Barret1270_ escribió:Lanzo otra pregunta:
Los suboficiales/oficiales por su condición, obtienen automáticamente la licencia una vez han salido de la academia
¿Es correcto?
Saludos

Si mi memoria no me engaña, en el ejército tienes derecho a obtener la licencia de tipo A, a partir de que la escala de suboficiales; por descontado la de oficiales.
La Licencia tipo A es única y tiene equivalencia como licencia de armas tipo B, de defensa personal, tipo D, de armas largas rayadas de caza mayor, tipo E, de escopetas y carabinas del .22 l.r., tipo AE avancarga y tipo F, de concurso. Lógicamente haciendo las correspondientes gestiones, según los requisitos que te marque el ejército.
Independientemente de que la A tenga rango general, para tener armas de concurso te pedirán haber hecho el preceptivo curso federativo. Del mismo modo no se puede cazar, aunque tengas armas de caza, sin los correspondientes permisos administrativos, pero esto ya es de la ley de caza de cada comunidad autónoma, en cada una de las cuales se exige un exámen de caza, legislación, especies, etc. la primer vez y que una vez hecho es universal y vale para otras comunidades autónomas.
En ningún caso quedan amparadas las armas de guerra, automáticas o de calibres de guerra a título personal, sólo te pueden asignar ese tipos de armas en el ejercicio de tu actividad. (por ejemplo, no puedes tener un G36 como los del ejército, pero sí podrías tener su versión civil, en calibre civil y tiro semiautomático, y sólo para uso en polígonos de tiro deportivo o para cazar, según el caso)
saludos,