haber querido anularla toda y, en muchos más aspectos de los que anuló el TC, para mí, es incostitucional.

Lo de los registros someros es una burda patraña ya que a mi suegro (86 años y con la mente de esa edad), le han registrado e identificado ya en dos ocasiones, y en otra le han pedido la documentación.

Los mossos cuando están de servicio de barrio, se dedicaban a pedir la documentación e identificar a todo bicho viviente. Parece que lo han corregido y pasan algo más.

Y los excesos son sólo eso, excesos. Nadie quiere perder el tiempo denunciando a agentes......., pero yo estoy jubilado y me sobra tiempo.
... y el séptimo dí­a descansó.

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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 30 May 2009 12:04

Ya te digo que hay que tener en cuenta las circunstancias, a las tantas de la madrugada, un montón de coches en una explanada, todo tíos y tal, pues "olía" y tras identificarlos pues les encontramos algunas cosillas (bueno droga) y también la navaja. El sentido que se le dio a la denuncia fue el correcto y si, la Ley Org 1/92 deja un poco a criterio del agente el aplicarla, pero no es algo inconstitucional. El Delegado de Gobierno no "echo para atrás" la denuncia y nadie la recurrió por lo que no considero que yo hiciese nada ilegal.

Un saludo,

Oscar.
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor rframa » 30 May 2009 17:02

[citando a: Oscar1975]
Ya te digo que hay que tener en cuenta las circunstancias, a las tantas de la madrugada, un montón de coches en una explanada, todo tíos y tal, pues "olía" y tras identificarlos pues les encontramos algunas cosillas (bueno droga) y también la navaja. El sentido que se le dio a la denuncia fue el correcto y si, la Ley Org 1/92 deja un poco a criterio del agente el aplicarla, pero no es algo inconstitucional. El Delegado de Gobierno no "echo para atrás" la denuncia y nadie la recurrió por lo que no considero que yo hiciese nada ilegal.

Un saludo,



Oscar.




O sea, ya que nadie la recurrió, es correcta.

Es el agente el que debe interpretar la Ley antes que el Juez.
En cuanto a la droga, ya sabes que el CP define unas cantidades que se consideran de autoconsumo y que por tanto no son delito. Con el mismo criterio les podíais haber requisado el vehículo ya que se podía cometer un delito con él (Iban drogados, es un objeto peligroso en algunas circunstancias, etc.)

Estoy de acuerdo que posiblemente los interfectos eran de lo "mejorcito" del barrio pero de eso a denunciarlos por llevar un cortauñas o un corta bocadillos de almuerzo, pues eso ......

Oscar, te tengo mucho respeto por los post que leo tuyos pero la Ley Corcuera no es una carta en blanco o un cajon de sastre para meter todo lo que se quiera en ella.

El que no se recurra una decisión no quiere decir que se ajuste a la Ley. Muchas veces no se hace porque no vale la pena meterse en problemas y otrom por ignorancia. También hay quien tiene más que perder que ganar.

Hay por ahí un forero que su firma dice algo así como "no estoy de acuerdo contigo pero daré mi vida por tu derecho a decirlo". Yo también pienso igual.
... y el séptimo dí­a descansó.

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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 30 May 2009 17:13

A ver, a ver, yo no le imputé de ningún delito, solamente le denuncié, fue una denuncia administrativa, no nos pasemos. Y si llega a recurrir, como en otras ocasiones han hecho (esta vez no lo hicieron pero si que he contestado pliegos), yo me ratifico en la denuncia y ya está. La mayoría de los pliegos los hacen abogados que contratan los interesados y ni siquiera ellos son capaces de rebatir la denuncia, por lo que si no estuviese ajustada a derecho ¿verdad que les estimarían el recurso y quitarían la razón a los agentes?. Otras veces les he quitado navajas a chavales que iban de discotecas o salían de ella, navajas no prohibidas y ni siquieran portaban drogas o estupefacientes, pero es que en una discoteca no puedes llevar una navaja y punto, y yo interpreto así la ley pues puede considerarse que no es un lugar adecuado para portar una navaja. Sin embargo, no se me ocurre denunciar a esa misma persona, si veo que lleva la navaja, está en el "tajo" y comiéndose un bocata. Vamos, que no sé si me entiendes. El agente explica la situación y eso da fuerza a la denuncia. Y diferenciemos delito o falta penal de infracción administrativa que no tiene absolutamente nada que ver. Unos generan antecedente policiales y otros penales, que denotan mayor gravedad.

Un saludo,

Oscar.
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 30 May 2009 17:19

Ley Orgánica 1/92:

Artículo 25.

1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.



Artículo 146.

1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas [b]y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda,
así como en general armas de las categorías 5, 6 y 7. [url]Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia[/url] en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad.

2. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.[/b]
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 30 May 2009 17:24

Como puedes observar, el artículo 146 del Reglamento de Armas prohibe portar armas blancas fuera del domicilio, lugar de trabajo etc...las armas blancas de hoja puntiaguda (¿¿¿tiene o no tiene hoja puntiaguda una navaja????), pudiendo el agente valorar si esa persona tiene o no necesidad de llevar el arma en ese momento y lugar.

Un chaval a las 3 de la madrugada que está fumando porros ¿tiene necesidad de llevar una navaja en el coche?NOOOOOO. ¿Es denunciable? Perfectamente y es totalmente legal, lo mismo pasa con el chaval que salía de la discoteca y se le hizo un registro superficial porque en la zona se estaban produciendo robos y venta de estupefacientes. ¿Tenía necesidad de llevar la navaja en la discoteca? NOOOOOO. ¿Es denunciable ese hecho? SIIIIII. Y aunque hubiesen recurrido la denuncia, lo más probable es que ese recurso no sirviese de nada, pues los agentes se ratifican y la denuncia está bien puesta. Como ves el Reglamento de Armas si que prohibe lo que se denuncia.

Un saludo,

Oscar.
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor rframa » 30 May 2009 17:26

Oscar:

No quiero polemizar más. Recuerda que la Ley Corcuera fue, en su momento, fuerntes de polemicas. No todo lo que sale en el BOE es constitucional, aunque algunos políticos anteriores lo considerasen así.

"Quedan al prudente criterio ....". Bajo ese punto de vista, cualquier criterio puede llevar a una cosa u otra. Los criterios son como los colores o los anos (cada uno tiene el suyo).

Quizás el "perla" se lo mereciese pero que, a mi juicio no es correcto, dalo por seguro.

Un abrazo y a ver si nos conocemos para tomar unas cañas. Estoy en Barcelona
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 30 May 2009 17:26

Doy por zanjado el tema, pues creo que actué correctamente y respaldado por la normativa vigente. Punto y final.;)

Oscar.
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RE: pliego de desvargo

Mensajepor Oscar1975 » 30 May 2009 17:30

[citando a: rframa]
Oscar:

No quiero polemizar más. Recuerda que la Ley Corcuera fue, en su momento, fuerntes de polemicas. No todo lo que sale en el BOE es constitucional, aunque algunos políticos anteriores lo considerasen así.

"Quedan al prudente criterio ....". Bajo ese punto de vista, cualquier criterio puede llevar a una cosa u otra. Los criterios son como los colores o los anos (cada uno tiene el suyo).

Quizás el "perla" se lo mereciese pero que, a mi juicio no es correcto, dalo por seguro.

Un abrazo y a ver si nos conocemos para tomar unas cañas. Estoy en Barcelona


Si, si puedes estar de acuerdo o no con la Ley, pero es totalmente vigente y se puede denunciar mediante esa ley tranquilamente. Además modificaron la ley y algunos artículos los quitaron por resultar inconstitucionales, por ejemplo el de "la patada en la puerta" que es la que más polémica causó. Por lo que los artículos que subsisten son plenamente aplicables.

Por otro lado, ¿quién sino va a valorar la necesidad o no de llevar un arma-blanca o corta-según el momento, la hora etc....? Pues el agente que está "in situ". En fin, esto es lo bonito de debatir, que hay distintas opiniones y cada cual defiende la suya siempre con respeto hacia el otro. Te tomo la palabra de los de las cañejas, aunque yo suelo viajar poco.

Un saludo,

Oscar.
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