Hola tengo una pregunta que por aquí buscando no e encontrado ninguna parecida que me pudiese ayudar.
Lo que queria saber es si la guardia civil ( o quien sea ) te encuentra pegando tiros ( a una diana, lata o lo que sea ) , con arma de la categoria 2.2 guiada por la licencia D( en especial un rifle cal308) en un terreno en el campo ( ya sea de propiedad privada o ajena ) que tipo de sanciones te podrian caer?
Y sin ser epoca de caza:)
saludos y grácias.
Practicar disparando al aire libre
- meatonthetable
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RE: Practicar disparando al aire libre
aquí tienes tu respuesta:
RD 137/1993
Art. 149
2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
3. Salvo las actuaciones propias de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las actividades cinegéticas, que se regirán por sus legislaciones especiales, la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3.3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Delegado o Subdelegado del Gobierno de la provincia en que tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.
y las sanciones pueden derivar de dos artículos:
Art. 156
Si no constituyeren delito, serán consideradas infracciones graves, y sancionadas:
j. Utilizar armas de fuego o de cualesquiera otra clase, sin adoptar las medidas o precauciones necesarias para no causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes, o contraviniendo las prohibiciones establecidas en el artículo 146 de este Reglamento, con multas de cincuenta mil una a cien mil pesetas, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o autorizaciones correspondientes.
o también:
Artículo 157.
Si no constituyeren delito, serán consideradas infracciones leves y sancionadas:
f . Las demás contravenciones del presente Reglamento no tipificadas como infracciones muy graves o graves, con multas de hasta cincuenta mil pesetas, conjunta o alternativamente con incautación de los instrumentos o efectos utilizados o retirada de las armas o de sus documentaciones.
RD 137/1993
Art. 149
2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.
3. Salvo las actuaciones propias de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las actividades cinegéticas, que se regirán por sus legislaciones especiales, la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3.3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Delegado o Subdelegado del Gobierno de la provincia en que tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.
y las sanciones pueden derivar de dos artículos:
Art. 156
Si no constituyeren delito, serán consideradas infracciones graves, y sancionadas:
j. Utilizar armas de fuego o de cualesquiera otra clase, sin adoptar las medidas o precauciones necesarias para no causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes, o contraviniendo las prohibiciones establecidas en el artículo 146 de este Reglamento, con multas de cincuenta mil una a cien mil pesetas, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o autorizaciones correspondientes.
o también:
Artículo 157.
Si no constituyeren delito, serán consideradas infracciones leves y sancionadas:
f . Las demás contravenciones del presente Reglamento no tipificadas como infracciones muy graves o graves, con multas de hasta cincuenta mil pesetas, conjunta o alternativamente con incautación de los instrumentos o efectos utilizados o retirada de las armas o de sus documentaciones.
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- Guardián
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RE: Practicar disparando al aire libre
meathonthetable Grácias por la información.
Mejor me lo tendré que pensar dos veces antes de esconderme en el campo como un terrorista para poder pegar 20 tiros a una diana.
:lol
Un saludoo.
Mejor me lo tendré que pensar dos veces antes de esconderme en el campo como un terrorista para poder pegar 20 tiros a una diana.
:lol
Un saludoo.

RE: Practicar disparando al aire libre
SI eres sorprendido por la Guardia Civil pegando tiros en un campo...aunque no haya naide y sea un lugar apartado, mi consejo es que actues con naturalidad y con total sinceridad con el agente..
Eso te ayudara mucho, no intentes poner excusas baratas... estoy seguro que el agente en cuestion sabra actuar con racionalidad. No le tengais tanto miedo a la guardia civil hombre..que no muerden..!
saludos...
Eso te ayudara mucho, no intentes poner excusas baratas... estoy seguro que el agente en cuestion sabra actuar con racionalidad. No le tengais tanto miedo a la guardia civil hombre..que no muerden..!
saludos...
  Responsabilidad y diversión para todos  Â
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- Guardián
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RE: Practicar disparando al aire libre
[citando a: luis32]
SI eres sorprendido por la Guardia Civil pegando tiros en un campo...aunque no haya naide y sea un lugar apartado, mi consejo es que actues con naturalidad y con total sinceridad con el agente..
Eso te ayudara mucho, no intentes poner excusas baratas... estoy seguro que el agente en cuestion sabra actuar con racionalidad. No le tengais tanto miedo a la guardia civil hombre..que no muerden..!
saludos...
Si miedo a la Guardia Civil no tengo. Pero cuenta que en el cuerpo en si hay personas ejerciendo su deber.
Y hay personas que actuan bién, otras no actuan tan bién.
Habeces hay personas que tienen un buen dia y hay dias que a esa persona le pilles en un mal dia y....
Pero bueno lo que queria es tener bastante información porque quiero disfrutar practicando un deporte en el que no quiero poner en peligro la integridad física de una persona ni la de mi bolsiyo.
Saludos y grácias.

RE: Practicar disparando al aire libre
Yo lo hago con una de aire comprimido en el campo y aun asi me escondo bien por si acaso...pq la multa es de 300€ creo y puedes tener problemas para sacarte el permiso...en caso de un arma de fuego no se como sera...pero yo no me arriegaria,pq ten en cuenta que con un arma de aire quiza lo consideran un juguete y hacen la vista gorda pero un arma de fuego creo que no...encima con un arm,a de fuego los disparos supongo que cantaran un huevo,asi que supongo que no habra donde esconderse no lo de la G.C sino de alguien que pasa puede avisar a la G.c.
- Oscar1975
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RE: Practicar disparando al aire libre
Yo no te recomiendo hacer uso de un arma de fuego en lugar no habilitado. Lo más probable es que te denuncien y retiren el arma.
Oscar.
Oscar.
ESPERANDO LA BAJA DE ARMAS.ES
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- Guardián
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RE: Practicar disparando al aire libre
Si esque es una gran putada. Si al menos en este país ubieran campos especialmente habilitados con pistas decentes de almenos 300 metros o más pues seria lo mejor para todos, no habrian tantas complicaciones, pero como la realidad es más cruel y lo único que encuentras son 50m o 100m pues solo puedes practicar restringidamente y sin poder disfrutar plenamente del deporte.:sn
En este aspecto se deberia de hacer algo para cambiar la situación en la que nos encontramos miles de aficionados a las armas.
Un saludo.
En este aspecto se deberia de hacer algo para cambiar la situación en la que nos encontramos miles de aficionados a las armas.
Un saludo.

RE: Practicar disparando al aire libre
Puedes hacer otra cosa, si estás apuntado a una asociación de cazadores y conoces al guarda forestal, te puede dejar pegar tiros en una zona a la diana que quieras poner, pero ni se te ocurra salir y pegar tiros con un rifle en una zona cualquiera por la peligrosidad del arma, no es como una escopeta que al cabo de unos metros los perdigones abren y no pasa nada.
El conocimiento es el poder, pero yo prefiero la ventaja   Â
RE: Practicar disparando al aire libre
Para decirlo en pocas palabras: si te cogen te has quedado sin licencia de armas practicamente para los restos. (Conozco casos reales muy parecidos, por no decir iguales a lo que planteas)
 Â
RE: Practicar disparando al aire libre
Siempre he tenido esta duda: ¿Y si la finca es de tu propiedad?. ¿Puedes ponerte tu diana en tu finca een el campo y tirar legalmente?
"Blanco pequeño error pequeño"Â Â Â Â Â Â Â Â
- jrdc1
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RE: Practicar disparando al aire libre
Buenas!
Si no está habilitada como polígono o galería de tiro, según los requisitos establecidos en el anexo correspondiente del RA, y con la correspondiente autorización de la Guardia Civil, no.
Saludos
Si no está habilitada como polígono o galería de tiro, según los requisitos establecidos en el anexo correspondiente del RA, y con la correspondiente autorización de la Guardia Civil, no.
Saludos
- FALCATAILTIRTA
- .30-06
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RE: Practicar disparando al aire libre
Yo cada vez que quiro tirar (Solo tiro olimpico,no me gusta la caza),tengo que desplazarme 50 km.Pero bueno,es lo que hay.Un saludo
Cría cuervos y tendrás muchos.
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- Guardián
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RE: Practicar disparando al aire libre
Yo la pista más cercana de tiro a 1km (50metros) a 40km (100m) a 150km (200m) y de 300m a saber donde abrá una...
saludos
saludos

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