Disparos en finca propia

Rifles potentes y precisos para el desafío de la caza mayor
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Bill_Munny
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Disparos en finca propia

Mensajepor Bill_Munny » 19 Jun 2008 12:54

Hola, muy buenas a todos, recientemente he tenido discusion con unos amigos sobre el siguiente tema, ¿está permitido por ley hacer uso de armas de fuego en terrenos de nuestra propiedad y que ademas sea coto de caza?, la discusion termino yendo al cuartel de la GC y preguntando al numero de turno y su respuesta fue que si el dueño de la finca daba permiso y no habia objecion por la patrulla que pasara cerca en el momento pues si, vamos que se puede disparar si al GC de turno que pasa le parece bien, Dios mio hemos vuelto al feudalismo, en resumen ¿hay alguien lo suficientemente letrado como para interpretar la ley a este respecto?
Saludos y espero vuestras repuestas, gracias

PD: por supuesto que hablamos de rifles de caza y/o escopetas.
     

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Inuk69
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor Inuk69 » 19 Jun 2008 13:11

Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Artículo 149.

2. Las armas solamente podrán ser utilizadas en los polígonos, galerías o campos de tiro y en los campos o espacios idóneos para el ejercicio de la caza, de la pesca o de otras actividades deportivas.

3. Salvo las actuaciones propias de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como las actividades cinegéticas, que se regirán por sus legislaciones especiales, la realización de cualesquiera clase de concursos o actividades con armas de fuego o de aire comprimido de la categoría 3.3, que tengan lugar fuera de campos, polígonos o galerías de tiro debidamente autorizados, requerirán autorización previa del Delegado o Subdelegado del Gobierno de la provincia en que tengan lugar. Sus organizadores habrán de solicitarla al menos con quince días de antelación, facilitando información suficiente sobre los lugares de celebración, actividades a realizar, datos sobre participantes, armas a utilizar y medidas de seguridad adoptadas, todo ello sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan, de las autoridades competentes de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Corporaciones locales.

4. Previo informe del Alcalde del municipio y de la unidad correspondiente de la Guardia Civil, el Delegado o Subdelegado del Gobierno podrá prohibir tales actividades o autorizarlas disponiendo la adopción de las medidas de seguridad y comodidad complementarias que estime pertinentes.


Si lo que un GC le parece bien, a otro le parece mal y se ciñe al Reglamento de Armas o un vecino te denuncia, si estás disparando en una finca privada, con consentimiento del dueño pero sin pedir y que te hayan concedido los permisos descritos anteriormente, te vas a comer un buen marrón tú y el dueño de la finca.

Vete a un campo te tiro, te saldrá más económico.
;)
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Raspaqueso
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor Raspaqueso » 19 Jun 2008 13:48

Totalmente de acuerdo con Inuk69. Una cosa es que te hagan la vista gorda, y otra que sea legal.

Un saludo
Si tu mejor amigo te da una cuchillada por la espalda, debes empezar a desconfiar de su amistad. Proberbio chino Â Â Â Â Â Â 

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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor huronescazan » 19 Jun 2008 16:50

Creo que la consulta, ya sabías el resultado, pues el hacer uso de las armas fuera de galerias y poligonos autorizados, o en terrenos sin contar con la oportuna autorización, queda bien claro en R. A., que no se puede. Cosa muy diferente es lo que estamos acostumbrados a hacer, el consultar en el Cuartel, si podemos pegar dos o tres tiros para probar un arma o ponerla a tiro.
Hombre supongo que el Guardia que te informó, pues te diría que bajo tu responsabilidad y con las precauciones debidas, hicieras lo que estimaras oportuno.
Yo lo tengo claro, los permisos y autorizaciones verbales, poco sirven en caso de un accidente, máxime cuando está tan claramente tipificado, donde, cuando y como se pueden utilizar las armas.
Saludos.
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor jabaliviejo » 19 Jun 2008 17:49

[citando a: Bill_Munny]
Hola, muy buenas a todos, recientemente he tenido discusion con unos amigos sobre el siguiente tema, ¿está permitido por ley hacer uso de armas de fuego en terrenos de nuestra propiedad y que ademas sea coto de caza?, la discusion termino yendo al cuartel de la GC y preguntando al numero de turno y su respuesta fue que si el dueño de la finca daba permiso y no habia objecion por la patrulla que pasara cerca en el momento pues si, vamos que se puede disparar si al GC de turno que pasa le parece bien, Dios mio hemos vuelto al feudalismo, en resumen ¿hay alguien lo suficientemente letrado como para interpretar la ley a este respecto?
Saludos y espero vuestras repuestas, gracias

PD: por supuesto que hablamos de rifles de caza y/o escopetas.


Mira, tal como yo lo veo la cosa es mucho más fácil y se trata de que al guardia civil de trno no lo puedes poner en evidena al tiempo que él comprende que hay armas que han de ser puestas a tiro antes de ir con ellas de caza y comprende que la legislación es la que es y los campos de tiros son como son y están donde están.

Me explico: si públicamente le dices que vas a ir a tal o cual sitio a tirar, él te dirá que no puedes hacerlo (no va a contradecir la normativa si todo el mundo le está escuchando, eso es de cajón). Si lo hablas en privado con él, te conoce y tiene la certeza de que no vas a ir a montar ninguna pirula, te dirá que adelante y que él procurará no darse una vuelta por allí para no ver nada. Pero si otro te pilla y te denuncia él negará que te haya dado permiso porque sabe que no está facultado para dar esa autorización y porque no puede hacerse responsable de algo que ocurra a expensas de la normativa.

Ves? No se trata de feudalismo y seguramente quedarían peor y obrarían más correctamente y se ahorrarían complicaciones si tanto en público como en privado te prohibieran espresamente hacerlo.

En resumen. No te dan permiso (no es de su competencia), lo que hacen es decirte que en su competencia, que es la vigilancia, harán la vista gorda porque saben que tú no puedes llegar a una batida con el visor mirando a Soria y el cañón a Murcia.
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor meopta » 19 Jun 2008 22:01

[citando a: jabaliviejo]
[no puedes llegar a una batida con el visor mirando a Soria y el cañón a Murcia.


a no ser que estes en Cantabria , en cuyo caso es posible que el visor este bien centrado ¿o nó?
ahora bien , si estas en Madrid , mal te veo

saludos y perdonad la broma pero estaba a web
si solo hablas de lo que te interesa y solo opinas de lo que sabes
seguro que tendras menos post , pero mas interesantes

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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor harry_foe » 19 Jun 2008 22:18

Hola a todos.

Yo aprovecho para profundizar un poco más en la pregunta inicial.

Si uno es el dueño del coto de caza, no puede tirar cuando le de la gana?

Saludos.
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor jabaliviejo » 19 Jun 2008 22:41

[citando a: harry_foe]
Hola a todos.

Yo aprovecho para profundizar un poco más en la pregunta inicial.

Si uno es el dueño del coto de caza, no puede tirar cuando le de la gana?

Saludos.


Supongo ni siquiera en ese caso... Pero si la finca está vallada se debe respetar primero la propiedad particular. Del mismo modo que no puedes disparar en tu casa con la pistola de aire comprimido, pero si no hecs mucho ruido y sin una orden judicial no pueden entrar a denunciarte.
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor Kukrie » 19 Jun 2008 23:25

Me parece que esto último ha cambiado. En tu casa no pueden, pero en tu coto cualquier agente de la ley (Agente Rural, Guardia Civil o policía autonómico) puede entrar sin permiso si estima que se está llevando a cabo una infracción contra el medio ambiente.

Al menos eso leí hace un año más o menos.

Si alguien puede confirmarlo...

Otra cosa es que, estando a buenas con los agentes, vayan a estar entrando y saliendo de tu propiedad sin decirte nada... Lo normal es que, a no ser que vean algo raro, te avisen. Tu les abres, y todos contentos.
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor Inuk69 » 20 Jun 2008 16:44

[citando a: Kukrie]
Me parece que esto último ha cambiado. En tu casa no pueden, pero en tu coto cualquier agente de la ley (Agente Rural, Guardia Civil o policía autonómico) puede entrar sin permiso si estima que se está llevando a cabo una infracción contra el medio ambiente.

Al menos eso leí hace un año más o menos.

Si alguien puede confirmarlo...

Otra cosa es que, estando a buenas con los agentes, vayan a estar entrando y saliendo de tu propiedad sin decirte nada... Lo normal es que, a no ser que vean algo raro, te avisen. Tu les abres, y todos contentos.


A ver, creo que estais mezclando churras con merinas.

¿Quién te ha dicho que la Policia o Guardi Civil no puede entrar en tu casa?
Si tienen sospechas o constancia de que se está cometiendo un delito, por supuesto que pueden entrar.

Por otra parte, un Coto Privado de caza no es una propiedad privada como tal. Los terrenos donde se extiende ese coto son la propiedad privada.
Yo tengo unas tierras que están dentro de un coto y te aseguro que son mías. Y forman parte del coto porque yo quiero, que si no allí no se podría cazar.

Dejaos de darle vueltas a algo que es ilegal y que te puede crear muchos problemas.
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor huronescazan » 20 Jun 2008 17:04

Me parece que se está complicando lo facil.
Un Coto Privado, no es mas que un lugar donde ejercer la Caza, y en los términos que sean autorizados los propietarios o titular del mismo, con ello creo que no da ninguna interpretación mas a realizar actos o acciones prohibidas. Ahora muy diferente es un campo de tiro, allí si se puede hacer uso de las armas para las que se cuente con la debida autorización.
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor Oscar1975 » 21 Jun 2008 17:56

Solo una cosa, NO LLAMAR NUMEROS A LOS GUARDIAS CIVILES, no los son, son eso simplemente Guardias Civiles.

Gracias,

Oscar.
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor huronescazan » 21 Jun 2008 19:21

Pues ahora se han lucido, con la plaquita OSCAR, toda una vida peleando por erradicar esa palabra, y
COMO NO TE GUSTAN LOS GARBANZOS TORRAOS, POR DEBAJO DE LA PUERTA TE LOS METO A PUÑAOS.

No queriamos que nos llamaran números, pues toma placa con NUMERO, claro que yo aún no me la he puesto y dificil lo veo, cuando empecemos a perderla y mandar informaciones verbales, creo que se cansaran y como la reposición es tan lenta, pues eso.:((:((:((:((:((
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor menut » 21 Jun 2008 20:11

la guardia civil hace su trabajo como cada cual el suyo , yo tengo amigos que estan mas puteados que los loqueros , y hay como en todos los lados buenos y malos , depende del dia que lleven ....
No es mas cazador el que presume de ello .

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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor ludovico » 21 Jun 2008 20:28

Hola compañeros
No sé cuántas veces he visto dudas este sitio web sobre el uso de armas fuera de los lugares habilitados.
Aquellos que dudan tienen que creer de una vez por todas que EN ESPAÑA LOS AFICIONADOS A LAS ARMAS TIENEN LAS MANOS ATADAS.
Perdón por las mayúsculas, pero es que hay gente que no quiere enterarse. Desgraciadamente en nuestro país, todo está bien si se hace discretamente (hasta robar). Y no le busquen los tres pies al gato.
"Ví­steme despacio, que tengo prisa..."

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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor huronescazan » 21 Jun 2008 20:45

[citando a: menut]
la guardia civil hace su trabajo como cada cual el suyo , yo tengo amigos que estan mas puteados que los loqueros , y hay como en todos los lados buenos y malos , depende del dia que lleven ....


menut, siento discrepar, no es el día es la persona (en todas las profesiones), hombre la situación puede influir, pero el que se levanta cabreado, ese ya no hay quién lo cambie y el alegre y optimista, pues VIVE MEJOR
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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor MPP64 » 22 Jun 2008 00:39

[citando a: Oscar1975]
Solo una cosa, NO LLAMAR NUMEROS A LOS GUARDIAS CIVILES, no los son, son eso simplemente Guardias Civiles.

Gracias,

Oscar.


Comparto tu opinión aunque antíguamente sí que se utilizaba esa expresión que, por cierto, me parece un tanto degradante.
Creo que tratarlos como "agentes" también es acertado y es una acepción muy aséptica y neutral.

En cuanto al tema de discusión, me parece que si no es campo de tiro legalmete establecido, no puedes disparar alegremente por muy coto privado de caza que sea si no estás practicando esta modalidad.

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RE: Disparos en finca propia

Mensajepor Oscar1975 » 22 Jun 2008 07:55

Exacto, lo correcto es tratarlos como "Señor Agente", aunque ahora como ha dicho huronescazan, con la imposición de la chapita con el número, las cabezas pensantes de las altas esferas nos han hecho un flaco favor. Por favor, los números se han de añadir en la nómina y a ser posible no en el IRPF, gracias cabezas pensantes de la GC o de la AGE.

Oscar.
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