[citando a: ChusMa]
Según el Reglamento: "4. Con la licencia D se podrá adquirir un arma de la categoría 2.2."
Y sigue:"La adquisición de cada una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento". (Oscar ha puesto esto en el hilo)
Entonces,
RHACAZADOR, y copper, ¿habéis pedido esa autorización especial? O las dan saltándose esta parte a la torera en las I.A´s. Sl2
Cuatro rifles poseo en la actualidad, y no me han pedido nada.:8