Ley de seguridad nacional prestaciones personales sin indemnización.

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Ley de seguridad nacional prestaciones personales sin indemnización.

Mensajepor Amra » 16 Mar 2022 19:45

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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor topp » 17 Mar 2022 10:47

Amra escribió:Nos la cuelan sigilosamente.

Minuto 5:30

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2022/150222-rp_cministros.aspx

Un saludo.


En momentos de crisis no queda mas remedio.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 12:52

topp escribió:
Amra escribió:Nos la cuelan sigilosamente.

Minuto 5:30

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2022/150222-rp_cministros.aspx

Un saludo.


En momentos de crisis no queda mas remedio.


Los recursos privados incluyen nuestras cuentas bancarias, cierto.

Los recursos privados incluyen empresas privadas como Repsol e Iberdrola, cierto.



Mira el ejemplo de Rusia.

https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/11670384/03/22/Rusia-pone-el-foco-en-60-firmas-que-han-salido-del-pais-para-nacionalizar-activos.html

Este tema hay que seguirlo de cerca.

Así empezó la guerra civil.

Un saludo.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor sustavic » 17 Mar 2022 12:52

topp escribió:
Amra escribió:Nos la cuelan sigilosamente.

Minuto 5:30

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2022/150222-rp_cministros.aspx

Un saludo.


En momentos de crisis no queda mas remedio.



Supongo que estarás de coña....
a lo que tu llamas dolor y sufrimiento yo le llamo pasión y dedicación, cuando tu te rindes, yo comienzo...

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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Berenjeno » 17 Mar 2022 13:38

¿A los preppers les podrán robar sus despensas por el bien general?

Yo no lo soy, no tengo ni ganas, ni dinero ni espacio material para hacerlo, pero si alguien con su miedo quiere protegerse de cara al futuro por lo que pueda pasar, ahora ya no solo tendría de defender sus recursos de los saqueadores, sino también del gobierno.

¿Y nuestras armas? Pues me parece que con esos argumentos también, así como nuestro coche, casa, ahorros (quien los tenga) etc.

Habrá que ver lo que dice el texto de la ley.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 13:46

Berenjeno escribió:Habrá que ver lo que dice el texto de la ley.


El texto de la ley, pero si lo primero que dice es que se podrá dictar decretos sin tener que ir al Parlamento.

Yo alucino, igual que la ley de victimas de violencia de género sin denuncia y a perpetuidad que comentamos no hace mucho y la gente a su bola pensando que no les tocara, el nivel de cobardía intelectual de la sociedad es asombroso.

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11317691/07/21/Asi-es-la-Ley-de-Seguridad-cierres-y-expropiaciones-al-albur-de-Sanchez.html

https://www.elconfidencial.com/espana/2021-12-18/victima-denuncia-debate-acreditar-violencia-genero_3341350/

Un saludo.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Autoencendido » 17 Mar 2022 13:48

Recordais el video aquel del Foro Economico Mundial de la agenda 2030?

Aquello de "No tendras nada y seras feliz"?
https://www.youtube.com/watch?v=ZzdCTyMWQBs&t=7s

Recordareis tb a nuestro guapo presidente decir que "the 2030 agenda is our plan"???
https://www.lamoncloa.gob.es/lang/en/pr ... genda.aspx

Tb creereis que la inflacion absurda esta que tenemos es por los contenedores y pq la gente gasta como loca, no?

Lo mismo llega el dia de la crisis bestial, el estado nos quita las propiedades para pagar la deuda, y todos contentisimos de ser super responsables, ecologicos y solidarios....
:mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor topp » 17 Mar 2022 15:23

No creo que vengan a saquearnos a los que estamos aqui eso va mas bien por las grandes empresas o negocios o gente pudiente ... y a los preppers se la pela ya que una cosa cosa que aprenden es a no dejar los huevos en la misma cesta... Poco se van a llevar. Si no recuerdo mal durante la pandemia ya lo hicieron con mascarillas y demas material guardado. Y que saquearon limpiamente en nombre de la pandemia...
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Yvan5 » 17 Mar 2022 17:15

Caballeros, ese tema está en las leyes desde hace muchos años. Ahora bien, el que quiera pensar que este gobierno se la mete, tiene razón, pero no en este caso:

Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública

Artículo 6. Recursos.

1. Para la prevención y el control de las situaciones de emergencia que se produzcan, se utilizarán los medios públicos y, en su caso, privados, que las circunstancias requieran en cada caso, según las previsiones establecidas en los planes que sean de aplicación y, en su defecto, exclusivamente los que se determinen por el órgano o la autoridad competente.La requisa temporal de todo tipo de bienes, así como la intervención y ocupación
transitoria de los que sean necesarios, se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente en la materia.
2. La determinación de los recursos movilizables en emergencias comprenderá la prestación personal, los medios materiales y las asistencias técnicas que se precisen, dependientes de las administraciones públicas o de las Entidades privadas, así como de los particulares.
Para el empleo de bienes privados se tendrá en cuenta, en todo caso, no solo lo dispuesto en el apartado 3 de este artículo sino también el principio de proporcionalidad entre la necesidad que se pretende atender y el medio que se considere adecuado para ello.
3. El empleo de los recursos aludidos se hará escalonadamente, otorgándose prioridad a los disponibles en el ámbito territorial afectado. Asimismo se otorgará prioridad a los recursos públicos respecto de los privados.
4. Quienes, como consecuencia de estas actuaciones, sufran perjuicios en sus bienes tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes.

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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 17:27

Yvan5 escribió:Caballeros, ese tema está en las leyes desde hace muchos años. Ahora bien, el que quiera pensar que este gobierno se la mete, tiene razón, pero no en este caso:

Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública

Artículo 6. Recursos.

1. Para la prevención y el control de las situaciones de emergencia que se produzcan, se utilizarán los medios públicos y, en su caso, privados, que las circunstancias requieran en cada caso, según las previsiones establecidas en los planes que sean de aplicación y, en su defecto, exclusivamente los que se determinen por el órgano o la autoridad competente.La requisa temporal de todo tipo de bienes, así como la intervención y ocupación
transitoria de los que sean necesarios, se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente en la materia.
2. La determinación de los recursos movilizables en emergencias comprenderá la prestación personal, los medios materiales y las asistencias técnicas que se precisen, dependientes de las administraciones públicas o de las Entidades privadas, así como de los particulares.
Para el empleo de bienes privados se tendrá en cuenta, en todo caso, no solo lo dispuesto en el apartado 3 de este artículo sino también el principio de proporcionalidad entre la necesidad que se pretende atender y el medio que se considere adecuado para ello.
3. El empleo de los recursos aludidos se hará escalonadamente, otorgándose prioridad a los disponibles en el ámbito territorial afectado. Asimismo se otorgará prioridad a los recursos públicos respecto de los privados.
4. Quienes, como consecuencia de estas actuaciones, sufran perjuicios en sus bienes tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes.


Este pequeño pequeñisimo y sin importancia detalle al igual que lo de las victimas:

Sin pasar por el parlamento significa Dictadura y por la pinta comunista, se cargan la independencia de poderes y un país sin ley pues la historia es muy clara al respecto. Cuando los políticos se saltan la ley siempre acaba igual. Inseguridad jurídica.

Un saludo.
Última edición por Amra el 17 Mar 2022 19:12, editado 3 veces en total.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 17:32

Y no habla de temporal habla de permanentes al igual que las victimas victimas permanentes para cobrar subvenciones europeas indefinidas que acaban en los bancos recapitalizados. Teorías conspiratorias claro.

Nos vamos a enterar todos de lo que vale un peine.

Repito tema muy peligroso en supuesta democracia.

Al igual que lo de las victimas, dar la llave del gallinero al zorro disimuladamente y sin escrúpulos.

Espero que alguien me diga que estoy equivocado con pruebas reales.

Rumasa fue un grupo de empresas españolas propiedad de la familia Ruiz-Mateos y Jiménez de Tejada, cuya matriz fue fundada en 1961. El grupo fue expropiado por el Gobierno español el 23 de febrero de 1983, en virtud del Decreto-Ley 2/1983.

Real Decreto-ley 2/1983, de 23 de febrero, de expropiación, por razones de utilidad pública e interés social, de los Bancos y otras Sociedades que componen el ...

https://vlex.es/vid/razones-intera-bancos-componen-rumasa-442982030

Un saludo.
Última edición por Amra el 17 Mar 2022 17:48, editado 1 vez en total.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 17:43

Repito pero por favor leer:

https://www.eleconomista.es/economia/noticias/11317691/07/21/Asi-es-la-Ley-de-Seguridad-cierres-y-expropiaciones-al-albur-de-Sanchez.html

¿Donde pone eso en el pasado?, esto es una reforma que da poderes dictatoriales.

Y lo de las víctimas para recibir subvenciones se cargan la ley.

Un saludo.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 18:03

Por encima:

el Presidente del Gobierno siempre dispone legalmente de la potestad de dictar directamente el Real Decreto de declaración de la situación de interés para la Seguridad Nacional, sin necesidad de reunir previamente al Consejo de Seguridad Nacional.

Uno.- Se modifica el artículo 10, que queda redactado como sigue:

«Se considerarán ámbitos de especial interés de la Seguridad Nacional aquellos que requieren una atención específica por resultar básicos para preservar los derechos y libertades, así como el bienestar de los ciudadanos, y para garantizar el suministro de los servicios esenciales y los recursos de primera necesidad y de carácter estratégico. A los efectos de esta ley, serán, entre otros, la ciberseguridad, la seguridad económica y financiera, la seguridad marítima, la seguridad del espacio aéreo y ultraterrestre, la seguridad energética, la seguridad sanitaria, la preservación del medio ambiente y la salvaguardia de la base industrial que suministra recursos de primera necesidad y de carácter estratégico

Cinco.- Se da una nueva redacción al Título IV, en los siguientes términos:

5. El sector privado participará en la contribución de recursos a la Seguridad Nacional, cuando así lo disponga el real decreto de declaración de la situación de interés para la seguridad nacional, en los términos previstos en el artículo 28 de esta ley.

Seis.- Se añade una nueva Disposición adicional quinta, con la siguiente redacción:

«Disposición adicional quinta. Carácter de la información del Sistema de Seguridad Nacional

Conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los documentos y la información manejada por el Sistema de Seguridad Nacional quedan excluidos del derecho de acceso a la información pública. La contribución de recursos tendrá, en todo o en parte, el grado de clasificación que en cada caso corresponda.»

https://www.mpr.gob.es/servicios/participacion/audienciapublica/Paginas/apl-seguridad-nacional-informaci-n-p-blica.aspx

Un saludo.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 18:19

Ahora:

Artículo 28.- Participación del sector privado en la contribución de recursos a la Seguridad Nacional

1. Los ciudadanos y las personas jurídicas están sujetos al deber de colaborar, personal o materialmente, en la situación de interés para la Seguridad Nacional, en caso de requerimiento de la autoridad competente, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional o de la autoridad funcional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.4 de la Constitución y en los términos de esta ley.

2. En los casos de situación de interés para la Seguridad Nacional, cualquier persona, a partir de la mayoría de edad, estará obligada a la realización de las prestaciones personales que exijan las autoridades competentes, siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional o de la autoridad funcional, sin derecho a indemnización por esta causa, y al cumplimiento de las órdenes e instrucciones, generales o particulares, que aquellas establezcan.

Antes:

Artículo 29. Declaración de recursos para la Seguridad Nacional.

1. El Gobierno aprobará mediante real decreto la Declaración de Recursos que se podrán emplear en la situación de interés para la Seguridad Nacional prevista en esta ley. Dicho real decreto incluirá la relación de medios humanos y materiales, tanto públicos como privados, que procedan.

2. La disposición de recursos se efectuará mediante la adscripción al Sistema de Seguridad Nacional del personal, instalaciones y medios, según los planes activados para la situación de interés para la Seguridad Nacional prevista en esta ley. La adscripción de dichos recursos se realizará tal y como se establezca reglamentariamente, en coordinación con las Comunidades Autónomas.

3. Cualquier perjuicio que se ocasione como consecuencia de la declaración de recursos para la Seguridad Nacional dará lugar a la correspondiente indemnización, de acuerdo con lo dispuesto en las normas legales que resulten de aplicación y, en concreto, en los artículos 139 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que quieren reformar:

Esto:

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10389

Por esto:

https://www.mpr.gob.es/servicios/participacion/audienciapublica/Paginas/apl-seguridad-nacional-informaci-n-p-blica.aspx

Un saludo.
Última edición por Amra el 17 Mar 2022 18:56, editado 1 vez en total.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 18:42

¿Que son prestaciones personales?

Esto es lo que más me preocupa.

Hasta ahora eran recursos humanos no prestaciones personales.

Un saludo.
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Re: Ley de seguridad nacional disponer de los recursos privados.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 18:59

Esta ley excluye el pago de indemnización a quienes sean obligados a realizar una prestación personal.

Un saludo.
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Re: Ley de seguridad nacional prestaciones personales sin indemnización.

Mensajepor nap3 » 17 Mar 2022 19:18

Esto es como lo que intentaron en su día hacer con las mascarillas al principio, que las confiscaban en la aduana. El resultado es que nadie las importa después y el inútil gobierno se queda a dos velas igualmente porque disuade de proveerse a los que son capaces. No aprenden, son duros de mollera.

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Re: Ley de seguridad nacional prestaciones personales sin indemnización.

Mensajepor Amra » 17 Mar 2022 19:31

Esto es más serio quieren control total sobre las personas sin indemnización y capacidad de expropiación de energéticas sin ningún escrúpulo.

Un saludo.
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