QUIERO FEDERARME PARA IR A TIRAR CON AIRE COMPRIMIDO EN EL CAMPO DE TIRO DE MI CIUDAD
Las preguntas son:
¿Qué permiso necesito? Me salen senior, festejos, arma de concurso, segunda categoría, tercera categoría...
¿Puedo federarme, sin unirme a club, practicar por libre?
¿En caso de que el club sea obligatorio, tengo que ir a una hora y día fija o puedo ir cuando quiera?
muchas gracias.
AYUDA SOBRE FEDERARSE Y CLUBES
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juandelamancha
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Re: AYUDA SOBRE FEDERARSE Y CLUBES
cada club tiene sus particularidades. Pregunta directamente al club. Solo puedes tirar con aire en tu casa y no necesitas nada , o en un club de tiro y ai te diran lo que piden para ser socio o tirar esporadicamente. En otro club puede ser diferente
Re: AYUDA SOBRE FEDERARSE Y CLUBES
Hola juandelamancha
Te adjunto el reglamento de armas, que conviene repasar de vez en cuando. Respecto al uso de armas de aire comprimido, la IA dice lo siguiente:
"El artículo que regula los espacios habilitados para el uso de armas, incluyendo las de categoría 4.2, se encuentra en el Artículo 150 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
Contenido relevante del Artículo 150:
Se consideran campos y galerías de tiro los espacios habilitados para la práctica del tiro que cumplan con ciertas características técnicas y de seguridad.
Estos espacios son los lugares autorizados para el uso de armas, incluyendo las de categoría 4.2 (armas de uso lúdico-deportivo como las de Airsoft).
El artículo establece las condiciones y requisitos para que un espacio sea considerado habilitado para la práctica segura y legal de actividades con armas."
Los espacios los autoriza el ayuntamiento de la ciudad/población en cuestión, así que a no ser que autoricen tu casa, si siquiera en ella, teóricamente, podrías hacer uso de tu arma y eso de tirar en tu finca o tu parcela porque es un espacio particular y no molestas a nadie, tampoco vale. Así que debes buscar un lugar autorizado para el uso de armas de la categoría 4.2. Suelen ser espacios que han solicitado y concedido algún Club Deportivo Elemental, Antes Asociaciones.
Si eres manchego, tienes la suerte de tener a dos campeones del Mundo de Field Target en tu tierra, así que te aseguro que hay un club por esos lares.
Un saludo
Te adjunto el reglamento de armas, que conviene repasar de vez en cuando. Respecto al uso de armas de aire comprimido, la IA dice lo siguiente:
"El artículo que regula los espacios habilitados para el uso de armas, incluyendo las de categoría 4.2, se encuentra en el Artículo 150 del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
Contenido relevante del Artículo 150:
Se consideran campos y galerías de tiro los espacios habilitados para la práctica del tiro que cumplan con ciertas características técnicas y de seguridad.
Estos espacios son los lugares autorizados para el uso de armas, incluyendo las de categoría 4.2 (armas de uso lúdico-deportivo como las de Airsoft).
El artículo establece las condiciones y requisitos para que un espacio sea considerado habilitado para la práctica segura y legal de actividades con armas."
Los espacios los autoriza el ayuntamiento de la ciudad/población en cuestión, así que a no ser que autoricen tu casa, si siquiera en ella, teóricamente, podrías hacer uso de tu arma y eso de tirar en tu finca o tu parcela porque es un espacio particular y no molestas a nadie, tampoco vale. Así que debes buscar un lugar autorizado para el uso de armas de la categoría 4.2. Suelen ser espacios que han solicitado y concedido algún Club Deportivo Elemental, Antes Asociaciones.
Si eres manchego, tienes la suerte de tener a dos campeones del Mundo de Field Target en tu tierra, así que te aseguro que hay un club por esos lares.
Un saludo
- Adjuntos
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- REGLAMENTO DE ARMAS BOE-A-2020-9134.pdf
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Leer sin meditar es una ocupación inútil ( Confucio)
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