AER licencia
Re: AER licencia
Bueno, pues actualizo para aquellos interesados:
Ya tengo el libro de coleccionista sellado y con su autorización pertinente dentro. Ahora bien, aunque en su día se solicitó directamente la AER, en mi IA solo me han tramitado el libro de coleccionista, lo cual es curioso porque tuve que firmar un documento donde me obligaba a comprar dos replicas en menos de un año y un armero clase III, lo cual para la obtención del libro no es necesario.
En fin, el caso es que ahora debo empezar de nuevo y entregar otra vez toda la documentación para que me expidan la AER (psicotecnico, tasas, licencias...)
Lo bueno es que ya puedo guiar mi uberti catleman y llevármelo a casa.
Ya tengo el libro de coleccionista sellado y con su autorización pertinente dentro. Ahora bien, aunque en su día se solicitó directamente la AER, en mi IA solo me han tramitado el libro de coleccionista, lo cual es curioso porque tuve que firmar un documento donde me obligaba a comprar dos replicas en menos de un año y un armero clase III, lo cual para la obtención del libro no es necesario.
En fin, el caso es que ahora debo empezar de nuevo y entregar otra vez toda la documentación para que me expidan la AER (psicotecnico, tasas, licencias...)
Lo bueno es que ya puedo guiar mi uberti catleman y llevármelo a casa.
Socio de ANARMA nº 1598
Re: AER licencia
Yo he comprado un revolver marca Aldo Uberti en calibre 45 colt, se puede disparar con polvora negra o con nitro, yo recargo con las dos.
Un saludo
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- Reincidente
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Re: AER licencia
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Última edición por Reincidente el 18 Oct 2020 10:57, editado 1 vez en total.
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Re: AER licencia
castor escribió:Yo he comprado un revolver marca Aldo Uberti en calibre 45 colt, se puede disparar con polvora negra o con nitro, yo recargo con las dos.
Un saludo
bueno, es que una cosa es que "se pueda" y otra es que "estés autorizado"...
 El arca de noe fue construido por aficionados, titanic por profesionales. No le temas al bricolage
Re: AER licencia
Me ha surgido una duda:
En las condiciones para tener la AER me especifican el adquirir dos réplicas en un año. Ya tengo el revolver de manera que me gustaría pillar un rifle al estilo del sprigfield trapdoor, pero la munición con pólvora negra sale a 120 euros 20 cartuchos así que me viene mejor guiarlo con la D. Con el cambio de legislación las armas detonadores han de ser registradas en el libro de coleccionista. ¿Me valdría una detonadora para cumplir con el cupo de las dos?
En las condiciones para tener la AER me especifican el adquirir dos réplicas en un año. Ya tengo el revolver de manera que me gustaría pillar un rifle al estilo del sprigfield trapdoor, pero la munición con pólvora negra sale a 120 euros 20 cartuchos así que me viene mejor guiarlo con la D. Con el cambio de legislación las armas detonadores han de ser registradas en el libro de coleccionista. ¿Me valdría una detonadora para cumplir con el cupo de las dos?
Socio de ANARMA nº 1598
Re: AER licencia
famas1979 escribió:Me ha surgido una duda:
En las condiciones para tener la AER me especifican el adquirir dos réplicas en un año. Ya tengo el revolver de manera que me gustaría pillar un rifle al estilo del sprigfield trapdoor, pero la munición con pólvora negra sale a 120 euros 20 cartuchos así que me viene mejor guiarlo con la D. Con el cambio de legislación las armas detonadores han de ser registradas en el libro de coleccionista. ¿Me valdría una detonadora para cumplir con el cupo de las dos?
Clamente no, la AER es una Autorización Especial de Coleccionista de Reproducciones o Réplicas de Armas de Fuego Antiguas, es decir, Armas de fuego que a su vez son Reproducciones o Réplicas de armas cuyo modelo o año de fabricación es anterior al 1 de enero de 1890, y un arma de fogueo no es un arma de fuego que cumpla esas características.
Sección 2. Definiciones
Artículo 2.
A los efectos del presente Reglamento, en relación con las armas y su munición, se entenderá por:
1. Arma de fuego: Toda arma portátil que tenga cañón y que lance, esté concebida para lanzar o pueda transformarse fácilmente para lanzar un perdigón, bala o proyectil por la acción de un combustible propulsor.
Si quieres tu Trapdoor no te va a quedar otra que recargar o guiarlo en D, como comentas.
Saludos,
Re: AER licencia
Buenas de nuevo.
Pues después de tantos cabezazos y vaivenes por fin tengo mi licencia AER en mi tarjeta. Ahora me encuentro en el problema de comprar munición del 45lc con pólvora negra. Ya he localizado una armería que vende las Magtech pero el problema es que me piden la guía del arma para poder vendérmelas, y el revolver lo tengo inscrito en el libro de coleccionista de replicas, por lo que la armería dice que las armas registradas en tal libro no pueden ser disparadas y por tanto no me puede vender la munición.
La cosa es curiosa de co**nes porque para conceder la AER es condición indispensable el tener un arma de las que ampara registrada en el libro de coleccionista...
¿Que pensáis?
Pues después de tantos cabezazos y vaivenes por fin tengo mi licencia AER en mi tarjeta. Ahora me encuentro en el problema de comprar munición del 45lc con pólvora negra. Ya he localizado una armería que vende las Magtech pero el problema es que me piden la guía del arma para poder vendérmelas, y el revolver lo tengo inscrito en el libro de coleccionista de replicas, por lo que la armería dice que las armas registradas en tal libro no pueden ser disparadas y por tanto no me puede vender la munición.
La cosa es curiosa de co**nes porque para conceder la AER es condición indispensable el tener un arma de las que ampara registrada en el libro de coleccionista...
¿Que pensáis?
Socio de ANARMA nº 1598
Re: AER licencia
Buenas, te falta el tramite de guiar el revolver, se guian como replicas.
Vete a la IA con el libro y el revolver y di que lo quieres guiar. No te olvides de pagar la tasa.
Un saludo
Vete a la IA con el libro y el revolver y di que lo quieres guiar. No te olvides de pagar la tasa.
Un saludo
famas1979 escribió:Buenas de nuevo.
Pues después de tantos cabezazos y vaivenes por fin tengo mi licencia AER en mi tarjeta. Ahora me encuentro en el problema de comprar munición del 45lc con pólvora negra. Ya he localizado una armería que vende las Magtech pero el problema es que me piden la guía del arma para poder vendérmelas, y el revolver lo tengo inscrito en el libro de coleccionista de replicas, por lo que la armería dice que las armas registradas en tal libro no pueden ser disparadas y por tanto no me puede vender la munición.
La cosa es curiosa de co**nes porque para conceder la AER es condición indispensable el tener un arma de las que ampara registrada en el libro de coleccionista...
¿Que pensáis?

- fierabras
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Re: AER licencia
Es que estas armas tienen dos consideraciones:
- Solo tenencia de las mismas: libro de coleccionista y autorización de coleccionista de Réplicas. No se pueden usar.
- Tenencia y uso: hay que sacarlas del libro y guiarlas amparadas en la llamada AER.
- Solo tenencia de las mismas: libro de coleccionista y autorización de coleccionista de Réplicas. No se pueden usar.
- Tenencia y uso: hay que sacarlas del libro y guiarlas amparadas en la llamada AER.
- manchego2010
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Re: AER licencia
fierabras escribió:Es que estas armas tienen dos consideraciones:
- Solo tenencia de las mismas: libro de coleccionista y autorización de coleccionista de Réplicas. No se pueden usar.
- Tenencia y uso: hay que sacarlas del libro y guiarlas amparadas en la llamada AER.
Bueno, sobre eso hay dos opiniones:
Unos dicen que hay que sacarlas del libro y guiarlas amparadas en la AER.
Otros (entre los que me incluyo) que además de estar en el libro, hay que guiarlas en la AER.
Y digo esto porque la Orden INT/2202/2014, de 24 de noviembre, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, dice que:
Artículo 5. Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro de coleccionismo.
Una vez otorgada la condición de coleccionista de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas, las armas correspondientes se inscribirán en el libro-registro a que se refiere el artículo 3 por la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente.
CAPÍTULO III
Uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas
Artículo 8. Requisitos.
En la solicitud para la obtención de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas se deberá aportar la siguiente documentación:
Asimismo, deberá acreditarse lo siguiente:
(...)
a) Inscripción de las reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas en el libro-registro.
(...)
Artículo 10. Revocación.
La vigencia de la autorización especial de uso de reproducciones o réplicas de armas de fuego antiguas estará condicionada al mantenimiento de los requisitos previstos, pudiendo los órganos competentes para su expedición comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y procediendo a revocarla en caso contrario, previa la instrucción del oportuno procedimiento administrativo.
Si la vigencia de la autorización está condicionada al mantenimiento de los requisitos y uno de ellos es que las armas esten inscritas en el libro, parece evidente que no se pueden sacar del libro, con lo que deberán guiarse, pero además, estar en el libro.
- Calatravo
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Re: AER licencia
Hola manchego.
Según la orden esto parece que seria lo correcto, sin embargo y como ya sabes algunos hemos pasado por tramites absurdos, en una ocasión después de tener mas de 2 años armas guiadas en AER me llamaron de la intervención por que era obligatorio que metiera 2 en el libro, como consecuencia de inscribirlas dejaron de estar guiadas en AER y no podría usarlas.
En esta situación actué como en tantas otras veces mandando correo al ICAE consultando, que era lo correcto y la respuesta que recibí y guardo es que si las tengo guiadas en AER cuentan igual que en el libro, así que con la respuesta en la mano volví a la intervención y en estos momentos no tengo ninguna en el libro, todas las armas están guiadas y al menos 2 en AER, otras por interés de munición las tengo en otra guía aunque como tengo los certificados son actas para pasarlas al libro o guiarlas en AER.
Independientemente de lo que pone en la orden, la respuesta del ICAE fue muy clara en este punto.
Saludos
Según la orden esto parece que seria lo correcto, sin embargo y como ya sabes algunos hemos pasado por tramites absurdos, en una ocasión después de tener mas de 2 años armas guiadas en AER me llamaron de la intervención por que era obligatorio que metiera 2 en el libro, como consecuencia de inscribirlas dejaron de estar guiadas en AER y no podría usarlas.
En esta situación actué como en tantas otras veces mandando correo al ICAE consultando, que era lo correcto y la respuesta que recibí y guardo es que si las tengo guiadas en AER cuentan igual que en el libro, así que con la respuesta en la mano volví a la intervención y en estos momentos no tengo ninguna en el libro, todas las armas están guiadas y al menos 2 en AER, otras por interés de munición las tengo en otra guía aunque como tengo los certificados son actas para pasarlas al libro o guiarlas en AER.
Independientemente de lo que pone en la orden, la respuesta del ICAE fue muy clara en este punto.
Saludos
Manifestar:Querer a España,es de gente noble y sana.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.
Ni el lugar de nacimiento,ni la ideologia,ni la condicion social,
son impedimentos o excusas para:
RESPETAR A ESPAÑA.
- manchego2010
- .30-06
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Re: AER licencia
Calatravo escribió: algunos hemos pasado por tramites absurdos, en una ocasión después de tener mas de 2 años armas guiadas en AER me llamaron de la intervención por que era obligatorio que metiera 2 en el libro, como consecuencia de inscribirlas dejaron de estar guiadas en AER y no podría usarlas.
Desde luego que es una situación absurda.
Menos mal que ahí los de la ICAE fueron razonables.
Gracias por la información.
Pero eso no hubiera pasado si además de guiarlas, hubieran seguido reflejadas en el libro.
Un saludo.
Re: AER licencia
Hola,
Así las tengo yo, libro y guía AER.
En mi intervención no tuvieron duda de la lectura de la Orden de Interior, con la que yo también coincido, el Art. 8 es claro.
País .....
Así las tengo yo, libro y guía AER.
En mi intervención no tuvieron duda de la lectura de la Orden de Interior, con la que yo también coincido, el Art. 8 es claro.
País .....
Última edición por Chinchu el 23 Oct 2019 10:14, editado 1 vez en total.
Re: AER licencia
Buenas, yo tengo las dos en el libro y solo una guiada, la otra no lo he hecho de momento. Si no las vas a usar o sacar de casa no hay obligación de guiarlas.
En mi IA me apuntaron la fecha y numero de guia en el libro y ya está.
Un saludo
En mi IA me apuntaron la fecha y numero de guia en el libro y ya está.
Un saludo
Chinchu escribió:Hola,
Así las tengo yo, libro y guía AER.
En mi intervención n o tuvieron duda de la lectura de la rden de Interior, con la que yo también coincido, el Art. 8 es claro.
País .....

Re: AER licencia
famas1979 escribió:Buenas de nuevo.
Pues después de tantos cabezazos y vaivenes por fin tengo mi licencia AER en mi tarjeta. Ahora me encuentro en el problema de comprar munición del 45lc con pólvora negra. Ya he localizado una armería que vende las Magtech pero el problema es que me piden la guía del arma para poder vendérmelas, y el revolver lo tengo inscrito en el libro de coleccionista de replicas, por lo que la armería dice que las armas registradas en tal libro no pueden ser disparadas y por tanto no me puede vender la munición.
La cosa es curiosa de co**nes porque para conceder la AER es condición indispensable el tener un arma de las que ampara registrada en el libro de coleccionista...
¿Que pensáis?
Hola,
La Autorización de Coleccionista sólo te faculta para tenerlas en el Libro de Coleccionista de Réplicas, eso no es la AER y no se refleja en la tarjeta de licencias.
La AER es una Autorización Especial de uso de Réplicas, que tienes que pedir aparte una vez te otorgan el permiso del Libro, y si ya tienes esa Autorización de Uso, puedes guiar tus armas, llevarlas a la galería y compra munición. Basta que vayas a tu IA con una tasa de guía por cada una que quieras guiar, las armas y el libro.
Esa armería sigue la pauta de la Orden de Interior, aunque como ya se ha dicho hay dos interpretaciones, (qué casualidad), y ambas dependen de quién te conteste en la ICAE. En mi caso están en el libro y cada una tiene también su guía.
Saludos,
Re: AER licencia
Hola.
Entiendo que si están guiadas en AER directamente, sin pasar por el Libro, la catalogación del arma es la misma, es decir sera “RÉPLICA de ARMA ANTIGUA” independientemente de que la quieras para colección ó para tiro deportivo, las primeras deberán estar inscritas en el libro de coleccionista de replicas y las segundas guiadas con la LICENCIA aer que no es una autorización especial es una licencia aunque se llame autorización, esto es realmente lo que cambio, es una licencia en toda regla, pero en ambos casos las armas catalogadas ya, por lo que independientemente de que se extravíen tus certificados ese arma esta ya catalogada como “REPLICA DE ARMA ANTIGUA”, lo que pasa es que para tenerlas en tiro con la licencia AER primero debes ser coleccionista y para ello te piden demostrar una colección de mínimo dos armas.
Si alguien lo ve diferente agradecería su opinión, casi cinco años y seguimos con dudas.
Un saludo.
Calatravo escribió:aunque como tengo los certificados son actas para pasarlas al libro o guiarlas en AER
manchego2010 escribió:Pero eso no hubiera pasado si además de guiarlas, hubieran seguido reflejadas en el libro.
Entiendo que si están guiadas en AER directamente, sin pasar por el Libro, la catalogación del arma es la misma, es decir sera “RÉPLICA de ARMA ANTIGUA” independientemente de que la quieras para colección ó para tiro deportivo, las primeras deberán estar inscritas en el libro de coleccionista de replicas y las segundas guiadas con la LICENCIA aer que no es una autorización especial es una licencia aunque se llame autorización, esto es realmente lo que cambio, es una licencia en toda regla, pero en ambos casos las armas catalogadas ya, por lo que independientemente de que se extravíen tus certificados ese arma esta ya catalogada como “REPLICA DE ARMA ANTIGUA”, lo que pasa es que para tenerlas en tiro con la licencia AER primero debes ser coleccionista y para ello te piden demostrar una colección de mínimo dos armas.
Si alguien lo ve diferente agradecería su opinión, casi cinco años y seguimos con dudas.
Un saludo.
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