>>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
>>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
HOLA
buenos días
una cosa que tiene el reglamento de armas es que todo lo deja claro
pero lo que no deja claro es cuanta munición de 22lr se puede tener en casa
deja claro la munición de la licencia D los cartuchos que se pueden tener con la licencia E
y hasta la que se puede tener con la F
yo pienso que como no dice cuantas armas largas raya de caza aparadas con la licencia D
tiene que pasar lo mismo con la munición del 22lr
buenos días
una cosa que tiene el reglamento de armas es que todo lo deja claro
pero lo que no deja claro es cuanta munición de 22lr se puede tener en casa
deja claro la munición de la licencia D los cartuchos que se pueden tener con la licencia E
y hasta la que se puede tener con la F
yo pienso que como no dice cuantas armas largas raya de caza aparadas con la licencia D
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Si no recuerdo mal puedes tener 5000 semimetalicos, y 200 de cartucheria metalica (el 22lr es cartucheria metalica) con la licencia F 150 de cartucheria metalica, pero los limites no son acumulables, asi que 5000 semimetalicos y 200 metalicos contando los del 22 en total si tienes la D.
Saludos
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Son 150 en total de metálica de arma corta o 200 de arma larga, incluyendo 22 LR. Por tanto, si tienes una pistola y una carabina del 22 LR entra en la interpretación del Interventor.
Beati Hispani quibus bibere vivere est.
Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
yo sinceramente ahí hay una laguna
por que dejan claro la actividad de cartuchos de escopeta que esta amparada con la licencia E
no puedes amparar una munición que esta amparada con la licencia E ponerle un limite con munición de caza
cuando deja claro el reglamento que es munición de 22 americano de tiro deportivo
por que dejan claro la actividad de cartuchos de escopeta que esta amparada con la licencia E
no puedes amparar una munición que esta amparada con la licencia E ponerle un limite con munición de caza
cuando deja claro el reglamento que es munición de 22 americano de tiro deportivo
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
YUNK escribió:HOLA
buenos días
una cosa que tiene el reglamento de armas es que todo lo deja claro
pero lo que no deja claro es cuanta munición de 22lr se puede tener en casa
deja claro la munición de la licencia D los cartuchos que se pueden tener con la licencia E
y hasta la que se puede tener con la F
yo pienso que como no dice cuantas armas largas raya de caza aparadas con la licencia D
tiene que pasar lo mismo con la munición del 22lr
Independientemente de lo expuesto por los compañeros, la respuesta a tu pregunta es: en ningún lado del Reglamento de Armas.
La tenencia se cartuchos se regula en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ARTÍCULOS PIROTÉCNICOS Y CARTUCHERÍA (BOE núm. 267, de 7 de noviembre).
https://www.boe.es/eli/es/rd/2015/10/30/989/con
Si se pueden tener 150 ó 200 cartuchos dependiendo de la combinación de armas y licencias que tengas, no lo tengo claro. Si tienes licencia (edito) D, E y F y te quieres mantener en lo seguro, no almacenes más de 150 en total. Aunque tener 150 del 22lr para la pistola y 50 del 308 (por ejemplo) para el rifle, se podría considerar legal, bajo mi punto de vista.
Lo malo es si tienes carabina y pistola, ambos del 22: ¿seria válido decir que tienes 50 para la primera y los otros 150 para la segunda? ¿O podrías decir que son todas para la carabina? Lo cierto es que puedes compraren armería 200 cartuchos con la guía de carabina 22 sin problema...
En cualquier caso, ¿se sabe de alguien a quien hayan inspeccionado o multado por tener UNA caja de 50 cartuchos del .22LR de más ?
Saludos cordiales.
"Nasío pá tirar"
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Sí. Hace tiempo lo explicó un compañero. Si te hacen una inspección, una bala del 22 cuenta como una del 300.
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Bueno, la pregunta era si son frecuentes, aleatorias o si se hacen por alguna sospecha.
También -solo por curiosidad, yo cumplo los límites de sobra
- si han de avisar de la inspección o son por sorpresa, tipo “redada antidroga” con derribo de puerta...
Saludos.
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Chemi _Refogs escribió:YUNK escribió:HOLA
buenos días
una cosa que tiene el reglamento de armas es que todo lo deja claro
pero lo que no deja claro es cuanta munición de 22lr se puede tener en casa
deja claro la munición de la licencia D los cartuchos que se pueden tener con la licencia E
y hasta la que se puede tener con la F
yo pienso que como no dice cuantas armas largas raya de caza aparadas con la licencia D
tiene que pasar lo mismo con la munición del 22lr
Independientemente de lo expuesto por los compañeros, la respuesta a tu pregunta es: en ningún lado del Reglamento de Armas.
La tenencia se cartuchos se regula en el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ARTÍCULOS PIROTÉCNICOS Y CARTUCHERÍA (BOE núm. 267, de 7 de noviembre).
https://www.boe.es/eli/es/rd/2015/10/30/989/con
Si se pueden tener 150 ó 200 cartuchos dependiendo de la combinación de armas y licencias que tengas, no lo tengo claro. Si tienes licencia (edito) D, E y F y te quieres mantener en lo seguro, no almacenes más de 150 en total. Aunque tener 150 del 22lr para la pistola y 50 del 308 (por ejemplo) para el rifle, se podría considerar legal, bajo mi punto de vista.
Lo malo es si tienes carabina y pistola, ambos del 22: ¿seria válido decir que tienes 50 para la primera y los otros 150 para la segunda? ¿O podrías decir que son todas para la carabina? Lo cierto es que puedes compraren armería 200 cartuchos con la guía de carabina 22 sin problema...
En cualquier caso, ¿se sabe de alguien a quien hayan inspeccionado o multado por tener UNA caja de 50 cartuchos del .22LR de más ?
Saludos cordiales.
bueno las inspecciones sorpresas pueden ir a casa de cualquiera
la cosa es quien le va a dar permiso a entrar
si el dueño de la casa no se lo da
haya la opción de una judicial
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Si se presentan con orden judicial en tu casa es porque tienes y lo saben algun cartucho mas que 200 y alguna otra cosa...
Teniendo una arma larga en el armero, 200 cartuchos metalicos en tota si es el mismo calibre que la corta. Si son distintos calibres no pasarse de 150 para la corta y hasta completar los 200 para larga.

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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Fulminante escribió:Si se presentan con orden judicial en tu casa es porque tienes y lo saben algun cartucho mas que 200 y alguna otra cosa...![]()
Teniendo una arma larga en el armero, 200 cartuchos metalicos en tota si es el mismo calibre que la corta. Si son distintos calibres no pasarse de 150 para la corta y hasta completar los 200 para larga.



Eso me parece a mí, que no van a ir sólo por ver si hay una cajita de más...

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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Sobre el tema de las inspecciones en domicilio he reflexionado en alguna ocasión, y creo que, a la luz del RA leído siempre con la Constitución en la mente, tú tienes perfecto derecho a no dejarles pasar si no traen orden judicial. Eso sí, ante tu falta de colaboración y la imposibilidad de verificar si cumples lo dispuesto en el RA, ellos tienen perfecto derecho a suspenderte o revocar tus licencias y requerir que deposites tus armas en la IA a la voz de ya. Y todo ello sin necesidad de entrar en tu casa.
Una cosa por otra...
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
JJWinchester escribió:Sobre el tema de las inspecciones en domicilio he reflexionado en alguna ocasión, y creo que, a la luz del RA leído siempre con la Constitución en la mente, tú tienes perfecto derecho a no dejarles pasar si no traen orden judicial. Eso sí, ante tu falta de colaboración y la imposibilidad de verificar si cumples lo dispuesto en el RA, ellos tienen perfecto derecho a suspenderte o revocar tus licencias y requerir que deposites tus armas en la IA a la voz de ya. Y todo ello sin necesidad de entrar en tu casa.
Una cosa por otra...
es imposible hacerlo si no has cometido un delito y no dijo un delito con las armas
lo único que te pueden hacer es multarte y suspenderte la licencia máximo 6 meses
El impedimento o la omisión de la colaboración obligatoria para la realización de los controles e inspecciones prevenidos sobre la fabricación, reparación, almacenamiento, distribución, comercio, tenencia y utilización, con multas de 300,51 € a 30.050,61 €, conjunta o alternativamente con suspensión temporal de hasta seis meses de duración, si se trata de armas de defensa personal, de armas de vigilancia y guardería, de armas largas rayadas o de armas largas de ánima lisa.
Última edición por YUNK el 21 Mar 2021 12:37, editado 1 vez en total.
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
YUNK escribió:si lo quieres consultar esta aquí
http://www.interior.gob.es/web/servicio ... ancionador
Ok, lo dejamos solo en multazo y suspensión, no revocación, pero las armas las tienes que depositar igualmente. Y dudo que con esos antecedentes te renueven las licencias. Está claro quién tiene la sartén por el mango.
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
JJWinchester escribió:YUNK escribió:si lo quieres consultar esta aquí
http://www.interior.gob.es/web/servicio ... ancionador
Ok, lo dejamos solo en multazo y suspensión, no revocación, pero las armas las tienes que depositar igualmente. Y dudo que con esos antecedentes te renueven las licencias. Está claro quién tiene la sartén por el mango.
es que cuando te suspenden la licencia no tienes que renovarla otra vez simplemente a los 6 meses te quitan la suspensión automáticamente y te tienen que devolver las armas
si la Guardia Civil (en general fuerzas y cuerpos de seguridad del estado) son unos opresores y lo único que intentan es joder a la gente
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Buenas!
Te devuelven las armas. Al dia siguiente, inspección. Te niegas. Suspensión de licencia, depósito de las armas y 6 meses màs. Y así hasta la caducidad. Y en la solicitud de renovación, informe denegatorio por incumplimiento del RA.
Todo, por no respetar las condiciones aceptadas en el momento de solicitar la licencia F.
Saludos.
YUNK escribió:JJWinchester escribió:YUNK escribió:si lo quieres consultar esta aquí
http://www.interior.gob.es/web/servicio ... ancionador
Ok, lo dejamos solo en multazo y suspensión, no revocación, pero las armas las tienes que depositar igualmente. Y dudo que con esos antecedentes te renueven las licencias. Está claro quién tiene la sartén por el mango.
es que cuando te suspenden la licencia no tienes que renovarla otra vez simplemente a los 6 meses te quitan la suspensión automáticamente y te tienen que devolver las armas
si la Guardia Civil (en general fuerzas y cuerpos de seguridad del estado) son unos opresores y lo único que intentan es joder a la gente
Te devuelven las armas. Al dia siguiente, inspección. Te niegas. Suspensión de licencia, depósito de las armas y 6 meses màs. Y así hasta la caducidad. Y en la solicitud de renovación, informe denegatorio por incumplimiento del RA.
Todo, por no respetar las condiciones aceptadas en el momento de solicitar la licencia F.
Saludos.
Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
jrdc1 escribió:Buenas!YUNK escribió:JJWinchester escribió:
Ok, lo dejamos solo en multazo y suspensión, no revocación, pero las armas las tienes que depositar igualmente. Y dudo que con esos antecedentes te renueven las licencias. Está claro quién tiene la sartén por el mango.
es que cuando te suspenden la licencia no tienes que renovarla otra vez simplemente a los 6 meses te quitan la suspensión automáticamente y te tienen que devolver las armas
si la Guardia Civil (en general fuerzas y cuerpos de seguridad del estado) son unos opresores y lo único que intentan es joder a la gente
Te devuelven las armas. Al dia siguiente, inspección. Te niegas. Suspensión de licencia, depósito de las armas y 6 meses màs. Y así hasta la caducidad. Y en la solicitud de renovación, informe denegatorio por incumplimiento del RA.
Todo, por no respetar las condiciones aceptadas en el momento de solicitar la licencia F.
Saludos.
hombre eso tiene mas sentido
aunque a la primera que te suspendan la licencia si tenias algo que no querías que vieran
pues cuando te devuelvan las armas antes de esos guardas todo prohibido y oscuro (jajajajajajaaaa)en otra parte de tu casa
por que cuando van a revisarte que todo esta en orden van de la puerta de tu casa a donde estén tus armas guardadas
y con que tengas una balas y unos cuantos cartuchos ahí ya les vale
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Re: >>>22lr donde deja claro en el reglamento de armas la cantidad máxima de munición que podemos tener en casa<<<
Hay algo de las supuestas inspecciones en los domicilios que nunca he entendido. Partiendo de que no he conocido ningún caso de inspección rutinaria de armas en un domicilio, eso para empezar...
Para que una inspección fuera efectiva, debería ser sopresa. Obviamente una insepcción con fecha acordada difícilmente encontraría cosas raras.
¿Pero como haces una inspección sorpresa en un domicilio? Hay muchas posibilidades de que el propietario no esté, porque esté trabajando, en el supermercado, tomando unas cervezas, de fin de semana en la playa...
Una inspección de trabajo es lógica porque un negocio tiene un horario de apertura conocido. Pero eso de inspección en el domicilio tiene algo de base ya que chirría, ¿no?
Para que una inspección fuera efectiva, debería ser sopresa. Obviamente una insepcción con fecha acordada difícilmente encontraría cosas raras.
¿Pero como haces una inspección sorpresa en un domicilio? Hay muchas posibilidades de que el propietario no esté, porque esté trabajando, en el supermercado, tomando unas cervezas, de fin de semana en la playa...
Una inspección de trabajo es lógica porque un negocio tiene un horario de apertura conocido. Pero eso de inspección en el domicilio tiene algo de base ya que chirría, ¿no?
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