Tema vidrioso donde lo haya, y en el que, POR DESGRACIA, campa a sus anchas la inseguridad jurídica.
El tema, por resumirlo de forma coloquial y asequible, viene a establecer que "no se deben matar las moscas a cañonazos", o si se prefiere, es un principio que busca desterrar lo que podremos llamar "reacciones desmedidas" o sobreactuaciones que, en teoría, hagan más daño que el bien que se intenta proteger.
Hasta aquí, nada que objetar, parece lógico y no parece mala cosa el establecer dicho principio. Pero... y éste es el drama, viene el meollo de la cuestión:
1) dicha "proporcionalidad" en qué parámetros la establecemos, porque no es lo mismo si centramos el asunto en los bienes jurídicos (vida, integridad física o salud incluidos) que si lo hacemos en "los medios" empleados en defensa de los bienes que se tratan de proteger frente a los que se emplean para agredirlos o vulnerarlos.
No es de recibo meterle un "treintayochazo" entre las cejas a un chavalote que salta una barrera del metro... pero, tampoco lo es aguantar la cuchillada de un elemento que pretende violar a tu hija sin sacar el "38" y explicarle de qué lado sopla el aire.
En el primer caso, sin duda, la respuesta del segurata del metro es "desproporcionada" a todas luces y merecedora del reproche jurídico y responsabilidades correspondientes. En el segundo caso, si como apuntaba, el bien a "ponderar" es la integridad física de uno y de su hija, con peligro cierto de perder la vida... pues la proporción, entiendo, se da de manera más que evidente.
2) El problema está, como se apunta, en que dicha "proporcionalidad" es un terreno que, por desgracia, no es blanco ni negro, ni siquiera de un tono gris definido, sino que depende en buena medida de lo que pueda, llegado el caso, "estimar su señoría"... y así nos luce el pelo.
En el caso que apuntaba el compañero, y si nos fijamos en la entidad de los bienes jurídicos a defender (la vida de tu abuela, para entendernos) el que la buena señora saque su bate de beisbol y le dé la primera en la frente para que no cojee el tiñalpa de la navaja, debiera ser no sólo "proporcional", sino loable (¡¡Bien, bravo por la vieja!! si se me permite decirlo

)
En resumen, debiera establecerse esa proporcionalidad NO EN LOS INSTRUMENTOS, sino en LOS BIENES JURÍDICOS EN CONFLICTO y LOS RIESGOS QUE LOS AMENAZAN. Cuando la amenaza es, de manera indubitada, con riesgo de la propia vida... no hay "medio" que no se entienda "proporcional" desde el punto de vista más elemental y práctico.
El que no siempre se contemplen así los hechos, sólo tiene dos posibles explicaciones: la falta de claridad en la aplicación de la Ley con los correspondientes eximentes y atenuantes, y además, ese "buenismo progre-ambiental" que parece ser la moda entre algunos de los más progres de sus señorías. Recurriendo de nuevo al lenguaje llano, que ante una agresión de entidad sus señorías "se la cojan con papel de fumar" le hace a uno pensar que, más que Ley y Derecho, estamos en la tierra de "según y cómo".
Un saludo a todos y... crucemos los dedos para no tener NUNCA que vernos en una de estas situaciones.