Duda sobre transporte de munición
Duda sobre transporte de munición
Buenas tardes,he visto que este tema ya lo habéis tratado en el foro. Yo he buscado información al respecto y he sacado en claro que puedo almacenar en casa hasta 5000 cartuchos cal.12,también me ha quedado claro que puedo transportar a cazar o a tirar al plato 300 cartuchos por persona en el coche. Mi duda es:¿cuantos cartuchos del cal.12 de 28 gr para tiro al plato puedo transportar desde la armería donde los compro hasta mi casa?,¿5000,que son los que puedo almacenar en casa?,o ¿300 que son los que puedo llevar a cazar o al plato?, es un tema que no tengo claro y en la web de la Guardia civil no aclara bien(o yo no lo entiendo...),si alguien me lo pudiera aclarar lo agradecería mucho,muchas gracias, un saludo.
- pepe_elpata
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Re: Duda sobre transporte de munición
Hola.
En tu coche puedes llevar hasta 5000 cartuchos semimetalicos de caza, segun dice el real decreto de forma legal.
Eso si siempre que dispongas del ticket de compra correspondiente.
Tambien dice que, competicion mediante, aun puedes solicitar en tu IA un cupo mayor si fuera necesario para el desarrollo o caracteristicas de la competicion.
En tu coche puedes llevar hasta 5000 cartuchos semimetalicos de caza, segun dice el real decreto de forma legal.
Eso si siempre que dispongas del ticket de compra correspondiente.
Tambien dice que, competicion mediante, aun puedes solicitar en tu IA un cupo mayor si fuera necesario para el desarrollo o caracteristicas de la competicion.
Saludos cordiales desde Asturias
Re: Duda sobre transporte de munición
Muchas gracias Pepe-elpatas ,ya me ha quedado clarísimo, puedo llevar hasta 5000 cartuchos siempre y cuando lleve el ticket de compra,muchas gracias por aclararme la duda,un saludo.
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Re: Duda sobre transporte de munición
¿Ticket de compra? Y eso donde lo pone. Si puedes tener hasta 5.000 cartuchos en casa, se entiende que los podrás trasladar por varios motivos -te cambias de domicilio, por ejemplo-. Si has ido comprando en diferentes fechas, ¿hay que guardar los tickets o las facturas de todas esas compras? ¿Y en qué normativa se especifica eso? Gracias.
- pepe_elpata
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Re: Duda sobre transporte de munición
winchester73 escribió:¿Ticket de compra? Y eso donde lo pone. Si puedes tener hasta 5.000 cartuchos en casa, se entiende que los podrás trasladar por varios motivos -te cambias de domicilio, por ejemplo-. Si has ido comprando en diferentes fechas, ¿hay que guardar los tickets o las facturas de todas esas compras? ¿Y en qué normativa se especifica eso? Gracias.
Espero que no los vayas amontonando en el coche segun los vayas comprando en diferentes fechas


Saludos cordiales desde Asturias
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Re: Duda sobre transporte de munición
Pues claro que no amontono nada en el coche, no sé a qué viene eso. Pero insisto, dónde se exige lo del ticket ¿? Gracias.
Extraido de la web de la G.C.: "Podrán transportarse conjuntamente con pasajeros, salvo en transportes colectivos de viajeros, hasta 100 cartuchos metálicos y 300 cartuchos de caza o similares por cada usuario. Para la participación en competiciones deportivas, podrá permitirse el transporte de una cantidad mayor de cartuchos, previa autorización de la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
También podrán transportarse en cada vehículo particular las cantidades de cartuchería descritas en el artículo 136 como almacenamiento autorizado, es decir, hasta 150 cartuchos metálicos para arma corta, 200 para arma larga y hasta 5000 de cartuchería no metálica.
Para que se conceda la autorización de transporte de cartuchería para participar en competiciones deportivas, en cupo superior al regulado, es requisito indispensable poseer una autorización de recarga de cartuchería o una autorización de adquisición de cartuchería en cupo superior al establecido."
Nada dice de facturas, tickets u otros justificantes ... No nos inventemos las leyes ni nos exijamos más de lo que en ellas se dice claramente. La autoridad puede comprobar cuando quiera cuándo y dónde compramos la munición; para eso piden guías en el caso de cartuchos metálicos y el dni para comprar cartuchos semimetálicos.
Saludos.
Extraido de la web de la G.C.: "Podrán transportarse conjuntamente con pasajeros, salvo en transportes colectivos de viajeros, hasta 100 cartuchos metálicos y 300 cartuchos de caza o similares por cada usuario. Para la participación en competiciones deportivas, podrá permitirse el transporte de una cantidad mayor de cartuchos, previa autorización de la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.
También podrán transportarse en cada vehículo particular las cantidades de cartuchería descritas en el artículo 136 como almacenamiento autorizado, es decir, hasta 150 cartuchos metálicos para arma corta, 200 para arma larga y hasta 5000 de cartuchería no metálica.
Para que se conceda la autorización de transporte de cartuchería para participar en competiciones deportivas, en cupo superior al regulado, es requisito indispensable poseer una autorización de recarga de cartuchería o una autorización de adquisición de cartuchería en cupo superior al establecido."
Nada dice de facturas, tickets u otros justificantes ... No nos inventemos las leyes ni nos exijamos más de lo que en ellas se dice claramente. La autoridad puede comprobar cuando quiera cuándo y dónde compramos la munición; para eso piden guías en el caso de cartuchos metálicos y el dni para comprar cartuchos semimetálicos.
Saludos.
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Re: Duda sobre transporte de munición
Y sobre la duda del compañero. De la lectura de la normativa yo interpreto lo que sigue.
Si vas en solitario en un turismo particular: 150, 200 y 5.000. Con acompañantes en un turismo particular: 100 y 300 -salvo que hayas solicitado autorización de transporte por encima de esos límites y vayas a una competición; entonces podrás llevar los cartuchos que hayas solicitado y te hayan autorizado-. En un transporte público no puedes llevar munición.
Saludos.
Si vas en solitario en un turismo particular: 150, 200 y 5.000. Con acompañantes en un turismo particular: 100 y 300 -salvo que hayas solicitado autorización de transporte por encima de esos límites y vayas a una competición; entonces podrás llevar los cartuchos que hayas solicitado y te hayan autorizado-. En un transporte público no puedes llevar munición.
Saludos.
- pepe_elpata
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Re: Duda sobre transporte de munición
winchester73 escribió:
Nada dice de facturas, tickets u otros justificantes ... No nos inventemos las leyes ni nos exijamos más de lo que en ellas se dice claramente. La autoridad puede comprobar cuando quiera cuándo y dónde compramos la munición; para eso piden guías en el caso de cartuchos metálicos y el dni para comprar cartuchos semimetálicos.
Saludos.
¿Has leido el post original de Alvarogm donde expone su duda?
Si dices que si pasamos a la segunda cuestion
¿Te imaginas un control cualquiera de camino a casa y te encuentran en el maletero 5000 cartuchos?
Salvo que tengas el ticket o factura de compra de la armeria...estoy seguro que cuando menos ¡¡¡sales en los periodicos!!!
A no ser que le des al señor agente una razonada explicacion de tal proceder, puede que incluso logres que te escolte hasta tu nuevo domicilio por unas horas o hasta que la autoridad concluya la inspeccion de las compras con guia o con DNI.
Saludos cordiales desde Asturias
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Re: Duda sobre transporte de munición
A ver, la normativa dice que se pueden 5.000 ¿sí o no? ¿Que son muchos? ¿Qué para qué tienes tantos? Vale, de acuerdo. Pero ellos sabrán por qué lo autorizan así, ¿no? De arma corta sólo permiten 150 ¡! Debe de ser que los cartuchos no hacen pupa ...
Si no has hecho nada malo y te detienen en un control, pues tendrás que dar las explicaciones que consideren necesarias -aunque no debiera se así; porque para algo se ha puesto por escrito en una norma que puedes almacenar y transportar 5.000 cartuchos de escopeta-; pero no estás haciendo nada ilegal. Lo dicen ellos en la normativa, que no lo digo yo.
De todas maneras, cada cual que actúe como considere oportuno y siempre respetando las leyes.
Un saludo.
Si no has hecho nada malo y te detienen en un control, pues tendrás que dar las explicaciones que consideren necesarias -aunque no debiera se así; porque para algo se ha puesto por escrito en una norma que puedes almacenar y transportar 5.000 cartuchos de escopeta-; pero no estás haciendo nada ilegal. Lo dicen ellos en la normativa, que no lo digo yo.
De todas maneras, cada cual que actúe como considere oportuno y siempre respetando las leyes.
Un saludo.
- para_bellum
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Re: Duda sobre transporte de munición
winchester73 escribió:A ver, la normativa dice que se pueden 5.000 ¿sí o no? ¿Que son muchos? ¿Qué para qué tienes tantos? Vale, de acuerdo. Pero ellos sabrán por qué lo autorizan así, ¿no? De arma corta sólo permiten 150 ¡! Debe de ser que los cartuchos no hacen pupa ...
Si no has hecho nada malo y te detienen en un control, pues tendrás que dar las explicaciones que consideren necesarias -aunque no debiera se así; porque para algo se ha puesto por escrito en una norma que puedes almacenar y transportar 5.000 cartuchos de escopeta-; pero no estás haciendo nada ilegal. Lo dicen ellos en la normativa, que no lo digo yo.
De todas maneras, cada cual que actúe como considere oportuno y siempre respetando las leyes.
Un saludo.
Pues claro compañero. Pero si en algo somos especialistas los tiradores es en inventarnos leyes... si nos dieran un euro por cada una...
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Re: Duda sobre transporte de munición
Buenas tardes
Entiendo en base a la legislación que se pueden llevar en el coche 300 cartuchos no metálicos cuando vas de caza por CADA persona que va contigo en el coche y que también caza.
Los 5000 cartuchos no metálicos es cuando vas solo y sin arma en el coche.
¿ es así?
Entiendo en base a la legislación que se pueden llevar en el coche 300 cartuchos no metálicos cuando vas de caza por CADA persona que va contigo en el coche y que también caza.
Los 5000 cartuchos no metálicos es cuando vas solo y sin arma en el coche.
¿ es así?
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Re: Duda sobre transporte de munición
JJLdeS escribió:Buenas tardes
Entiendo en base a la legislación que se pueden llevar en el coche 300 cartuchos no metálicos cuando vas de caza por CADA persona que va contigo en el coche y que también caza.
Los 5000 cartuchos no metálicos es cuando vas solo y sin arma en el coche.
¿ es así?
Es así.
Re: Duda sobre transporte de munición
JJLdeS escribió:Buenas tardes
Entiendo en base a la legislación que se pueden llevar en el coche 300 cartuchos no metálicos cuando vas de caza por CADA persona que va contigo en el coche y que también caza.
Los 5000 cartuchos no metálicos es cuando vas solo y sin arma en el coche.
¿ es así?
Y por qué sin arma (documentada reglamentariamente, se supone) ?
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