C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

¿Te gustan las armas de aire? Entra para conocer lo último en aire comprimido
Avatar de Usuario
SUAREZ
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 455
Registrado: 07 Dic 2007 05:01
Contactar:
Estado: Desconectado

C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor SUAREZ » 19 Sep 2019 10:28

Me gustaría compartir esta información sobre la legislación española de armas de 4º categoría (aire comprimido.)
Acuerdos emitidos por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (C.I.P.A.E.) e instrucciones dictadas por la Intervención Central de Armas y Explosivos (I.C.A.E.). Informes emitidos sobre la correcta interpretación del Reglamento de Armas (R.A.), aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, siendo de aplicación directa a las armas de aire comprimido.

http://fieldtarget.webcindario.com/CIPAE-ICAE.pdf

http://airecomprimido.webcindario.com/

Un saludo.

Avatar de Usuario
kraight
.30-06
.30-06
Mensajes: 933
Registrado: 12 Sep 2017 12:53
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor kraight » 19 Sep 2019 11:08

Interesantes puntos, son armas pero si al Sr. Alcalde de tu municipio le da por ahí puede cerrarse en banda a registrar carabinas y pistolas de aire comprimido y la IA tiene que aceptarlo, y lo del transporte esta abierto a que te crujan de camino a cualquier tirada o evento si no puedes demostrar que estas inscrito en el.


No practico ni he practicado con aire comprimido, pero me pica el tema de hacerme con una PCP.Muchas veces he pensado que estaría bien juntarse unos cuantos y solicitando al municipio la cesion de un espacio apartado montar allí una pequeña zona acotada de tiro con dianas y siluetas, pero mirando el reglamento supongo que habria que construir un campo de tiro con sus permisos y toda la pesca.


Saludos
Socio Anarma 1780

Avatar de Usuario
Chinchu
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 4856
Registrado: 16 May 2011 08:19
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor Chinchu » 19 Sep 2019 11:33

Pues más de lo mismo, si tu ayuntamiento es de un signo podrás, si es de otros que ya conocemos, pues date por ...

Este país no sólo no ha cambiado, sino que ha ido a peor.

Saudos,

Pd. Y eso con escopetillas de aire comprimido. Ralmente nuestros políticos han debido tener una infancia muy difícil y por lo que veo, los funcionarios de algunos organismos, también.

Avatar de Usuario
manolosolo
.50 Bmg
.50 Bmg
Mensajes: 17712
Registrado: 02 Ene 2009 06:01
Ubicación: Galicia
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor manolosolo » 19 Sep 2019 11:39

Y aunque hay puntos muy claros, como Reglamento, y no una Ley clara y concisa, como reglamento, puede dar lugar a múltiples interpretaciones según el funcionario de turno, y mientras que en un Ayuntamiento, te puede salir gratis el legalizarla, en otro te puede salir la broma en 100 € tranquilamente, para legalizar una pistolita de plástico de de 1 Julio, y 30 €......o darse incluso el caso, de que no quieran hacerlo, mientras tanto, así nos va............ :(
Saludos.

Avatar de Usuario
Ratin
Usuario Baneado
Mensajes: 30
Registrado: 16 Sep 2019 10:37
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor Ratin » 19 Sep 2019 12:06

Yo soi dominicano y en mi país si un guardia te cacha en el monte se pone a disparar contigo siempre y cuando sea aire comprimido, llevo 3 años en españa me paso lo mismo y todo son malas caras te tratan como un delincuente y una multa de 300 euros

Avatar de Usuario
manolosolo
.50 Bmg
.50 Bmg
Mensajes: 17712
Registrado: 02 Ene 2009 06:01
Ubicación: Galicia
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor manolosolo » 19 Sep 2019 12:11

Mas la retirada ipso facto del arma, que jamas volverás a ver, y que no vean que esta manipulada, porque entonces, igual acabas delante de un Juez........
Saludos.

Avatar de Usuario
JJWinchester
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 3261
Registrado: 20 Jun 2017 18:38
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor JJWinchester » 19 Sep 2019 12:35

kraight escribió:Interesantes puntos, son armas pero si al Sr. Alcalde de tu municipio le da por ahí puede cerrarse en banda a registrar carabinas y pistolas de aire comprimido y la IA tiene que aceptarlo, y lo del transporte esta abierto a que te crujan de camino a cualquier tirada o evento si no puedes demostrar que estas inscrito en el.


Yo no veo tan dramática la respuesta de la Guardia Civil en este punto: en primer lugar, y es el primer sitio en que lo leo con tanta claridad, dice que no es necesaria ninguna documentación para "transportar" un arma de aire, ni siquiera la tarjeta de armas, lo que coincide con lo que yo siempre he interpretado. Y simplemente recuerda lo que dice el RA, que "transportar" es llevar el arma no en disposición de hacer fuego, sino en su caja o funda (o desmontada, aunque eso en aire lo veo difícil...). Y dice que desde el lugar donde está depositada hasta los lugares de "utilización autorizada". Eso es un concepto bastante genérico que creo cubre por ejemplo el evento relativamente habitual de que la lleves desde tu domicilio (donde la tienes depositada y la puedes usar) hasta por ejemplo una armería para hacerle su mantenimiento, dado que es una actividad relacionada con el arma que, siempre lógicamente que el armero esté legalizado, está autorizada. O que la recojas de este armero para llevarla de vuelta a casa.

En cualquier caso este transporte legítimo siempre quedará supeditado al buen juicio de los agentes, que apreciarán circunstancias como la hora, el lugar, etc. Lógico y natural.
Socio ANARMA - Miembro del Club de los Malos Tiradores
"Bajo llave, es bajo llave"

Avatar de Usuario
wolfi
Usuario Dado de Baja
Mensajes: 321
Registrado: 07 Ene 2018 16:23
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor wolfi » 19 Sep 2019 13:40

Yo no veo tan dramática la respuesta de la Guardia Civil en este punto: en primer lugar, y es el primer sitio en que lo leo con tanta claridad, dice que no es necesaria ninguna documentación para "transportar" un arma de aire, ni siquiera la tarjeta de armas, lo que coincide con lo que yo siempre he interpretado. Y simplemente recuerda lo que dice el RA, que "transportar" es llevar el arma no en disposición de hacer fuego, sino en su caja o funda (o desmontada, aunque eso en aire lo veo difícil...). Y dice que desde el lugar donde está depositada hasta los lugares de "utilización autorizada". Eso es un concepto bastante genérico que creo cubre por ejemplo el evento relativamente habitual de que la lleves desde tu domicilio (donde la tienes depositada y la puedes usar) hasta por ejemplo una armería para hacerle su mantenimiento, dado que es una actividad relacionada con el arma que, siempre lógicamente que el armero esté legalizado, está autorizada. O que la recojas de este armero para llevarla de vuelta a casa.

En cualquier caso este transporte legítimo siempre quedará supeditado al buen juicio de los agentes, que apreciarán circunstancias como la hora, el lugar, etc. Lógico y natural.[/quote]

Para mi es la buena interprétation, es la que es de uso en otros paises d'Europa.
Saludos

Avatar de Usuario
webley56
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1312
Registrado: 29 Jun 2011 18:38
Ubicación: Por ahora en España
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor webley56 » 19 Sep 2019 14:50

Yo no tomaría como validas todas las respuestas dadas al Señor Alcalde de este pueblo de León, tengamos en cuenta que cada comunidad autónoma tiene su librito diferente incluyendo policías y guardias civiles de intervenciones de armas. Algunos desconocen los temas relacionadas con armas de 4ª categoría e incluso con armas guiadas en AE ( a mi me pidieron los papeles del armero homologado, para mi remington 1858 :( ) Pues eso que no siempre coinciden con lo mismo. Y ni hablemos de las alcaldías que también cada una tiene su propio proceder.
Dentro de la ley TODO, fuera de la ley NADA

Dirección General de Fabricaciones Militares – Pioneros
https://www.youtube.com/watch?v=nEcL2o79yOc Lo que fue y dejo de ser

Asociación Andaluza de Field Target - (Aznalcázar - Sevilla)

Avatar de Usuario
FoKingIrish
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1153
Registrado: 06 Feb 2017 21:42
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor FoKingIrish » 19 Sep 2019 18:01

Ratin escribió:Yo soi dominicano y en mi país si un guardia te cacha en el monte se pone a disparar contigo siempre y cuando sea aire comprimido, llevo 3 años en españa me paso lo mismo y todo son malas caras te tratan como un delincuente y una multa de 300 euros

Ahora resulta que eres dominicano? Juraría haberte entendido que eras argentino... :mrgreen:
Saludos Christian :birra^:
***** Steyr LG 110 FT / Feinwerkbau 300s / Diana 75 / Anschütz 380 / Diana 56 th / Baikal mp-46m / Sightron siii 10-50x60 / Nikko Stirling Targetmaster 10-50x60 / Vector Optics Sentinel 10-40x50 *****

Avatar de Usuario
kraight
.30-06
.30-06
Mensajes: 933
Registrado: 12 Sep 2017 12:53
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor kraight » 19 Sep 2019 19:25

JJWinchester escribió:
kraight escribió:Interesantes puntos, son armas pero si al Sr. Alcalde de tu municipio le da por ahí puede cerrarse en banda a registrar carabinas y pistolas de aire comprimido y la IA tiene que aceptarlo, y lo del transporte esta abierto a que te crujan de camino a cualquier tirada o evento si no puedes demostrar que estas inscrito en el.


Yo no veo tan dramática la respuesta de la Guardia Civil en este punto: en primer lugar, y es el primer sitio en que lo leo con tanta claridad, dice que no es necesaria ninguna documentación para "transportar" un arma de aire, ni siquiera la tarjeta de armas, lo que coincide con lo que yo siempre he interpretado. Y simplemente recuerda lo que dice el RA, que "transportar" es llevar el arma no en disposición de hacer fuego, sino en su caja o funda (o desmontada, aunque eso en aire lo veo difícil...). Y dice que desde el lugar donde está depositada hasta los lugares de "utilización autorizada". Eso es un concepto bastante genérico que creo cubre por ejemplo el evento relativamente habitual de que la lleves desde tu domicilio (donde la tienes depositada y la puedes usar) hasta por ejemplo una armería para hacerle su mantenimiento, dado que es una actividad relacionada con el arma que, siempre lógicamente que el armero esté legalizado, está autorizada. O que la recojas de este armero para llevarla de vuelta a casa.

En cualquier caso este transporte legítimo siempre quedará supeditado al buen juicio de los agentes, que apreciarán circunstancias como la hora, el lugar, etc. Lógico y natural.


Es cierto que me he ido a los extremos de lo posible, lo normal es que por lo general no pase nada, pero siempre inquietan esas cosillas, como cuando vas al campo de tira y te quedas pensando si has contado bien los cartuchos que llevas, si llevas 95 o has contado mal y llevas 101 :police-smiley:

Lo siento pero soy un pesimista profesional :birra^: , saludos.
Socio Anarma 1780

Avatar de Usuario
JJWinchester
375 HH Magnum
375 HH Magnum
Mensajes: 3261
Registrado: 20 Jun 2017 18:38
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor JJWinchester » 19 Sep 2019 20:28

Jajajajaja, bueno, la mayor parte de los tiradores lo somos, será porque la sociedad no nos comprende... :cry:
Socio ANARMA - Miembro del Club de los Malos Tiradores
"Bajo llave, es bajo llave"

Ricardo81
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1267
Registrado: 31 Dic 2015 17:21
Ubicación: Ribaforada (Navarra)
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor Ricardo81 » 20 Sep 2019 08:31

FoKingIrish escribió:Ahora resulta que eres dominicano? Juraría haberte entendido que eras argentino... :mrgreen:
Saludos Christian :birra^:

:lol: :lol: :lol:
Será por eso, que está confundido. Que ya no sabe ni de donde viene, ni donde está y por eso comenta cosas ilegales "aquí, en España"
Lo pongo que resalte para ver si se cuesca, que por mucha VPN que se ponga, en España hay una "Unidad de Delitos Informáticos" Que si pillan a tipejos trabajando en red oscura mucho más fácil le pueden pillar a él y si no lo hacen es porque se han dado cuenta que es un pobre mindungui. Que solo le falta comentar que transforma Fogueo en rifles de asalto para que se le presenten unos señores muy amables y le pongan patas arriba.
:police-smiley: :police-smiley: :police-smiley:
:mrgreen:
Marksman Repeater 4.5 / Norica Titán 4.5 / Gamo C-15 4.5 / Onix Initzia 5.5 / Crosman AK47 4.5 / Onix Sport 5.5 / Stinger Ares 5.5 / Lobo Hound 5.5 / Snowpeak T-Rex BP / BSA Spitfire 4.5 / Anschütz Superair 2002 / FBW0300S / FWB600 Izd

Avatar de Usuario
SUAREZ
.44 Magnum
.44 Magnum
Mensajes: 455
Registrado: 07 Dic 2007 05:01
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor SUAREZ » 20 Sep 2019 08:49

Las resoluciones de C.I.P.A.E - I.C.A.E. son de aplicación en todo el territorio nacional y obligado cumplimiento.

Puede ser de utilidad:

http://fieldtarget.webcindario.com/leyes.pdf


http://fieldtarget.webcindario.com

Ricardo81
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1267
Registrado: 31 Dic 2015 17:21
Ubicación: Ribaforada (Navarra)
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor Ricardo81 » 20 Sep 2019 09:37

SUAREZ escribió:Las resoluciones de C.I.P.A.E - I.C.A.E. son de aplicación en todo el territorio nacional y obligado cumplimiento.

Puede ser de utilidad:

http://fieldtarget.webcindario.com/leyes.pdf


http://fieldtarget.webcindario.com


Yo lo veo útil.
Lo que no me gusta que deja cosas a la interpretación particular y "en mi opinión" Todo lo referente a Normas y Leyes de obligado cumplimiento debería estar bien estipulado sin dar lugar a interpretaciones subjetivas.
Que cada uno tiene su culo y cabeza, y su manera de cagar y pensar. Y algunos piensan con el culo y de su cabeza solo sale mierda.
Un saludo.
Marksman Repeater 4.5 / Norica Titán 4.5 / Gamo C-15 4.5 / Onix Initzia 5.5 / Crosman AK47 4.5 / Onix Sport 5.5 / Stinger Ares 5.5 / Lobo Hound 5.5 / Snowpeak T-Rex BP / BSA Spitfire 4.5 / Anschütz Superair 2002 / FBW0300S / FWB600 Izd

Avatar de Usuario
wibols
Usuario Baneado
Mensajes: 5920
Registrado: 04 Sep 2008 01:01
Ubicación: BCN
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor wibols » 20 Sep 2019 09:48

SUAREZ escribió:Las resoluciones de C.I.P.A.E - I.C.A.E. son de aplicación en todo el territorio nacional y obligado cumplimiento.

Puede ser de utilidad:

http://fieldtarget.webcindario.com/leyes.pdf


http://fieldtarget.webcindario.com


Tendría que buscarla, pero hay otra resolución del icae en la que dicen que la tarjeta de armas emitida por un ayuntamiento se considera valida para transportar el arma por todo el territorio español, y en esta dice que no hace falta documentación para su transporte, ya tenemos dos resoluciones diferentes del mismo organismo.
 El arca de noe fue construido por aficionados, titanic por profesionales. No le temas al bricolage 

Avatar de Usuario
Jorge-Magnum
.300 Win Mag
.300 Win Mag
Mensajes: 1032
Registrado: 09 Jun 2008 05:01
Contactar:
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor Jorge-Magnum » 20 Sep 2019 10:45

Buenas,

Sobre lo que habláis algunos de registrar las armas de cuarta categoría en el ayuntamiento tengo una duda:

Tenía entendido que para que el Ayto. te expida la tarjeta de armas, tienes que estar empadronado en ese municipo, sin embargo, buscando información por internet, hay mucha gente (sobre todo en youtube) que dice que, al ponerle trabas (o excederse en los requisitos/precio) en el ayuntamiento de su localidad, se han ido a otro municipio (entiendo que sin tener el padrón en este último) para que les expidieran la respectiva tarjeta de armas de 4ª categoría... ¿eso se puede hacer? porque como digo, creo que hay que estar empadronado para que te hagan esta gestión... o yo manejo información desfasada o hay mucho cantamañanas/ "listo" por las redes. :roll: :shock:


La verdad, cuanto más quiero informarme sobre el tema legal de las armas de cuarta categoría, más me aborrezco...

¿Os acordáis de las 12 pruebas de Astérix y Obélix, concretamente la prueba de "La casa que enloquece"?...pues me viene a la cabeza siempre que veo un post tratando estos temas:

https://youtu.be/1tiXJniwkME

Saludos.

Avatar de Usuario
Ratin
Usuario Baneado
Mensajes: 30
Registrado: 16 Sep 2019 10:37
Estado: Desconectado

Re: C.I.P.A.E. – I.C.A.E. Legislación aire comprimido.

Mensajepor Ratin » 20 Sep 2019 11:04

Ace varios años si se podía hacer pero un amigo en febrero de este año fue a sacarse la tarjeta y se aseguraron de que estaba empadronado sino no le daban la tarjeta.


Volver a “AC General”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 16 invitados