Hola sobre el tema de guardar cañones,armazón y cierres, me podríais aclarar donde viene contemplado? pues solo e encontrado:
" siempre que los cierres O las piezas esenciales "
por lo que entiendo que si pone "O" me esta dando a escoger y no obligando a guardar todo, pero igual estoy equivocado o no encuentro donde viene contemplado.
Un saludo
¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
- boxer
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad

"Si sabes cuantas armas tienes, es que no posees suficientes"
- para_bellum
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
boxer escribió:Hola sobre el tema de guardar cañones,armazón y cierres, me podríais aclarar donde viene contemplado? pues solo e encontrado:
" siempre que los cierres O las piezas esenciales "
por lo que entiendo que si pone "O" me esta dando a escoger y no obligando a guardar todo, pero igual estoy equivocado o no encuentro donde viene contemplado.
Un saludo
Así es. En la F. En D pone las "armas completas". Pero igualmente, es muchísima más capacidad de la denominación comercial.
- CX4_STORM
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
Pues en el mío no. Se supone que es para 4 armas largas, pero me caben 3 y jugando al tetris. Y la pólvora ya ni te digo como tengo metido el bote.
- boxer
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
Artículo 100.
1. Quienes precisen armas de la categoría 2.ª, 2, deberán obtener previamente licencia D.
2. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2.ª, 2.
3. La competencia para concederla corresponde al Director general de la Guardia Civil, que podrá delegarla.
4. Con la licencia D se podrá adquirir un arma de la categoría 2.ª, 2. La adquisición de cada una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.
5. Las armas de la categoría 2.ª, 2, deberán ser guardadas:
a) En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados, con las medidas de seguridad necesarias, aprobadas por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, que podrá comprobarlas en todo momento.
b) En los locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 83 y 144 de este Reglamento.
6. La adquisición, tenencia y uso de las alzas o miras telescópicas o artificios adaptables a las armas de caza mayor para aumentar su eficacia, solamente se permitirán a las personas que acrediten poseer licencia D para armas de caza mayor ante los establecimientos de venta, los cuales deberán comunicarlo a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
Yo no veo que ponga las Armas completas pero supongo que se dará por entendido, aunque si les quito por ejemplo las culatas no debería de pasar nada
Sin embargo en lo relacionado al apartado B, si se contempla (Articulo 144) la posibilidad de guardar solo cierres o partes fundamentales, lo que no veo normal es que ellos si puedan y sin embargo los titulares no, cuando las guiadas en F (que incluso pueden ser largas) y necesitan un Armero de mayor seguridad, si se puedan guardar solo las partes fundamentales.
Un saludo
1. Quienes precisen armas de la categoría 2.ª, 2, deberán obtener previamente licencia D.
2. Nadie podrá poseer más de una licencia D, que tendrá cinco años de validez y autorizará para llevar y usar hasta cinco armas de la categoría 2.ª, 2.
3. La competencia para concederla corresponde al Director general de la Guardia Civil, que podrá delegarla.
4. Con la licencia D se podrá adquirir un arma de la categoría 2.ª, 2. La adquisición de cada una de las restantes requerirá la obtención previa de una autorización especial con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 y siguientes de este Reglamento.
5. Las armas de la categoría 2.ª, 2, deberán ser guardadas:
a) En los propios domicilios de sus titulares, en cajas fuertes o armeros autorizados, con las medidas de seguridad necesarias, aprobadas por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, que podrá comprobarlas en todo momento.
b) En los locales de empresas o entidades especializadas en la custodia de armas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 83 y 144 de este Reglamento.
6. La adquisición, tenencia y uso de las alzas o miras telescópicas o artificios adaptables a las armas de caza mayor para aumentar su eficacia, solamente se permitirán a las personas que acrediten poseer licencia D para armas de caza mayor ante los establecimientos de venta, los cuales deberán comunicarlo a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
Yo no veo que ponga las Armas completas pero supongo que se dará por entendido, aunque si les quito por ejemplo las culatas no debería de pasar nada
Sin embargo en lo relacionado al apartado B, si se contempla (Articulo 144) la posibilidad de guardar solo cierres o partes fundamentales, lo que no veo normal es que ellos si puedan y sin embargo los titulares no, cuando las guiadas en F (que incluso pueden ser largas) y necesitan un Armero de mayor seguridad, si se puedan guardar solo las partes fundamentales.
Un saludo

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- Juanma_leal
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
a ver... partiendo que tenemos leyes muy ambiguas en España y se dejan a interpretación de la autoridad competente que cada uno actúe en su casa como buenamente quiera.. peeeeero luego viene las lamentaciones si te pillan con el carrito del helado...
Yo cuando tengo dudas pregunto en mi IA que es el que me puede crujir.... y a mi me dijeron que cañon y cerrojo al armero, prensa de recarga al armero, y mi armero es de 4 armas y una quinta no me dejan registrar a mi nombre por tener el cupo lleno... me entren 5 o 10 más.... otra cosa es que haya gente le guste tener las armas expuestas en el salón, debajo de la cama o en la mesita.... Pero como un día entren a robar y se las lleven.... ir preparando vaselina...
Yo cuando tengo dudas pregunto en mi IA que es el que me puede crujir.... y a mi me dijeron que cañon y cerrojo al armero, prensa de recarga al armero, y mi armero es de 4 armas y una quinta no me dejan registrar a mi nombre por tener el cupo lleno... me entren 5 o 10 más.... otra cosa es que haya gente le guste tener las armas expuestas en el salón, debajo de la cama o en la mesita.... Pero como un día entren a robar y se las lleven.... ir preparando vaselina...
- boxer
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
Pues "en teoria" uno de mis armeros es de ocho pero tengo dentro diez que son los que me caben y no me pusieron problemas para guiar eso si, la capacidad de dicho armero viene en litros no en numero de armas

"Si sabes cuantas armas tienes, es que no posees suficientes"
- para_bellum
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
Juanma_leal escribió:Yo cuando tengo dudas pregunto en mi IA que es el que me puede crujir.... y a mi me dijeron que cañon y cerrojo al armero, prensa de recarga al armero, y mi armero es de 4 armas y una quinta no me dejan registrar a mi nombre por tener el cupo lleno... me entren 5 o 10 más....
Prensa de recarga al armero. Tendré que buscar entonces un armero grado 3 en el que me quepa la Dillon. Va a ser difícil eh. Acabo antes acorazando la casa entera y que me la certifiquen grado 3.
Cuando a uno le dicen gilipolleces fuera de la ley y de las ordenanzas no hay que cumplirlas eh. Ni en el ejército.
Y si no "te dejan" registrar un arma más, lo mínimo es que te lo denieguen por escrito. Por ti y por todos los demás tiradores. Que si aceptamos arbitrariedades sin rechistar vamos todos jodidos.
- furas
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
Y luego cada IA trabaja distinto y con criterios diferentes
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Todas las opiniones en los foros son a título personal, en ningún caso representan ni deben ser asociadas a ANARMA
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
Buenas noches, retomo este hilo para informarme de si a cambiado el reglamento de la posesión de rifles guiados en la D .
Un saludo
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
Que redactan las leyes y reglamentos puestos de LSD hasta arriba ni cotiza.
Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
Que redactan las leyes y reglamentos puestos de LSD hasta arriba ni cotiza.
Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
No ha cambiado nada, puedes tener tantos rifles como seas capaz de meter en la caja fuerte.
Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
MamasBoy escribió:No ha cambiado nada, puedes tener tantos rifles como seas capaz de meter en la caja fuerte.
Pero pistolas a cuentagotas.
Absurdo.
Si quieres causar masacres, es más fácil y seguro hacerlo con un rifle que con una pistola. Es todo un sin sentido literal.
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- .300 Win Mag
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Re: ¿Cuántos rifles para caza mayor se pueden tener en propiedad
MamasBoy escribió:No ha cambiado nada, puedes tener tantos rifles como seas capaz de meter en la caja fuerte.
Ok, muchas gracias por la aclaración
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