Licencia para réplicas de armas históricas

Armas de fuego central, tiro de precisión, tiro olímpico...
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Amra » 28 Mar 2021 21:38

Te doy la razón compañero.

La "perra gorda" es la temporalidad, vieron que estaban concediendo licencias para toda la vida y que además se podían tener casi sin condiciones y las cortaron de raíz, primero en el 2014 las de cartucho metálico y ahora en el 2020 y en plena pandemia el resto.

Un saludo.
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Chinchu » 28 Mar 2021 21:41

Amra escribió:Te doy la razón compañero.

La "perra gorda" es la temporalidad, vieron que estaban concediendo licencias para toda la vida y que además se podían tener casi sin condiciones y las cortaron de raíz, primero en el 2014 las de cartucho metálico y ahora en el 2020 y en plena pandemia el resto.

Un saludo.


Yo estoy respondiendo a la pregunta del hilo, no a lo que me viene mejor. No entro a discernir sobre nada más.

Si quieres polemizar ve a discutir con otro o abre tu propio hilo.

Gracias.

Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Alf60 » 26 Mar 2021 22:50
Disculpad, pero es que estoy hecho un lío.
Qué licencia necesito para guiar un revólver de cartucho metálico de pólvora negra como un Schofield o un Cattleman?
Me sirve la AE que tengo actualmente para armas de avancarga?
Gracias

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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Amra » 29 Mar 2021 00:34

Chinchu escribió:Yo estoy respondiendo a la pregunta del hilo, no a lo que me viene mejor. No entro a discernir sobre nada más.

Si quieres polemizar ve a discutir con otro o abre tu propio hilo.




Ni polemizar, ni discutir, mi objetivo es llegar a una conclusión sobre un tema, todo lo que he dicho es cierto Chinchu y es interesante que se sepa.

¿Qué licencia necesito para guiar un revólver de cartucho metálico de pólvora negra como un Schofield o un Cattleman?.

Esta pregunta la he respondido claramente con cuatro opciones, las repito:

Para coleccionar en casa sin sacarlas:

Originales

Libro = Autorización de coleccionista de armas.

Replicas

Libro de replicas = Autorización de coleccionista de reproducciones o replicas de armas de fuego antiguas.

Para usarlas:

Originales

Uso pre 1890 originales y avancarga = AE o también llamada Autorización especial de coleccionista.

Replicas

Uso pre 1890 replicas cartucho metálico = AER o también llamada Autorización de uso de reproducciones o replicas de armas de fuego antiguas.

Luego tendríamos para todas siempre que sean arma de concurso

F

Un saludo.
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Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor PepePolo72 » 29 Mar 2021 11:43

Sr.Lobo escribió:
¿El libro de coleccionista de réplicas es distinto al libro de coleccionista de siempre?

Amra » 27 Mar 2021 23:16

Hola.
El libro de coleccionista después de la modificación del nuevo reglamento ya no es un libro de coleccionista, es una licencia como la F sin cupos y renovable cada cincos años (certificado medico), si alguien opina distinto estaría agradecido que lo comentara.
Un saludo.



Buenos días.

Esto es lo que figura en este momentos sobre el Libro de Coleccionista en la página de la Guardia Civil (entre otras muchas cosas):

"El Libro-Registro (L) será concedido por la Directora General de la Guardia Civil y tiene una validez indefinida.

La vigencia de las autorizaciones estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas."

Un saludo.
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Amra » 29 Mar 2021 11:54

Buenos días.

Esto es lo que dice el ultimo B.O.E del 2020:

Treinta y siete. Los apartados a) y e) del artículo 107 del Reglamento de Armas queda redactado del siguiente modo:

«a) No precisarán licencia las armas de avancarga ni las demás armas de fuego antiguas, históricas o artísticas que sean inscritas en los Libros-Registro a que se refiere el apartado siguiente y que sean conservadas en museos autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior o en armeros de los que sean titulares los coleccionistas u organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas, autorizados como tales por la Dirección General de la Guardia Civil. Las autorizaciones se efectuarán en procedimientos instruidos a solicitud de los interesados por la Dirección General de la Guardia Civil, previa aportación de los documentos e informes del artículo 97.1 y la acreditación de la adecuación de los inmuebles y armeros correspondientes para la guarda de las armas, y de la adopción de las medidas de seguridad necesarias para su custodia, que habrán de ser consideradas suficientes por dicha Dirección General. La correspondiente Intervención de Armas y Explosivos podrá comprobar en todo momento la presencia de las armas y la eficacia de las medidas de seguridad adoptadas.

La validez de estas autorizaciones está supeditada al mantenimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento de conformidad con el artículo 97.5, debiendo ser visadas cada cinco años por la Intervención de Armas y Explosivos, previa aportación por el interesado de un informe favorable de aptitudes psíquicas y físicas expedido por un centro de reconocimiento autorizado

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-9134

Un saludo.
Última edición por Amra el 29 Mar 2021 12:19, editado 1 vez en total.
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Amra » 29 Mar 2021 12:06

Para avancarga todo sigue más o menos igual, lo que han tocado es cartucho metálico y coleccionismo, en el 2014 las replicas y en el 2020 las originales.

En avancarga todo es más o menos esto, muy parecido a lo de siempre:

https://www.avancarga.com/10_dudas_frecuentes/index_dudas.htm

Por cierto cada intervención, autonomía, ciudad es un mundo, las solicitudes ademas son personalizadas, estudian cada caso individualmente, las armas están cada vez más reguladas y NO son nuestras, nos las dejan tener durante un tiempo en una sociedad la nuestra cada vez mas anti armas.

Yo no me quejo, pero las cosas SI que están cambiando, en TODOS los ámbitos de la sociedad.

Un saludo.
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor PepePolo72 » 29 Mar 2021 14:22

Amra escribió:Buenos días.

Esto es lo que dice el ultimo B.O.E del 2020:

Treinta y siete. Los apartados a) y e) del artículo 107 del Reglamento de Armas queda redactado del siguiente modo:

«a) No precisarán licencia las armas de avancarga ni las demás armas de fuego antiguas, históricas o artísticas que sean inscritas en los Libros-Registro a que se refiere el apartado siguiente y que sean conservadas en museos autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior o en armeros de los que sean titulares los coleccionistas u organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas, autorizados como tales por la Dirección General de la Guardia Civil. Las autorizaciones se efectuarán en procedimientos instruidos a solicitud de los interesados por la Dirección General de la Guardia Civil, previa aportación de los documentos e informes del artículo 97.1 y la acreditación de la adecuación de los inmuebles y armeros correspondientes para la guarda de las armas, y de la adopción de las medidas de seguridad necesarias para su custodia, que habrán de ser consideradas suficientes por dicha Dirección General. La correspondiente Intervención de Armas y Explosivos podrá comprobar en todo momento la presencia de las armas y la eficacia de las medidas de seguridad adoptadas.

La validez de estas autorizaciones está supeditada al mantenimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento de conformidad con el artículo 97.5, debiendo ser visadas cada cinco años por la Intervención de Armas y Explosivos, previa aportación por el interesado de un informe favorable de aptitudes psíquicas y físicas expedido por un centro de reconocimiento autorizado

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-9134

Un saludo.


Hola.

No te contradigo ni pido que repitas el contenido del Boe. Solo que has puesto que si alguien dice otra cosa agradeces la información y simplemente te he puesto lo que dice la página de la Guardia Civil en el día de hoy. No lo digo yo, lo dice la página de la Guardia Civil.

Un saludo.
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Amra » 29 Mar 2021 15:23

PepePolo72 escribió:si alguien dice otra cosa agradeces la información y simplemente te he puesto lo que dice la página de la Guardia Civil en el día de hoy. No lo digo yo, lo dice la página de la Guardia Civil.

Un saludo.


Muchas gracias compañero PepePolo72, el problema es que por desgracia la información de la que disponemos los ciudadanos es muy confusa y se presta a diferentes interpretaciones, por eso comento lo de las diferentes autonomías, etc.

La información que interpreto yo es que a partir del nuevo reglamento de armas del 2020, el libro de coleccionista se tiene que renovar y que esa periodicidad es cada cinco años sujeta a certificado medico aunque no las uses, esto es lo que alguien me gustaría que aclarase si es cierto ó yo lo interpreto erróneamente.

Resumiendo el libro de coleccionista y sus autorizaciones especiales son casi una F desde el 2020 y para las replicas de cartucho metálico desde el 2014, excepto para avancarga que más ó menos sigue igual.

Mi interés no es por mi, es por los nuevos, la verdad siempre queremos que nuestras armas acaben en manos cercanas, no en la chatarra, pero parece que cada día esta más difícil que no acaben en ella.

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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor kikeformad » 29 Mar 2021 16:10

Amra escribió:Resumiendo el libro de coleccionista y sus autorizaciones especiales son casi una F desde ....


Te sobra el “y”. La Autorización de Coleccionista de Armas es una cosa y otra son las Autorizaciones con las que la estás equiparando. Las armas se anotan en el Libro de Coleccionista y no se pueden usar, sean pre1890 ó históricas posteriores.
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor LACCART » 29 Mar 2021 16:27

Alf60 escribió:Disculpad, pero es que estoy hecho un lío.
Qué licencia necesito para guiar un revólver de cartucho metálico de pólvora negra como un Schofield o un Cattleman?
Me sirve la AE que tengo actualmente para armas de avancarga?
Gracias


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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Amra » 29 Mar 2021 21:05

kikeformad escribió:
Amra escribió:Resumiendo el libro de coleccionista y sus autorizaciones especiales son casi una F desde ....


Te sobra el “y”. La Autorización de Coleccionista de Armas es una cosa y otra son las Autorizaciones con las que la estás equiparando. Las armas se anotan en el Libro de Coleccionista y no se pueden usar, sean pre1890 ó históricas posteriores.


Hola.

Es muy simple, ¿El libro actual necesita ser renovado cada cinco años?, si es que si para mi es una licencia como la F a efectos prácticos, con sus diferencias pero muy similares.

El coleccionismo y el tiro desde el 2020 están totalmente unidos, como pasa en otros países y aquí no pasaba hasta ahora.

Por ejemplo Bélgica:

BELGICA

Ley o reglamento contempla coleccionismo: SI.

Licencia específica coleccionista: SI.

Requisitos de licencia: Mayor de 18 años, libre antecedentes penales, no sujeto a confinamiento psiquiátrico, examen de conocimiento de la legislación, examen de conocimiento y manejo de armas, certificado médico que posee capacidad de manejo de armas y no es un peligro para él y otros, motivación de las seis admitidas en Bélgica.

Tipos de licencia de coleccionista: N/A.

Duración licencia coleccionista: El PERMISO de posesión de armas es de por vida. Pero se deben pagar tasas cada 5 años, para comprobar que sigue cumpliendo los requisitos.

Examen coleccionista: NO.

Plan del coleccionista: Si. La colección debe tener un objetivo definido, por ejemplo armas manufacturadas entre 1945-1990, armas manufacturadas por Browning, armas con una determinada característica, armas usadas durante un conflicto, autorizado por el Gobernador de la Provincia. El plan debe recoger varios matices: históricos, culturales, técnicos, científicos, etc.

Club del coleccionista: NO es obligatorio. Aunque nos indican que la pertenencia al mismo ayuda a la concesión de la misma.

Coleccionismo de armas automáticas: Sí, pero sólo las manufacturadas hasta 1945.

Número máximo de armas en colección: NO existe un límite de armas a coleccionar.

Compra obligatoria de armas: Para presentar la petición de coleccionista debe demostrar que al menos ya tiene cinco pistolas autorizadas.

Compra de munición y Uso: NO PUEDEN SER USADAS PARA TIRO O CAZA, pero si se puede disparar con ellas en el campo de tiro con munición comprada en el mismo para el mantenimiento de las armas, una vez al año.

Condiciones de almacenamiento: Las presentes medidas son para lugares que almacenen 30 o más armas de fuego, coleccionistas y otros, exceptuando museos (tendrán sus medidas de seguridad consensuadas policía al estar muchos de ellos en edificios históricos). Cerradura de seguridad en la puerta de acceso en donde están confinadas las armas, enrejado ventanas planta baja, alarma activa durante las ausencias y durante la noche, extintor y señalización al mismo.

NOTAS: Armas de venta libre y armas históricas (ARMAS ANTIGUAS). Basta con ser mayor de 18 años. Todas las armas de pólvora negra patentadas hasta 1897 y las de cartucho metálico patentadas antes de 1890 y manufacturadas antes de 1945 (las réplicas modernas, manufacturadas posteriormente a 1945 requieren autorización). No se venden a extranjeros que no tengan licencia de importación - exportación. PROHIBIDA LA VENTA DE MUNICION PARA ESTAS ARMAS.

LINK Legislación BELGA: http://justice.belgium.be/fr/themes_et_dossiers/securite_et_criminalite/armes/autorisations/collectionneurs/
http://www.wapenunie.be/portaal/verzamelaars/erkenning-voor-verzamelaars

Y muchos otros.

Un saludo.
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor kikeformad » 29 Mar 2021 21:25

Amra escribió:
kikeformad escribió:
Amra escribió:Resumiendo el libro de coleccionista y sus autorizaciones especiales son casi una F desde ....


Te sobra el “y”. La Autorización de Coleccionista de Armas es una cosa y otra son las Autorizaciones con las que la estás equiparando. Las armas se anotan en el Libro de Coleccionista y no se pueden usar, sean pre1890 ó históricas posteriores.


Hola.

Es muy simple, ¿El libro actual necesita ser renovado cada cinco años?, si es que si para mi es una licencia como la F a efectos prácticos, con sus diferencias pero muy similares.

El coleccionismo y el tiro desde el 2020 están totalmente unidos, como pasa en otros países y aquí no hasta ahora.

Por ejemplo Belgica:

BELGICA

Ley o reglamento contempla coleccionismo: SI.

Licencia específica coleccionista: SI.

Requisitos de licencia: Mayor de 18 años, libre antecedentes penales, no sujeto a confinamiento psiquiátrico, examen de conocimiento de la legislación, examen de conocimiento y manejo de armas, certificado médico que posee capacidad de manejo de armas y no es u peligro para él y otros, motivación de las seis admitidas en Bélgica.

Tipos de licencia de coleccionista: N/A.

Duración licencia coleccionista: El PERMISO de posesión de armas es de por vida. Pero se deben pagar tasas cada 5 años, para comprobar que sigue cumpliendo los requisitos.

Examen coleccionista: NO.

Plan del coleccionista: Si. La colección debe tener un objetivo definido, por ejemplo armas manufacturadas entre 1945-1990, armas manufacturadas por Browning, armas con una determinada característica, armas usadas durante un conflicto, autorizado por el Gobernador de la Provincia. El plan debe recoger varios matices: históricos, culturales, técnicos, científicos, etc.

Club del coleccionista: NO es obligatorio. Aunque nos indican que la pertenencia al mismo ayuda a la concesión de la misma.

Coleccionismo de armas automáticas: Sí, pero sólo las manufacturadas hasta 1945.
Número máximo de armas en colección: NO existe un límite de armas a coleccionar.
Compra obligatoria de armas: Para presentar la petición de coleccionista debe demostrar que al menos ya tiene cinco pistolas autorizadas.

Compra de munición y Uso: NO PUEDEN SER USADAS PARA TIRO O CAZA, pero si se puede disparar con ellas en el campo de tiro con munición comprada en el mismo para el mantenimiento de las armas, una vez al año.
Condiciones de almacenamiento: Las presentes medidas son para lugares que almacenen 30 o más armas de fuego, coleccionistas y otros, exceptuando museos (tendrán sus medidas de seguridad consensuadas policía al estar muchos de ellos en edificios históricos). Cerradura de seguridad en la puerta de acceso en donde están confinadas las armas, enrejado ventanas planta baja, alarma activa durante las ausencias y durante la noche, extintor y señalización al mismo.

NOTAS: Armas de venta libre y armas históricas (ARMAS ANTIGUAS). Basta con ser mayor de 18 años. Todas las armas de pólvora negra patentadas hasta 1897 y las de cartucho metálico patentadas antes de 1890 y manufacturadas antes de 1945 (las réplicas modernas, manufacturadas posteriormente a 1945 requieren autorización). No se venden a extranjeros que no tengan licencia de importación - exportación. PROHIBIDA LA VENTA DE MUNICION PARA ESTAS ARMAS.

LINK Legislación BELGA: http://justice.belgium.be/fr/themes_et_dossiers/securite_et_criminalite/armes/autorisations/collectionneurs/
http://www.wapenunie.be/portaal/verzamelaars/erkenning-voor-verzamelaars


Un saludo.

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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Amra » 29 Mar 2021 21:30

Ok.

En términos generales en la mayoría de los países la licencia es concedida de por vida y en los que no, es cada cinco años, como ahora España.

En HOLANDA por motivos recaudatorios es de concesión anual, pero es una excepción.

Debería ser duración de por vida, como era el anterior libro del coleccionista.

Muchas gracias.

Un saludo.
Última edición por Amra el 29 Mar 2021 21:32, editado 1 vez en total.
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Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor PepePolo72 » 29 Mar 2021 21:32

Amra escribió:
PepePolo72 escribió:si alguien dice otra cosa agradeces la información y simplemente te he puesto lo que dice la página de la Guardia Civil en el día de hoy. No lo digo yo, lo dice la página de la Guardia Civil.

Un saludo.


Muchas gracias compañero PepePolo72, el problema es que por desgracia la información de la que disponemos los ciudadanos es muy confusa y se presta a diferentes interpretaciones, por eso comento lo de las diferentes autonomías, etc.

La información que interpreto yo es que a partir del nuevo reglamento de armas del 2020, el libro de coleccionista se tiene que renovar y que esa periodicidad es cada cinco años sujeta a certificado medico aunque no las uses, esto es lo que alguien me gustaría que aclarase si es cierto ó yo lo interpreto erróneamente.

Resumiendo el libro de coleccionista y sus autorizaciones especiales son casi una F desde el 2020 y para las replicas de cartucho metálico desde el 2014, excepto para avancarga que más ó menos sigue igual.

Mi interés no es por mi, es por los nuevos, la verdad siempre queremos que nuestras armas acaben en manos cercanas, no en la chatarra, pero parece que cada día esta más difícil que no acaben en ella.

Un saludo.


Hola.

Pues yo interpreto que las autorizaciones o libros concedidos antes de la modificación mantienen su vigencia indefinida, pues la citada modificación no establece régimen transitorio alguno para las autorizaciones concedidas antes de la modificación que deriven en la revisión quinquenal, ni tampoco declara su carácter retroactivo. Por todo ello entiendo que las autorizaciones vitalicias (siempre y cuando sigan manteniéndose los requisitos que motivaron su concesión, etc., etc.,...) continuan en las mismas condiciones, teniendo los concedidos a partir de la vigencia de la modificación, las condiciones contenidas en ésta última.

Un saludo.
Última edición por PepePolo72 el 30 Mar 2021 10:03, editado 1 vez en total.
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Amra » 29 Mar 2021 21:36

PepePolo72 escribió:Pues yo interpreto que las autorizaciones o libros concedidos antes de la modificación mantienen su vigencia indefinida, pues la modificación no establece régimen transitorio alguna para las autorizaciones concedidas antes de la modificación que deriven en la revisión quiquenal, ni tampoco declara su carácter retroactivo. Por todo ello entiendo que las autorizaciones vitalicias (siempre y cuando sigan manteniéndose los requisitos que motivaron su concesión, etc., etc.,...) continuan en las mismas condiciones, teniendo los concedidos a partir de la vigencia de la modificación, las condiciones contenidas en ésta última.

Un saludo.


Efectivamente esa es la pregunta, es así ó no lo es, me parece que ya no y desde luego asociar certificado medico para armas en libro cada cinco años, es condición entendible por supuesto, pero es asimilar a licencias de armas en tiro que es la similitud que yo veo con la F.

Gracias.

Un saludo.
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor kikeformad » 29 Mar 2021 21:50

PepePolo72 escribió:
Amra escribió:
PepePolo72 escribió:si alguien dice otra cosa agradeces la información y simplemente te he puesto lo que dice la página de la Guardia Civil en el día de hoy. No lo digo yo, lo dice la página de la Guardia Civil.

Un saludo.


Muchas gracias compañero PepePolo72, el problema es que por desgracia la información de la que disponemos los ciudadanos es muy confusa y se presta a diferentes interpretaciones, por eso comento lo de las diferentes autonomías, etc.

La información que interpreto yo es que a partir del nuevo reglamento de armas del 2020, el libro de coleccionista se tiene que renovar y que esa periodicidad es cada cinco años sujeta a certificado medico aunque no las uses, esto es lo que alguien me gustaría que aclarase si es cierto ó yo lo interpreto erróneamente.

Resumiendo el libro de coleccionista y sus autorizaciones especiales son casi una F desde el 2020 y para las replicas de cartucho metálico desde el 2014, excepto para avancarga que más ó menos sigue igual.

Mi interés no es por mi, es por los nuevos, la verdad siempre queremos que nuestras armas acaben en manos cercanas, no en la chatarra, pero parece que cada día esta más difícil que no acaben en ella.

Un saludo.


Hola.

Pues yo interpreto que las autorizaciones o libros concedidos antes de la modificación mantienen su vigencia indefinida, pues la modificación no establece régimen transitorio alguna para las autorizaciones concedidas antes de la modificación que deriven en la revisión quiquenal, ni tampoco declara su carácter retroactivo. Por todo ello entiendo que las autorizaciones vitalicias (siempre y cuando sigan manteniéndose los requisitos que motivaron su concesión, etc., etc.,...) continuan en las mismas condiciones, teniendo los concedidos a partir de la vigencia de la modificación, las condiciones contenidas en ésta última.

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Correcto Pepe. ...
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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor Amra » 30 Mar 2021 10:12

Buenos días.

Muchas gracias.

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Re: Licencia para réplicas de armas históricas

Mensajepor ferdelrio » 07 Nov 2022 17:22

cual es la instancia para solicitar el AER?


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