[citando a: MiguelDi]
Lo de las 200 es absoluto o se refiere a almacernarlas en el mismo lugar... lo digo porque si tienes dos casas ¿No podrias tener 200 en cada una?
No jugueis con la Guardia Civil.
En la Autorizacion para Aumento de Cupo, te lo pone con claridad y precision suficiente:
" 4- En ningún caso podrá tener depositada en su domicilio o fuera de el, cantidades de cartuchería que excedan de las estipuladas en el art. 212 del Reglamento de Explosivos".
Un saludo al foro.