urgente, multa y retirada carabinas
RE: urgente, multa y retirada carabinas
Estoy con Gebek, me alegro y que se joda (con perdón).
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RE: urgente, multa y retirada carabinas
pues que balla aflojando entre 500,600 e
RE: urgente, multa y retirada carabinas
No sé como la gente se puede alegrar de ésto..... no conocemos las circunstancias que rodean el hecho o la edad y madurez del infractor, deberíamos actuar con mesura y generosidad. Yo en su día también fui procesado y posteriormente absuelto (como debía ser) pero algunos me lapidaron incluso antes.
RE: urgente, multa y retirada carabinas
[citando a: Eusebio10]
Hablando del tema sabe alguno cuanto le va a caer a bermejo por cazar en Andalucia sin licencia ?
:8 Creo que la Junta de Andalucía le pedía unos 4000€
Casi seguro que soy el peor tirador del foro pero.... siempre es bueno destacar en algo!!!
RE: urgente, multa y retirada carabinas
[citando a: acmes]
No sé como la gente se puede alegrar de ésto..... no conocemos las circunstancias que rodean el hecho o la edad y madurez del infractor, deberíamos actuar con mesura y generosidad. Yo en su día también fui procesado y posteriormente absuelto (como debía ser) pero algunos me lapidaron incluso antes.
Las circunstancias son independientes del hecho y cuando compras una carabina de aire comprimido debes de tener en cuenta que es un arma no un juguete y como arma que es , debes conocer las leyes que son aplicables a ellas.
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- adrian-hunter
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RE: urgente, multa y retirada carabinas
aqui por un "mirlo" pajaro de color negro con pico naranja te multan unos 300 o 3000 euros
RE: urgente, multa y retirada carabinas
¿Tú crees que con 16 años se puede ser consciente en conocer las leyes?.
Afortunadamente muchos de los que escriben en los foros no son jueces, si no, que nos pillara Dios confesados. Y no hablo más del tema que me caliento.
Afortunadamente muchos de los que escriben en los foros no son jueces, si no, que nos pillara Dios confesados. Y no hablo más del tema que me caliento.
- adrian-hunter
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RE: urgente, multa y retirada carabinas
¿que va para mi? lo de los 16 años¿?
RE: urgente, multa y retirada carabinas
Que no ¡Coño! es un supuesto.
RE: urgente, multa y retirada carabinas
[citando a: acmes]
¿Tú crees que con 16 años se puede ser consciente en conocer las leyes?.
Afortunadamente muchos de los que escriben en los foros no son jueces, si no, que nos pillara Dios confesados. Y no hablo más del tema que me caliento.
yo me imagino q no, pero tiene q ser consciente de lo q hace, te pongo un ejemplo.
un chico de 16 tiene q saber las leyes y normas de trafico??NO, pq no conduce ningun coche (me refiero a coche, no a moto), pero en cambio si este mismo chico, juega a futbol, a q tiene qq saber q si toca el balon con la mano es falta?SI, pues lo mismo pasa con cazar con aire. si uno caza con aire tiene q saber q esta prohibido
RE: urgente, multa y retirada carabinas
[citando a: acmes]
¿Tú crees que con 16 años se puede ser consciente en conocer las leyes?.
Afortunadamente muchos de los que escriben en los foros no son jueces, si no, que nos pillara Dios confesados. Y no hablo más del tema que me caliento.
Ya sabrás el consabido "..la ignorancia de las leyes no exime de su cumplimiento"
Quizá lo que habria que replantear es la compra de un arma libremente, por menores de 18 e instar a los armeros a que explicaran al comprador las leyes a las que está sometida esa arma.
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- Oscar1975
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RE: urgente, multa y retirada carabinas
Yo como agente de la autoridad tenga 14, 15 o 16 años le denuncio, con esa edad se sabe lo que está mal o bien, pues sino ¿por qué se esconden de la G.C?, así que la ley, los reglamentos están para cumplirlos, no es un delincuente, pero es un infractor y debe pagar como tal, él o sus tutores legales (sus padres). No es que me alegre, pero así irá aprendiendo que en el mundo uno no puede hacer lo que le viene en gana.
Oscar.
Oscar.
ESPERANDO LA BAJA DE ARMAS.ES
RE: urgente, multa y retirada carabinas
bueno, ante todo gracias por las respuestas, pero decir que lo de los 16 años os lo habeis sacado de la manga, y estais discutiendo a lo tonto
tener tiene 18, y sabia muy bien que lo que hacia era ilegal
la cosa esta en que todos estamos acostumbrados a "hacer" algo ilegal, sin pensar en las consecuencias, por ejemplo, quien no ha cruzado en rojo alguna vez? quien no ha ido por encima de los limites de velocidad alguna vez? y muchas cosas mas que estan prohibidas se incumplen casi a diario
pero el tema era que a cuanto podia ascender la multa, no que si hizo bien o no, o si era culpa suya o no jeje
gracias de todos modos, aunque al final no saque mucho en claro, solo que de fijo que mas de 100€ son jaja
tener tiene 18, y sabia muy bien que lo que hacia era ilegal
la cosa esta en que todos estamos acostumbrados a "hacer" algo ilegal, sin pensar en las consecuencias, por ejemplo, quien no ha cruzado en rojo alguna vez? quien no ha ido por encima de los limites de velocidad alguna vez? y muchas cosas mas que estan prohibidas se incumplen casi a diario
pero el tema era que a cuanto podia ascender la multa, no que si hizo bien o no, o si era culpa suya o no jeje
gracias de todos modos, aunque al final no saque mucho en claro, solo que de fijo que mas de 100€ son jaja
- Se ve mejor por una mira estrecha
RE: urgente, multa y retirada carabinas
:8 Pues cuando sepas el importe exacto de la receta nos lo cuentas.
Casi seguro que soy el peor tirador del foro pero.... siempre es bueno destacar en algo!!!
- adrian-hunter
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RE: urgente, multa y retirada carabinas
¿y como lo pillo? yo e visto a jente matando pajaros desde su zotea y la guardia cibil avajo y no ha pasado nada.
tambien no es lo mismo que este matando jilgueros a que este matando ratas, cuerbos, palomas ya que estos traen muchas vacterias y si tiene una sobrepoblacion ... creo que la multa depenera de lo que a matado...
tambien no es lo mismo que este matando jilgueros a que este matando ratas, cuerbos, palomas ya que estos traen muchas vacterias y si tiene una sobrepoblacion ... creo que la multa depenera de lo que a matado...
- adrian-hunter
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RE: urgente, multa y retirada carabinas
puede que lo haga por diversion y que luego se coma lo que caze.Eso hace tiempo era muy normal pero ahora....
- aquaesextae
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RE: urgente, multa y retirada carabinas
Si se busca en Google se pueden encontrar sentencias "orientativas" al respecto:
http://www.derecho.com/l/docm/resolucion-09-11-2007-secretaria-general-tecnica-ordena-publicacion-resolucion-fecha-2509-2007-consejeria-medio-ambiente-desarrollo-rural-impone-sancion-materia-caza-don-jose-maria-fernandez-fernandez/
Extraigo lo más interesante de la sentencia:
Antecedentes de hecho
Primero.- En fecha 5 de marzo 2007 se formuló denuncia contra D. José María Fernández Fernández por supuesta infracción a la legislación de Caza, motivada por:
"El día 5 de marzo de 2007 en el coto de caza denominado "Rubaldea", término municipal de Albacete (Albacete), la Guardia Civil de Aguas Nuevas observan como el denunciado estaba realizando el ejercicio de la caza desde un vehículo motor marca Ford modelo Transit, en época de veda y utilizando medios prohibidos para la caza (carabina de aire comprimido)".
Tercero.- Emitido informe de ratificación por los agentes denunciantes, el instructor del expediente emite, en fecha 23 de julio de 2007, propuesta de resolución en la que se declara que, los hechos probados, son respectivamente constitutivos de las infracciones previstas en los artículos 86.1.7 y 86.2.1 de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza, proponiendo una sanción de 3.606,09 euros y la retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante un plazo de cinco años.
Fundamentos de derecho.
Asimismo, el artículo 88 de la Ley infringida, ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza, prevé, en su apartado c) que, las infracciones tipificadas en la Ley como muy graves, serán sancionadas con multas de 3.005,07 a 60.101,21 euros, así como con retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla por un plazo comprendido entre cinco y diez años y suspensión de la actividad cinegética por un plazo entre cinco y diez años, y, en su letra b) que, las infracciones tipificadas en la Ley como graves, serán sancionadas con multas de 601,02 a 3.005,06 euros, retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante un plazo comprendido entre uno y cinco años y suspensión de la actividad cinegética durante un plazo comprendido entre uno y cinco años.
El instructor del expediente emite una propuesta de resolución solicitando se imponga una multa por cuantía de 3.606,09 euros, teniendo en cuenta que debe imponerse la correspondiente a cada uno de los ilícitos cometidos con carácter independiente (1 infracción muy grave x 3.005,07 euros + 1 infracción grave x 601,02 euros), cuantía que se encuentra comprendida dentro dei grado mínimo establecido, asegurando, con ello, el respeto debida al principio sancionador de proporcionalidad.
En consecuencia, vistas las disposiciones legales y reglamentarias de aplicación, esta Consejería, en uso de las facultades que tiene conferidas y aceptando íntegramente el contenido de la propuesta, Ha resuelto:
Sancionar a D. José María Fernández Fernández con una multa de 3.646,09 euros y retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante un plazo de cinco años.
Ahí queda eso.:cw
http://www.derecho.com/l/docm/resolucion-09-11-2007-secretaria-general-tecnica-ordena-publicacion-resolucion-fecha-2509-2007-consejeria-medio-ambiente-desarrollo-rural-impone-sancion-materia-caza-don-jose-maria-fernandez-fernandez/
Extraigo lo más interesante de la sentencia:
Antecedentes de hecho
Primero.- En fecha 5 de marzo 2007 se formuló denuncia contra D. José María Fernández Fernández por supuesta infracción a la legislación de Caza, motivada por:
"El día 5 de marzo de 2007 en el coto de caza denominado "Rubaldea", término municipal de Albacete (Albacete), la Guardia Civil de Aguas Nuevas observan como el denunciado estaba realizando el ejercicio de la caza desde un vehículo motor marca Ford modelo Transit, en época de veda y utilizando medios prohibidos para la caza (carabina de aire comprimido)".
Tercero.- Emitido informe de ratificación por los agentes denunciantes, el instructor del expediente emite, en fecha 23 de julio de 2007, propuesta de resolución en la que se declara que, los hechos probados, son respectivamente constitutivos de las infracciones previstas en los artículos 86.1.7 y 86.2.1 de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza, proponiendo una sanción de 3.606,09 euros y la retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante un plazo de cinco años.
Fundamentos de derecho.
Asimismo, el artículo 88 de la Ley infringida, ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza, prevé, en su apartado c) que, las infracciones tipificadas en la Ley como muy graves, serán sancionadas con multas de 3.005,07 a 60.101,21 euros, así como con retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla por un plazo comprendido entre cinco y diez años y suspensión de la actividad cinegética por un plazo entre cinco y diez años, y, en su letra b) que, las infracciones tipificadas en la Ley como graves, serán sancionadas con multas de 601,02 a 3.005,06 euros, retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante un plazo comprendido entre uno y cinco años y suspensión de la actividad cinegética durante un plazo comprendido entre uno y cinco años.
El instructor del expediente emite una propuesta de resolución solicitando se imponga una multa por cuantía de 3.606,09 euros, teniendo en cuenta que debe imponerse la correspondiente a cada uno de los ilícitos cometidos con carácter independiente (1 infracción muy grave x 3.005,07 euros + 1 infracción grave x 601,02 euros), cuantía que se encuentra comprendida dentro dei grado mínimo establecido, asegurando, con ello, el respeto debida al principio sancionador de proporcionalidad.
En consecuencia, vistas las disposiciones legales y reglamentarias de aplicación, esta Consejería, en uso de las facultades que tiene conferidas y aceptando íntegramente el contenido de la propuesta, Ha resuelto:
Sancionar a D. José María Fernández Fernández con una multa de 3.646,09 euros y retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante un plazo de cinco años.
Ahí queda eso.:cw
"Conscribe te militem in legionibus, pervagare orben terrarum, inveni terras externas, cognosce miros peregrinos, eviscera eos".
Enrólate en las Legiones, viaja a lugares lejanos, conoce gente exótica e interesante y descuartízala.
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RE: urgente, multa y retirada carabinas
Y yo también soy agente de la autoridad y creo que mi deber es actuar dentro de un equilibrio que haga reinsertar y admitir o ver el error, es decir usar la advertencia antes que la represión previo informe de reincidencia, y si esta ha sido o se hace efectiva es entonces cuando se da la receta.
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