Número de cierres o piezas esenciales por armero
Número de cierres o piezas esenciales por armero
Hola a todos:
Me dirijo a aquellas personas que tengan experiencia o conocimiento, en los temas de leyes y normativa de armas.
Llevo tiempo leyendo los post de este foro, ya que un familiar lleva años registrado. Escribo este post, para efectuar una consulta que es la siguiente:
Como todos sabemos, y según el reglamento de armas, los poseedores de la licencia F, en caso de guardar las armas en el domicilio, estas deberán estar desactivadas con los cierres o las piezas esenciales en armeros, los cuales según una circular de la ICAE, deben ser al menos de grado III. Hasta aquí no hay dudas. Pero la duda que tengo, es cuántos cierres se pueden guardar en un armero de grado III, o enfocado de otro modo ¿si un armero es para 3 armas, se aplica lo mismo para los cierres, o ello es solo de aplicación para las empresas privadas?
Saludos a todos
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Llevo tiempo leyendo los post de este foro, ya que un familiar lleva años registrado. Escribo este post, para efectuar una consulta que es la siguiente:
Como todos sabemos, y según el reglamento de armas, los poseedores de la licencia F, en caso de guardar las armas en el domicilio, estas deberán estar desactivadas con los cierres o las piezas esenciales en armeros, los cuales según una circular de la ICAE, deben ser al menos de grado III. Hasta aquí no hay dudas. Pero la duda que tengo, es cuántos cierres se pueden guardar en un armero de grado III, o enfocado de otro modo ¿si un armero es para 3 armas, se aplica lo mismo para los cierres, o ello es solo de aplicación para las empresas privadas?
Saludos a todos
Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Sighter escribió:Hola a todos:
Me dirijo a aquellas personas que tengan experiencia o conocimiento, en los temas de leyes y normativa de armas.
Llevo tiempo leyendo los post de este foro, ya que un familiar lleva años registrado. Escribo este post, para efectuar una consulta que es la siguiente:
Como todos sabemos, y según el reglamento de armas, los poseedores de la licencia F, en caso de guardar las armas en el domicilio, estas deberán estar desactivadas con los cierres o las piezas esenciales en armeros, los cuales según una circular de la ICAE, deben ser al menos de grado III. Hasta aquí no hay dudas. Pero la duda que tengo, es cuántos cierres se pueden guardar en un armero de grado III, o enfocado de otro modo ¿si un armero es para 3 armas, se aplica lo mismo para los cierres, o ello es solo de aplicación para las empresas privadas?
Saludos a todos
Hasta donde llega mi experiencia personal, en tanto la intervención de armas no te exija otra cosa, puedes ir metiendo tantas como quepan.
Y si un día te piden un armero más grande, lo tendrás que comprar.
Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Muchas gracias por la respuesta. Pero la pregunta es qué dice la ley; saludos.
- Millán Astray
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Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
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Última edición por Millán Astray el 19 Oct 2018 22:41, editado 1 vez en total.
Pasamos y pasaremos !
Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Millán Astray escribió:En las IA,s. Te dicen que un armero de los normales que tenemos todos es solo para 3 armas, pero no te lo dan por escrito, yo lo he pedido, por lo que yo en un armero normal de grado 3 tengo 5 armas cortas y un cierre de un rifle todo guiado en F y sin problemas y todavía entraría otra arma corta mas sin problema de rellenar todo el espacio y que cierre la puerta.
Gracias Millán. Pero la pregunta es en qué ley, normativa o circular se establece que por cada cierre, sea necesario un determinado volumen en litros. He buscado por todos lados, y lo único que veo es en relación a la seguridad privada, y se refiere a las armas completas.
Se de personas a las que les han obligado a aplicar la norma, ya que lo he leído en este foro, pero dicha norma no la encuentro.
Un cordial saludo.
Última edición por Sighter el 19 Oct 2018 12:38, editado 1 vez en total.
Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Post repetido; perdón
Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Supongo que cada fabricante homologa su armero hasta un cierto número de armas y a eso se atienen las IA.
Si lo que buscas es ir sobre seguro, cíñete al mismo límite y nunca tendrás ninguna queja.
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- Millán Astray
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Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
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Última edición por Millán Astray el 19 Oct 2018 22:41, editado 1 vez en total.
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Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Eso de la capacidad del armero, es algo bastante teórico, y el numero de ellas que caben, que da el fabricante, puede ser algo aproximado, dado que no todas las armas, ni tienen el mismo tamaño, ni el mismo volumen, dado que en el mismo armero, lo mismo te caben 10 Glock 17, como solo 4 Walther GSP, o no????.........Y son armas que se guían en F, sin mayor problema.
Saludos.
Saludos.
-
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Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Hola a todos la capacidad de los armeros se rige por la normativa de seguridad privada la cual dice que el arma tiene que ser un revolver calibre 38spl de cuatro pulgadas y lo cubican en 3,5 litros en base a eso los fabricantes de armeros venden los armeros con la capacidad tal..
mi armero sps con certificado 2012 se vendía para tres armas pero en el papel de la homologación no pone nada solo la capacidad en litros
Eso es por qué los usuarios de la licencia F no estamos regidos por las mismas normas acaso todas las armas cubican lo mismo?
Y según el reglamento solo estamos obligados a guardar las piezas fundamentales o cerrojo
Os muestro una resolución de la propia icae al respecto
mi armero sps con certificado 2012 se vendía para tres armas pero en el papel de la homologación no pone nada solo la capacidad en litros
Eso es por qué los usuarios de la licencia F no estamos regidos por las mismas normas acaso todas las armas cubican lo mismo?
Y según el reglamento solo estamos obligados a guardar las piezas fundamentales o cerrojo
Os muestro una resolución de la propia icae al respecto
Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Hoplon escribió:Supongo que cada fabricante homologa su armero hasta un cierto número de armas y a eso se atienen las IA.
Si lo que buscas es ir sobre seguro, cíñete al mismo límite y nunca tendrás ninguna queja.
¿Aunque no haya ninguna ley, reglamento, normativa o circular que así lo prescriba? Lo siento, pero mi pregunta no tiene nada que ver con tu respuesta. Yo lo que pregunto es si hay una normativa al respecto o no. Lo que pregunto es si los particulares estamos supeditados de forma legal a esa restricción o no, cuando no son armas lo que tenemos que guardar con la licencia F, sino los cierres u otra pieza esencial. No estoy buscando seguridad más allá de la propia ley.
Solo me interesa la legalidad, pues soy respetuoso con las leyes. Pero tampoco quiero que se me obligue a pasar por leyes que no existen y es por ello que me intereso por conocer la verdadera legalidad; no la legalidad inventada.
Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Sighter escribió:Hoplon escribió:Supongo que cada fabricante homologa su armero hasta un cierto número de armas y a eso se atienen las IA.
Si lo que buscas es ir sobre seguro, cíñete al mismo límite y nunca tendrás ninguna queja.
¿Aunque no haya ninguna ley, reglamento, normativa o circular que así lo prescriba? Lo siento, pero mi pregunta no tiene nada que ver con tu respuesta. Yo lo que pregunto es si hay una normativa al respecto o no. Lo que pregunto es si los particulares estamos supeditados de forma legal a esa restricción o no, cuando no son armas lo que tenemos que guardar con la licencia F, sino los cierres u otra pieza esencial. No estoy buscando seguridad más allá de la propia ley.
Solo me interesa la legalidad, pues soy respetuoso con las leyes. Pero tampoco quiero que se me obligue a pasar por leyes que no existen y es por ello que me intereso por conocer la verdadera legalidad; no la legalidad inventada.
La verdad es que me veo incapaz de ayudarte, suerte.
Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Hoplon escribió:Sighter escribió:Hoplon escribió:Supongo que cada fabricante homologa su armero hasta un cierto número de armas y a eso se atienen las IA.
Si lo que buscas es ir sobre seguro, cíñete al mismo límite y nunca tendrás ninguna queja.
¿Aunque no haya ninguna ley, reglamento, normativa o circular que así lo prescriba? Lo siento, pero mi pregunta no tiene nada que ver con tu respuesta. Yo lo que pregunto es si hay una normativa al respecto o no. Lo que pregunto es si los particulares estamos supeditados de forma legal a esa restricción o no, cuando no son armas lo que tenemos que guardar con la licencia F, sino los cierres u otra pieza esencial. No estoy buscando seguridad más allá de la propia ley.
Solo me interesa la legalidad, pues soy respetuoso con las leyes. Pero tampoco quiero que se me obligue a pasar por leyes que no existen y es por ello que me intereso por conocer la verdadera legalidad; no la legalidad inventada.
La verdad es que me veo incapaz de ayudarte, suerte.
No; si no tengo realmente ningún problema que solucionar.
Un cordial saludo de todos modos y gracias por la aportación.
- Millán Astray
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Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Aquí hay algo que se me escapa....o nos está tomando el pelo uno con 2 nick diferentes, o es como cuando un tonto sigue un camino y se acaba el camino pero el tonto sigue,
Por eso he borrado mis post,
Saludos.
Por eso he borrado mis post,
Saludos.
Pasamos y pasaremos !
Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Manda una consulta directamente a intervención de armas a través de su mail, dg-icae@guardiacivil.org , seguro que te dan respuesta a lo que preguntas.
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Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Pokiaceuche escribió:Hola a todos la capacidad de los armeros se rige por la normativa de seguridad privada la cual dice que el arma tiene que ser un revolver calibre 38spl de cuatro pulgadas y lo cubican en 3,5 litros en base a eso los fabricantes de armeros venden los armeros con la capacidad tal..
mi armero sps con certificado 2012 se vendía para tres armas pero en el papel de la homologación no pone nada solo la capacidad en litros
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Y según el reglamento solo estamos obligados a guardar las piezas fundamentales o cerrojo
Os muestro una resolución de la propia icae al respecto
Hola a todos:
Aunque no responde directamente, yo lo veo claro: puedes almacenar las piezas fundamentales de tantas armas como tengas amparadas por la licencia F (y te quepan, claro

Y no quiero reabrir el tema -por otra parte no cerrado hasta que alguien plante un contencioso-administrativo- del año de homologación del armero: lo dice claro, grado III o grado C. Los “antiguos”, deberían valer en cualquier caso.
Para acabar, la ley de seguridad privada, es para eso, para compañías que se dedique a esa actividad, no para partículares; todo ello, en mí humilde opinión.
Saludos.

"Nasío pá tirar"
Socio NRA # 204393755.
Socio ANARMA: 1778.

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Re: Número de cierres o piezas esenciales por armero
Millán Astray escribió:Aquí hay algo que se me escapa....o nos está tomando el pelo uno con 2 nick diferentes, o es como cuando un tonto sigue un camino y se acaba el camino pero el tonto sigue,
Por eso he borrado mis post,
Saludos.
No compañero. Es que Sighter es el familiar que me ha mencionado. Somos dos personas diferentes. Es precisamente ese familiar con el que he estado debatiendo este mismo tema, y ella quería participar. Te pido que no lo tomes a mal. Somos dos personas distintas y ya ha dicho que hay un familiar que lleva tiempo en este foro. Se ha registrado para comentar acerca de lo que ella y yo hemos debatido, pues tenemos opiniones distintas.
Un cordial saludo
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