SAMYANG 9090, ilegalidad????

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Gebek
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Gebek » 03 Dic 2008 22:41

[citando a: Davidglock]
A ver... CUANDO HE DICHO YO QUE HE HECHO ALGO ILEGAL.


David, en este post... nunca.
Aqui nadie esta para cazar a nadie, porque es el foro de aire comprimido, y la caza con aire esta prohibida... ;D
No te sulfures, tienes un arma muy bonita de la que todos estamos esperando fotos. La compraste legalmente a 24 julios, y esta documentada con targetita amarilla. 3ª categoria DE POR VIDA, ya que un arma no puede cambiarse de categoria. Y nada mas, aqui no hay ningun problema, asi que me voy a la cama. Por favor, mantened la disciplina! ;)
Y pon fotos ya, leches.

lincol
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor lincol » 03 Dic 2008 22:49

vale vale,saludos gebek

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Antonio
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Antonio » 03 Dic 2008 23:45

Disculpa Gebek, pero un arma de aire si puede cambiar de categoría. Si es modificada por un armero autorizado y tienes licencia para su uso, con el certificado del armero te diriges a la intervención, y acompañando certificado y factura de titularidad, se hace la guía correspondiente y .....a mandar. Es algo como cuando tienes un arma que pertenecía a un familiar y por no tener licencia para poseerla, la llevas al armero autorizado, realiza los correspondientes taladros, te entrega el certificado y con el mismo y el arma, previa autorización como coleccionista, pasa a tu propiedad....se ha modificado para ese fin.

Y por otro lado, no existe limitación de potencia en las armas de aire comprimido en España. Lo que existe, es la diferencia en documentación administrativa según su potencia (que ya todos conocemos). Un abrazo.
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wibols
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor wibols » 03 Dic 2008 23:56

el primer caso que citas no lo puede hacer ni tansiquiera un armero ya que no se puede cambiar de categoria un arma, el segundo que citas se trata de inutilizar un arma y eso si que viene tipificado.
 El arca de noe fue construido por aficionados, titanic por profesionales. No le temas al bricolage 

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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Antonio » 04 Dic 2008 00:02

Wibols, disculpa, pero entonces, en Gran canaria, las intervenciones de armas no tienen ni puta idea.

P.D. Si el arma tiene varias configuraciones de fábrica, (Como es el caso de la SAMYANG).......PUEDES. Lo que tiene que certificarlo un armero.
Lo que NO PUEDES ,es convertir un AEG de Airsoft en un Barret del calibre 50.
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor gelin32 » 04 Dic 2008 00:19

[citando a: Antonio]
...................... pero entonces, en Gran canaria, las intervenciones de armas no tienen ni puta idea.


Hola a todos, bueno pues esto pasa eh:lol

Un saludo

P.D. y y sin ser Gran Canaria

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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Juanalberto » 04 Dic 2008 00:30

[citando a: Davidglock]
[citando a: Juanalberto]

Crees que es legal lo que has hecho?

O es un arma prohibida y esta prohibida su tenencia, compraventa y publicidad (por ejemplo, tu post en el foro)?

Tu mismo, responde si quieres. Y rectificar dicen que es de sabios, mas aun cuando por una tonteria te puede caer carcel incluso.


A ver... CUANDO HE DICHO YO QUE HE HECHO ALGO ILEGAL, no voy a consentir acusaciones tan serias contra mi, desde luego, estais en el foro con la pistola cargada a ver a quien recriminar algo, yo lo unico que he dicho es que me he comprado una samyang y que tenía la intencion de comprobar armero presente la potencia del arma "de fabrica" por curiosidad, NO QUE LO HAYA HECHO! y lo he dejado muy claro bromas del post aparte, y lo de la informacion que circula por internet, NO HE DICHO NI DONDE NI COMO se modifica, por lo tanto por ahí tampoco, ni publicidad, ni nada, tengo mi arma L-E-G-A-L con mi factura de compra, etc. por lo tanto no es ilegal su tenencia, a ver si se entera la gente de una vez.

Me voy a plantear abandonar el foro porque a mi este rollo de ver a quien se puede acusar, pillar, o crucificar no me va. Lo siento.


Que cachondo

A ver, a ver... a ver

Te ponia un supuesto a responder sobre un arma de fogueo reconvertida a fuego y tu has "presupuesto" que eres el "presunto" y entonces por supuesto has respondido citando solo la ultima parte del post y saliendote del tiesto.

Ya que tu respuesta es airada y sin sentido, no tendria ni por que contestarte, pero en fin...

Como alguno tiene dudas, del codigo penal.

SECCION 1
De la tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos

Artículo 563.

La tenencia de armas prohibidas y la de aquellas que sean resultado de la modificación sustancial de las características de fabricación de armas reglamentadas, será castigada con la pena de prisión de uno a tres años.


En tu caso y tu juguete. Solo un armero cualificado puede hacerlo, pero no de colegas, hay unos tramites previos y posteriores, y que le cites al armero que la modifica o al que te la vende si es a mas de 24.2 julios o los puede sobrepasar sin guiar... le puedes poner en un problema. Quedarias como mal cliente y peor amigo.

Te contaria mas cosas, pero para que, si te lo vas a tomar a mal y como una ofensa... para que. Si tampoco las normas del subforo van contigo... en fin, ¿pa que?

Pues eso...

Pero... en fin, tu sabras... haz lo que te de la gana y por mi incluso como si te vas, es lo que hago yo cuando me encuentro con casos como este que le quitan a uno las ganas de participar mas en el foro.

Veo que el foro sigue exactamente igual. Que perdida de tiempo redactando estos dos posts.

Ale...Adios, y a este paso a alguno le llevare tabaco y vaselina :lol
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Gebek » 04 Dic 2008 06:33

A ver compañeros, dejaros de ataques y tonterias.
Esta bien que la gente pregunte cosas que se salen de la legalidad, a veces estas preguntas generan debates que son fructiferos para todos, como ahora, que estamos intentando saber si realmente se puede cambiar de categoria un arma. Yo tenia entendido que no. Que si pongamos que me compro una bigbore¡, la guio, y luego le quiero bajar la potencia a 21 julios para usarla en FT. Pues segun tenia yo entendido, me fastidio y me quedo con un arma de 4ª a 21 julios, porque no puedo cambiar la categoria.
Si alguien tiene el tiempo y las ganas de mirar el reglamento y citar el fragmento exacto donde explique esto, todos lo agradeceremos.
Saludos.

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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Antonio » 04 Dic 2008 08:22

Tienes razón Gebek. Aquí copio y pego lo correspondiente extraido de la web de Intervención de Armas de la Guardia Civil. Así mismo, me he permitido subrayar todo lo relacionado con el tema de debate de éste post.



ARMAS PROHIBIDAS

1.- Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
a) Las armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización de modelo o prototipo.
b) Las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
c) Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.
d) Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
e) Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
f) Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
g) Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
h) Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los munchacos y xiriquetes, así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.


2.- No se considerará prohibida la tenencia de las armas antes citadas por los museos, coleccionistas u organismos autorizados.

3.- Queda prohibida la publicidad, compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias de:

a) Las armas semiautomáticas de las categorías 2.ª.2 y 3.ª.2, cuya capacidad de carga sea superior a cinco cartuchos, incluido el alojado en la recámara, o cuya culata sea plegable o eliminable.
b) Los "sprays" de defensa personal y todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles, así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancialmente estupefacientes, tóxicas o corrosivas.

De lo dispuesto en el presente apartado se exceptúan los "sprays" de defensa personal que, en virtud de la correspondiente aprobación del Ministerio de Sanidad y Consumo, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, se consideren permitidos, en cuyo caso podrán venderse en las armerías a personas que acrediten su mayoría de edad mediante la presentación del documento nacional de identidad, pasaporte, autorización o tarjeta de residencia.

c) Las defensas eléctricas, de goma, tonfas o similares.
d) Los silenciadores aplicables a armas de fuego.
e) La cartuchería con balas perforantes, explosivas o incendiarias, así como los proyectiles correspondientes.
f) Las municiones para pistolas y revólveres con proyectiles «dum-dum» o de punta hueca, así como los propios proyectiles.
g) Las armas de fuego largas de cañones recortados.

4.- Queda prohibida la tenencia, salvo en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo, con arreglo a lo dispuesto en el apartado b) del artículo 107 del R.A., de imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego.
Se exceptúan de la prohibición aquellas cuyos modelos hayan sido aprobados previamente por la Dirección General de la Guardia Civil, con arreglo a la normativa dictada por el Ministerio del Interior.

5.- Queda prohibido el uso por particulares de cuchillos, machetes y demás armas blancas que formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes. Su venta requerirá la presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos.

También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo.

No se considerarán comprendidas en las prohibiciones anteriores la fabricación y comercialización con intervención de la Guardia Civil, en la forma prevenida en los artículos 12.2 y 106 del R.A., la compraventa y la tenencia exclusivamente en el propio domicilio, con fines de ornato y coleccionismo, de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros.



Por lo cual, cualquier arma de aire comprimido que por las características propias del fabricante, permita su aumento de potencia, podrá ser modificada por un armero autorizado y se guiará como arma de 3ª categoría aportando certificado del armero que ha realizado la modificación, documento que acredite la titularidad del arma y licencia de armas tipo E que permita la tenencia y uso del arma solicitada a su propietario.
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor kator » 04 Dic 2008 08:57

[citando a: lincol]
si hombre,tu haz lo que quieras y no preguntes,total hacemos lo quje nos da la gana,jeje,apartedudo que te pillen,salvo q vayas por la calle, por que por el monte si te pillan sea legal o ilegal se te cae el pelo ya q esta prohibido cazar y si tienes finca como si tiras con bazoca,llevas una pistola de fogueo y si algun perro llama a la guardia civil le enseñas los caskillos y le dices q esta disparando con ella,ami hace un mes llevaba en el coche una gamo sadow 1000,dodne los asientos de atras dejé el coche en un descampao por q fui con el perro a q cagara y cuando vuelvo me encuentro con un coxe de la municipal y bueno ,,, me acojone,me dijeron ese coche es tuyo?dije si,lo tienes abierto, dije ya ya eske sake la perra por aki un momento,dicen tienes una carabina dentro que no s epueden llevar,si vengo de la finca tal y cual y se me olvidó dejarla,sabes? esta prohibido dije ya ya un descuido,dicen tienes licencia? dije.si es una caca d aire,me pidieron carnet de conducir y puerta,ni me la mandaron sacar,pero esta claro q unos tios en condicioneste meten un pakete q te cagas y te la kitan asi queeee
saludos y disfrutala


Va a ser que no te la quitan.

1º Tu estabas transportando el arma en el vehículo. (tienes todo el derecho)
2º Tu tienes la tarjeta de armas. (estas dentro de la legalidad)
3º Tu No estabas con el arma en la mano fuera del vehículo. (no estabas cometiendo ninguna infracción)

El único fallo que veo en la intervención de la Policía es que no te pidiesen la tarjeta de armas y comprobasen que se corresponde con el arma que llevas. PUNTO PELOTA y lo más, decirte que no la lleves de forma visible (más que nada para que no te la robe algún descerebrado). Y esto último de que no la puedas llevar en el asiento trasero de tu coche es mucho decir, si la llevas descargada y sin munición a mano puedes llevarla perfectamente si por ejemplo sales del garaje de tu casa y vas hasta la galería de tiro, mientras no la portes en la mano por la vía pública todo es correcto.

Como consejo... comprate una funda.

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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor kator » 04 Dic 2008 09:10

[citando a: Gebek]
Lincon, mi opinion personal, y como moderador, es que si tu pillas chocolate y te lo fumas en tu casa... muy bien.


COMORRRRRRRRRRRRRRRRRRRR :8:8:8:8:8:8:8:8:8:8:8 Lo siento mucho Gebek pero no estoy de acuerdo contigo. El trafico y venta de sustancias estupefacientes es un DELITO que se pena con prisión. La tenencia para consumo de "pequeñas cantidades" si se realiza en lugares públicos es una falta administrativa, que naturalmente conlleva de ISOFACTO la incautacion de la sustancia psicotrópica que sea y la correspondiente denuncia por la delegación del gobierno.

El decir en un foro a título personal y como MODERADOR y cito textualmente tus palabras "que si tu pillas chocolate y te lo fumas en tu casa... muy bien" es por decirlo suavemente una temeridad ya que estas dando a entender que te parece bien que se venda esa sustancia (lo que es un delito) y que la gente la consuma, lo que se puede interpretar como una provocación al consumo de ciertas sustancias, ya que manifiestas que "TE PARECE BIEN", estimado compañero espero que haya sido un lapsus tuyo tan desafortunado comentario.

Resumiendo, que si te parece bien que alguien compre una sustancia prohibida y la consuma en su casa, no haces otra cosa que decir entre líneas que no estas en contra de que se venda esa sustancia, ni de que la gente la compre y la consuma da igual dónde sea,

Peeero luego cerramos un post, pongo por ejemplo, porque la gente dice que ha cazado ratas en su garaje u cochera del pueblo . ¿NO CREES QUE DEBERIAS AUTOCENSURARTE? No podemos ser más papistas que el papa con unos temas y con otros como el que mencionas tan benevolentes.

Un saludo

PD. Juanalberto UN SALUDO COMPAÑERO ;)

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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Tiobotas » 04 Dic 2008 09:47

Wenaass.
Amosaver, unas aclaraciones:

1.- Todo lo que en el Reglamento de Armas se refiere explicitamente a armas de fuego NO es de aplicación a las de aire.

2.- NO se puede cambiar de categoría un arma.
Si compras un arma de aire que supere o que, mediante modificaciones autorizadas (bien por su configuración de fábrica, por kits homologados, etc) sea susceptible de sobrepasar 24'2 julios, estás comprando un arma de la 4ª categoría que debes guiar como tal y con el correspondiente permiso (A, E, F…).
Es decir, si te compras una bigbore o sin exagerar tanto una Hatsan, aunque por el reglamento de armas o lo que tengan los USA o Turquía esté calificada como "juguete categoría III", en cuanto entre en España es un arma de la 4ª categoría de nuestro Reglamento y que hay que legalizar como tal. Si el importador o el armero te la vende como una de la 3ª está cometiendo una ilegalidad y tú tienes un arma ilegal aunque luego la utilices a 7 julios para tirarle a los clicks de famobil en el pasillo de tu casa.
Uséase Gebek, que si me apareces en el campo de FT con la bigbore, va a ser que no cuela. :D

3.- Ayer me quedé con ganas de intervenir en el primer hilo del tal Davidglock este y no pudo ser. Creo que este tipo no ha visto una Sanyang más que por fotos de la red y solo entra al foro a tocar los webs y para hacernos partícipes de su frustración o alimentar su ego de "chico malo".
Sí David, que sepas que eres un mal ejemplo para los chavales que entran al foro para aprender algo, una molestia para los moderadores y que gente como tú es la que hace que los legisladores ni se planteen el hecho de modificar la mierda de reglamento de armas que sufrimos.

Ale, un saludo.
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Antonio » 04 Dic 2008 10:56

.....¡¡ Y dále !!!. El texto que he puesto, es copia exacta del reglamento de armas y explosivos, por lo que están incluidas las armas de aire, las de fuego, las blancas, las negras, las rosas, las verdes, las amarillas y de ikmaginación propia.
Es curioso que la violencia se combata con la ignorancia, siendo la misma ignorancia, la que genere tanta violencia Â Â Â Â Â Â 

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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Juanalberto » 04 Dic 2008 11:32

Yo, sinceramente.

ME DA IGUAL.

Y no lo digo por la carabina si a eso se le puede llamar asi, lo digo por el ambiente que se genera, las respuestas que produce cuando a la irresponsabilidad que a veces se pregunta o se contesta.

Luego resulta que el malo es el que se preocupa de dar las explicaciones, que es un censor, un capador de gallitos, un comeniños y un cagaleches.

Con lo divertido que es, y si no me han pillado los de verde viene este y el otro a fastidiarme la fiesta en un forito....

Pues nada, me declaro vencido, haced lo que os de la gana, no mireis nunca el reglamento, el codigo penal, o incluso las reglas del subforo, ya sabemos que sois divinos y estais por encima de todo lo mundano y terrenal como las absurdas leyes españolas. Y si, es maravillosa y sublime la carabina de muchoscientos julios aunque no sea capaz de agrupar con ella como con una de 16.

La envidia me corroe y debe ser por eso. Como al que hizo la ley, que todo el mundo sabe que el tamaño de los julios importa y es inversamente proporcional al tamaño del pito.

Lo dicho, ya llevare tabaco y vaselina un dia de estos, de las gomas no digo nada porque se por los documentales y telediarios que las dan al entrar aunque el riesgo de embarazo no exista.

Pero no me metere mas en temas de este tipo.

A los demas, como Kator, Antonio, Gelin, Gebek y tan buena gente que hay por aqui que luego siempre terminamos debatiendo entre nosotros, un abrazo.
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor kansas » 04 Dic 2008 11:40

:sn En vista, de que david no publica las fotos de la carabina, ya se las publico yo eeeehhhhh, y con las bomobnas de pcp, a tope y creo que no pasa de 24 julios. jejejejeje buen rollito
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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor gelin32 » 04 Dic 2008 12:10

Hola a todos, yo voy a dejar unas dudas en el aire :lol es que con la edad estoy perdiendo seguridad en mi mismo:?

Segun creo desde no se que fecha los juguetes de airsoft se consideran armas de 4ª categoria y hay que sacar la targeta amarilla igual que con las carabinas de aire. Bien, todos sabemos que los juguetes de airsoft la mayoria son full auto, vamos que tiran a rafagas. El reglamento actual prohibe de forma generica este tipo de armas.
Entonces yo me pregunto:

¿Ya no se pueden comprar juguetes que tiren a rafagas?
¿esto abre la 4ª categoria a las armas automaticas?
¿mañana las de agua habra que guiarlas por que pueden disparar otras cosas que no son agua?

Creo que el reglamento tiene tantos parches que ahora mismo es un pan con ostias que no lo entiende ni el de mas estrellas.:lol:lol

Un saludo

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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor kator » 04 Dic 2008 12:28

El actual reglamento de armas, y para qué engañarnos, ES UNA PORQUERIA.

Lo triste, es lo prohibitivos que somos en este país.

Aquí en vez de educar en el uso de las armas, me da igual de que categoría, se prohíben o legislan de tal manera que rayamos el ridículo.

Aquí en vez de parar la especulación inmobiliaria a tiempo, las hipotecas basura y etc. se deja correr y a ganar dinero, luego no hay crisis, es una recesión económica (como la que tiene el señor que dice eso en el cerebro).

Aquí en vez de equiparar los salarios a los de Europa, equiparamos los impuestos y todo Dios a joderse.

Aquí al pasar al Euro se redondea al alza ¡¡¡ VIVA LA PEPA !!!!

Aquí la DGT llama por la cara maltratadores a los padres que por cualquier motivo se despiten con el cinturón de sus hijos, pero ojo si se despista la madre ¿no es también una maltratadora para la DGT? no tienen huevos ni a insinuarlo, se los come la ministra de Igualdad, si esa de las miembras.

Aquí hay una Ley de Violencia de Género que ya por el simple hecho de nacer hombre estas bajo sospecha. Pero si tu mujer te insulta, te suelta una hostia, no te deja ver a tus hijos y etc. NO PASA NADA, Ahora vas y se lo haces tu, veras que pronto te ponemos los grilletes y pa lante.

Aquí la venta de drogas está penada por la Ley y vas a la carcel pero si la comprar te ponemos una multita porque se permite el consumo en ciertos supuestos ¿entonces porque se persigue la venta?

y etc. etc. etc.

Si es que España es verdad que es diferente.

¿y nos quejamos de que si la potencia de una mierda de carabina tal y cual?

En fin no sigo que me quemo.

Por cierto KANSAS, ese pcp me lo pillaba yo, con o sin licencia, y lo sacaba de paseo sin papeles ¡menudas bombonas!

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RE: SAMYANG 9090, ilegalidad????

Mensajepor Juanalberto » 04 Dic 2008 12:45

Gelin,, acaso disparan con aire a full auto? o son electricas? pues entonces no son ni de cuarta, ni de tercera, ni de na, no estan en el reglamento, y no son armas, son replicas de las mismas ya que atendiendo a su peligrosidad son mas contundentes con la culata por delante.

Es decir, no todo lo que dispare un proyectil como una grapadora es un arma, otra cosa es que se use como tal y te den con la grapadora en la cabeza, pero como arma circustancial se sobreentiende hasta la suegra en la cena de navidad

Eso si, hay un taco que es impresionante y ni los de verde lo tienen claro, yo mientras voy engrasando la grapadora que la navidad esta a la vuelta de la esquina
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