Mensajepor Chinchu » 23 Ago 2019 18:14
Hola,
Aparte de que sería intresante saber con qué quieres tirar, en tu propuesta se cruzan varias cuestiones legales.
1º Un coto de caza es un uso que se da a una zona, terreno, etc., que tienen unos propietarios, y que se ha legalizado como coto, luego el único caso en que se pueden usar las armas es para cazar, en temporada de caza. Como además los terrenos tienen dueño, seguramente, pues son propiedad privada. No hace falta que diga más.
2º Si vas al campo de tiro, es decir a una galería de tiro homologada, es porque esa galería está dada de alta y legalizada para el tiro deportivo del tipo que sea. No has de confundir campo de tiro con El Campo, o terreno silvestre.
Incluso, aunque no fuese privado y fuese comunal, municipal, social o el tipo de propiedad que fuese, un terreno no es libre para llavar armas de ningún tipo y ejercitar el tiro o la caza, si no ha sido homologado para ello. Una excepción es tu propia finca y, según con qué y cómo, tampoco. Pero no creo que te refieras a eso.
Me parece que la respuesta a tu pregunta, independientemente de lo que quieras practicar, es un simple no, en ningún caso.
Saludos,
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Chinchu el 23 Ago 2019 18:42, editado 3 veces en total.