Buenas!
Para arma corta son calibres de concurso casi todos desde el .22 hasta el .45. Para arma larga, cualquiera con un diámetro de proyectil entre 5.56 y 8 mm.
Otra cosa es que el reglamento particular de cada galería autorice el uso de cartuchos gordos - 0.357mag, .44mag, etc.
El cuadro:
https://www.mir.es/SGACAVT/derecho/anexo ... 6_2011.pdf
Saludos
...Ampliación de cupo.
Re: ...Ampliación de cupo.
Hola a todos,
Dentro de poco dispondré de una pistola para IPSC del calibre 38 super. En mi club me han comentado que la ampliacion de cupo no la dan así como así. Es cierto que en mi club venden un único tipo de 38 super, pero basandome en la teoria del caos, imagino que no será el ideal para mi arma.
Mi pregunta es la siguiente:
Que debo argumemtar para que la IA me conceda la preciada ampliación de cupo?
Existe algún argumento tan sólido que nadie pueda discutirlo? (ya me entendeis)
Gracias por vuestra atención y saludos cordiales.
Dentro de poco dispondré de una pistola para IPSC del calibre 38 super. En mi club me han comentado que la ampliacion de cupo no la dan así como así. Es cierto que en mi club venden un único tipo de 38 super, pero basandome en la teoria del caos, imagino que no será el ideal para mi arma.
Mi pregunta es la siguiente:
Que debo argumemtar para que la IA me conceda la preciada ampliación de cupo?
Existe algún argumento tan sólido que nadie pueda discutirlo? (ya me entendeis)
Gracias por vuestra atención y saludos cordiales.
Re: ...Ampliación de cupo.
Así quedo con la modificación que tuvo el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería en el año 2012
Art. 136
e. Si el particular en posesión de licencias A, B, D, E o F, deseara
adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos
anteriormente, he de estar provisto de un permiso especialexpedido por la Intervenció n de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto
de la Intervención territorial, cuya validez será de un año.
f. El número máximo de cartuchos que se puede autorizar a un
particular en cada autorización no podrá superar la cantidad de
10.000 del calibre 22 y 5.000 en total del resto de los calibres.
Una vez justificado el consumo podrán autorizarse nuevas
cantidades.
Un saludo
Art. 136
e. Si el particular en posesión de licencias A, B, D, E o F, deseara
adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos
anteriormente, he de estar provisto de un permiso especialexpedido por la Intervenció n de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto
de la Intervención territorial, cuya validez será de un año.
f. El número máximo de cartuchos que se puede autorizar a un
particular en cada autorización no podrá superar la cantidad de
10.000 del calibre 22 y 5.000 en total del resto de los calibres.
Una vez justificado el consumo podrán autorizarse nuevas
cantidades.
Un saludo
- jrdc1
- 375 HH Magnum
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Re: ...Ampliación de cupo.
Buenas!
Depende de como sean en tu intervención. En la mía, con decir que deseas usar munición no disponible en el club, y presentar un plan de consumo razonable - por calibre y semanas o meses - te la conceden. No tengo copia de la solicitud del aumento de cupo, pero en trámite de mejora me pidieron que justificara el gasto. Aporté esto:
[...] respecto a las deficiencias observadas en la solicitud de autorización especial para adquisición de cartuchería metálica, y que se comunican en trámite de mejora mediante el oficio XXXX/xxx número XXXX, que a continuación se reseñan:
• Debe aportar una previsión semanal aproximada del consumo que se va a realizar para cada uno de los calibres para los que peticiona la autorización especial de adquisición de cartuchería.
Aporta la información solicitada:
- Cal. .22lr:
Se prevee una sesión de entreno semanal, con un consumo medio por sesión de 100 cartuchos.
- Cal. 9x19:
Se prevee una sesión de entreno mensual, con un consumo medio por sesión de 100 cartuchos.
- Cal. .45ACP:
Se prevee una sesión de entreno mensual, con un consumo medio por sesión de 50 cartuchos.
Lo que hace un total bruto de 5.200, 1.200 y 600 cartuchos, respectivamente. Descontando períodos vacacionales y puntas de competición, se estima el consumo anual en los 5.000, 1.000 y 500 cartuchos solicitados en el calibre correspondiente.
Y me la concedieron sin problemas.
Saludos
Depende de como sean en tu intervención. En la mía, con decir que deseas usar munición no disponible en el club, y presentar un plan de consumo razonable - por calibre y semanas o meses - te la conceden. No tengo copia de la solicitud del aumento de cupo, pero en trámite de mejora me pidieron que justificara el gasto. Aporté esto:
[...] respecto a las deficiencias observadas en la solicitud de autorización especial para adquisición de cartuchería metálica, y que se comunican en trámite de mejora mediante el oficio XXXX/xxx número XXXX, que a continuación se reseñan:
• Debe aportar una previsión semanal aproximada del consumo que se va a realizar para cada uno de los calibres para los que peticiona la autorización especial de adquisición de cartuchería.
Aporta la información solicitada:
- Cal. .22lr:
Se prevee una sesión de entreno semanal, con un consumo medio por sesión de 100 cartuchos.
- Cal. 9x19:
Se prevee una sesión de entreno mensual, con un consumo medio por sesión de 100 cartuchos.
- Cal. .45ACP:
Se prevee una sesión de entreno mensual, con un consumo medio por sesión de 50 cartuchos.
Lo que hace un total bruto de 5.200, 1.200 y 600 cartuchos, respectivamente. Descontando períodos vacacionales y puntas de competición, se estima el consumo anual en los 5.000, 1.000 y 500 cartuchos solicitados en el calibre correspondiente.
Y me la concedieron sin problemas.
Saludos
Re: ...Ampliación de cupo.
La ampliación de cupo es en realidad una cartilla de racionamiento.
Se tenía que decir y se dijo.
Se tenía que decir y se dijo.
Re: ...Ampliación de cupo.
pilotoweb escribió:Hola a todos,
Dentro de poco dispondré de una pistola para IPSC del calibre 38 super. En mi club me han comentado que la ampliacion de cupo no la dan así como así. Es cierto que en mi club venden un único tipo de 38 super, pero basandome en la teoria del caos, imagino que no será el ideal para mi arma.
Mi pregunta es la siguiente:
Que debo argumemtar para que la IA me conceda la preciada ampliación de cupo?
Existe algún argumento tan sólido que nadie pueda discutirlo? (ya me entendeis)
Gracias por vuestra atención y saludos cordiales.
En mi caso, alegue que la municion de mi club no era la que daba mejor precisión con mi arma y que alguna veces solo tenian municion de ese calibre que intrerrumpia mi arma, ambas cosas que son ciertas y si me moleste en pedir la ampliacion de cupo (viajes a la IA, papeleo, esperas de dos o tres meses hasta que la conceden) es porque yo no recargo y se que municion me va bien sin problemas y se que la puedo comprar en armeria cuando la necesito y de paso algo mas barata que en mi club, que supongo que como en todos, sale mas cara siendo la misma.
*Si no vas a gastar mucha al año otra opcion es la que te han dicho, una carabina del calibre que vayas a usar en la pistola y ya tienes 1000 al año para la carabina y para la pistola.
Yo pedi un cupo lo mas ajustado a mis tiradas y el mismo agente me dijo que pidiera de sobra porque si no gastaba el cupo no pasaba nada, o sea, que no es obligatorio ni mucho menos gastar todo lo que pidas, cuando caduque pues lo que sobre se pierde y ya esta. Luego renuevas el cupo y vuelta a empezar, ya tengo pedido mi tercer cupo el problema es que hasta que no te caduca uno no puedes solicitar el nuevo y como tardan bastante ese tiempo te quedas sin poder comprar en armeria, salvo los 100 al año que te corresponden por la guia anual. Y es ahi donde el asterisco te salva hasta que te la concedan de nuevo...
Saludos
Saludos
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