Durante una charla tirando se me han generado algunas dudas, me han comentado que los cartuchos del .308W de punta blindada (full metal jacket) son ilegales, por equipararse en sus características a municion de guerra y no se pueden usar en rifles aunque este no sea semiautomatico, lo cual me dejo un poco "pa ya" porque hay a la venta al publico cartuchería de este tipo.
Y la siguiente duda es si las puntas del .308W HP (Hollow Point) se consideran blindadas o no.
Dudas .308W FMJ
Dudas .308W FMJ
Socio Anarma 1780
Re: Dudas .308W FMJ
kraight escribió:Durante una charla tirando se me han generado algunas dudas, me han comentado que los cartuchos del .308W de punta blindada (full metal jacket) son ilegales, por equipararse en sus características a municion de guerra y no se pueden usar en rifles aunque este no sea semiautomatico, lo cual me dejo un poco "pa ya" porque hay a la venta al publico cartuchería de este tipo.
Y la siguiente duda es si las puntas del .308W HP (Hollow Point) se consideran blindadas o no.
Hola,
Muchas veces me pregunto, cuando veo este tipo de preguntas, porqué no se va directamente al Reglamento de Armas y al de Cartuchería y Artículos Pirotécnicos, que es donde se resuelven estas dudas, en vez de preguntar en un foro donde cualquiera te va a dar más una opinión que una respuesta fundamentada.
Si consultas el Artículo 5, letra e),del R.A., dentro del apartado de armas prohibidas, verás que las únicas municiones prohibidas son:
Artículo 5.
e) La cartuchería con balas perforantes, explosivas o incendiarias, así como los proyectiles correspondientes.
Luego, en el apartado de "Definiciones", ves lo que es cada una de ellas:
26. Munición de bala perforante: Munición de uso militar que se utiliza para perforar materiales de blindajes o de protección que normalmente son de núcleo duro o material duro.
27. Munición de bala explosiva: Munición de uso militar con balas que contienen una carga que explota por impacto.
28. Munición de bala incendiaria: Munición de uso militar con balas que contienen una mezcla química que se inflama al contacto con el aire o por impacto.
El término bala blindada es incorrecto, y es un término deformado por cazadores, tiradores y señores de verde, que no se corresponde con nada de lo reflejado en ninguno de los reglamentos, y hace referencia en general a municiones militares de tipo perforante, en mayor o menor medida.
Pero a lo nuestro.
La única munición prohibida es la que lleve proyectiles perforantes, explosivos o incendiarios, y las municiones destinadas a armas militares, como es un cartucho Santa Bárbara del 7,62x51 Nato, vendido al ejército.
Los proyectiles que tu comentas, los que llevan envuelta de metal como cobre, latón u otra aleación dura, son proyectiles encamisados y estos, e incluso los monolíticos, son perfectamente legales, pues no se etablece prohibición alguna en ninguno de ambos reglamentos. Eso de "equiparables" es un término subjetivo, que no se corresponde con la norma, y habría que ver bajo qué criterio técnico lo son.
A tu segunda pregunta, si los de punta hueca son legales, por supuesto que lo son, son proyectiles mach, y no se corresponden ni con perforantes, ni con explosivos, ni con incendiarios.
Espero haberte aclarado tus dudas.
Saludos,

Re: Dudas .308W FMJ
Chinchu escribió:kraight escribió:Durante una charla tirando se me han generado algunas dudas, me han comentado que los cartuchos del .308W de punta blindada (full metal jacket) son ilegales, por equipararse en sus características a municion de guerra y no se pueden usar en rifles aunque este no sea semiautomatico, lo cual me dejo un poco "pa ya" porque hay a la venta al publico cartuchería de este tipo.
Y la siguiente duda es si las puntas del .308W HP (Hollow Point) se consideran blindadas o no.
Hola,
Muchas veces me pregunto, cuando veo este tipo de preguntas, porqué no se va directamente al Reglamento de Armas y al de Cartuchería y Artículos Pirotécnicos, que es donde se resuelven estas dudas, en vez de preguntar en un foro donde cualquiera te va a dar más una opinión que una respuesta fundamentada.
Si consultas el Artículo 5, letra e),del R.A., dentro del apartado de armas prohibidas, verás que las únicas municiones prohibidas son:
Artículo 5.
e) La cartuchería con balas perforantes, explosivas o incendiarias, así como los proyectiles correspondientes.
Luego, en el apartado de "Definiciones", ves lo que es cada una de ellas:
26. Munición de bala perforante: Munición de uso militar que se utiliza para perforar materiales de blindajes o de protección que normalmente son de núcleo duro o material duro.
27. Munición de bala explosiva: Munición de uso militar con balas que contienen una carga que explota por impacto.
28. Munición de bala incendiaria: Munición de uso militar con balas que contienen una mezcla química que se inflama al contacto con el aire o por impacto.
El término bala blindada es incorrecto, y es un término deformado por cazadores, tiradores y señores de verde, que no se corresponde con nada de lo reflejado en ninguno de los reglamentos, y hace referencia en general a municiones militares de tipo perforante, en mayor o menor medida.
Pero a lo nuestro.
La única munición prohibida es la que lleve proyectiles perforantes, explosivos o incendiarios, y las municiones destinadas a armas militares, como es un cartucho Santa Bárbara del 7,62x51 Nato, vendido al ejército.
Los proyectiles que tu comentas, los que llevan envuelta de metal como cobre, latón u otra aleación dura, son proyectiles encamisados y estos, e incluso los monolíticos, son perfectamente legales, pues no se etablece prohibición alguna en ninguno de ambos reglamentos.
A tu segunda pregunta, si los de punta hueca son legales, por supuesto que lo son, son proyectiles mach, y no se corresponden ni con perforantes, ni con explosivos, ni con incendiarios.
Espero haberte aclarado tus dudas.
Saludos,
Correcto

De hecho los militares(precisión) no tiran con ese tipo de munición (sierra , scenar,.. etc )porque al cerrar el encamisado de atrás hacia adelante deja un hueco en la punta y puede contravenir los convenios de la Haya o Ginebra. Tiran tipo D-46 o Lock Base.
Un saludo y buen día a todos.

PD:"chinchu" eres un fuera de serie

Re: Dudas .308W FMJ
Todas mi dudas fueron al pisar un campo de tiro nuevo en el que había unos carteles que rezaban "Esta prohibido el uso de municion blindada, se procederá a denunciar a quien use este tipo de municion etc etc". Yo por municion blindada entendia que eran las balas con nucleo que no se deforma.Por si acaso pregunte a uno de los socios de ese campo y me comento que las balas blindadas eran las balas encamisadas completas, las FMJ (además de decirme que las .308W FMJ eran ilegales, lo cual ya no me cuadraba para nada).Asi que tras esto y no encontrar una definición de bala blindada pues me paso aquí a preguntar para contrastar opiniones.Gracias por las aclaraciones Chinchu.
Saludos
Saludos
Socio Anarma 1780
Re: Dudas .308W FMJ
kraight escribió:Todas mi dudas fueron al pisar un campo de tiro nuevo en el que había unos carteles que rezaban "Esta prohibido el uso de municion blindada, se procederá a denunciar a quien use este tipo de municion etc etc". Yo por municion blindada entendia que eran las balas con nucleo que no se deforma.Por si acaso pregunte a uno de los socios de ese campo y me comento que las balas blindadas eran las balas encamisadas completas, las FMJ (además de decirme que las .308W FMJ eran ilegales, lo cual ya no me cuadraba para nada).Asi que tras esto y no encontrar una definición de bala blindada pues me paso aquí a preguntar para contrastar opiniones.Gracias por las aclaraciones Chinchu.
Saludos
Entiendo que haya campos donde sólo permitan usar munición con punta de plomo, por su configuración, el parabales o lo que sea, aunque un proyectil de plomo puede hacer tanto o más daño en el mobiliario que uno encamisado, pero eso de "se procederá a denunciar", eso no lo acabo de entender.
¿Denunciar a dónde, a la administración del club o a los de verde? Porque si es al club está claro, es por incumplimiento de una norma del propio club, pero si es a los de verde, ¿en base a qué norma incumplida, y a qué reglamento?
Yo, en tu caso, intentaría aclarar ese concepto, ya que me parece suficiente importante.
Y desde luego, si fuese algo relacionado con los de verde, pediría una aclaración por escrito a la ICAE.
saludos,
Re: Dudas .308W FMJ
yo disparo 307, 308 y 30-30 pero solo lo puedo hacer con las puntas de de plomo cobreadas, las FMJ nos las tienen prohibidas no por el reglamento sino por las normas internas de la galería cerrada de mi club, el no cumplimiento de las mismas puede llevar a la expulsión del socio del club.
Re: Dudas .308W FMJ
Ponia que se procedería a denunciar a la guardia civil, aunque la verdad a mi tampoco me quita el sueño, es un campo de tiro que me coge lejos y solo fui allí para tirar con el R700 porque tenían galería de 200 metros, pero me descoloco el asunto del cartel.Si vuelvo será para tirar con el 700 de nuevo y con puntas HPBT con las que parece que no tienen problema alguno.
Socio Anarma 1780
Re: Dudas .308W FMJ
Jose1963 escribió:yo disparo 307, 308 y 30-30 pero solo lo puedo hacer con las puntas de de plomo cobreadas, las FMJ nos las tienen prohibidas no por el reglamento sino por las normas internas de la galería cerrada de mi club, el no cumplimiento de las mismas puede llevar a la expulsión del socio del club.
Aclarado.
Cada club es un mundo, absurdo, pero un mundo.

Re: Dudas .308W FMJ
Jose1963 escribió:yo disparo 307, 308 y 30-30 pero solo lo puedo hacer con las puntas de de plomo cobreadas, las FMJ nos las tienen prohibidas no por el reglamento sino por las normas internas de la galería cerrada de mi club, el no cumplimiento de las mismas puede llevar a la expulsión del socio del club.
Yo es que las únicas puntas que conozco cobreadas son las minimag de CCI del 22lr y las Remington Golden Bullet del 22lr, todas las demás de rifle que he visto o eran FMJ o SP o HP que son todas encamisadas ¿no?.
Socio Anarma 1780
Re: Dudas .308W FMJ
kraight escribió:Jose1963 escribió:yo disparo 307, 308 y 30-30 pero solo lo puedo hacer con las puntas de de plomo cobreadas, las FMJ nos las tienen prohibidas no por el reglamento sino por las normas internas de la galería cerrada de mi club, el no cumplimiento de las mismas puede llevar a la expulsión del socio del club.
Yo es que las únicas puntas que conozco cobreadas son las minimag de CCI del 22lr y las Remington Golden Bullet del 22lr, todas las demás de rifle que he visto o eran FMJ o SP o HP que son todas encamisadas ¿no?.
Las tienes de la marca H&N en muchas armerías, las mismas que las de corta, cobreadas para larga.
Re: Dudas .308W FMJ
Chinchu escribió:Las tienes de la marca H&N en muchas armerías, las mismas que las de corta, cobreadas para larga.
Ok ,yo todavía no recargo y solo compro comercial, no había visto puntas cobreadas para rifle todavía, ya se me va aclarando el cacao.
Saludos
Socio Anarma 1780
Re: Dudas .308W FMJ
Chinchu escribió:kraight escribió:Jose1963 escribió:yo disparo 307, 308 y 30-30 pero solo lo puedo hacer con las puntas de de plomo cobreadas, las FMJ nos las tienen prohibidas no por el reglamento sino por las normas internas de la galería cerrada de mi club, el no cumplimiento de las mismas puede llevar a la expulsión del socio del club.
Yo es que las únicas puntas que conozco cobreadas son las minimag de CCI del 22lr y las Remington Golden Bullet del 22lr, todas las demás de rifle que he visto o eran FMJ o SP o HP que son todas encamisadas ¿no?.
Las tienes de la marca H&N en muchas armerías, las mismas que las de corta, cobreadas para larga.
Exacto, esas son las que yo uso.

¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 23 invitados