Se puede tirar al plato con licencia de caza?

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CX4_STORM
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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor CX4_STORM » 21 Jul 2018 15:32

Pues no veo ninguna contradicción en mis afirmaciones. Las federativas, por ley, sólo son obligatorias para competir, no para practicar ningún deporte. Pero como con la F se te obliga a competir al menos una vez al año, pues a federarte por cojones.

Ninguna otra licencia de armas te obliga a competir, así que tampoco te pueden obligar a federarte para poner a tiro la mira del rifle o romper unos platos, salvo que la norma interna del club dicte lo contrario (y suele ser para hacer caja, no porque ninguna ley o reglamento les obligue)

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kentucky
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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor kentucky » 21 Jul 2018 17:31

sinoapuntoconfio escribió:
kentucky escribió:El compak y el recorrido de caza son modalidades de plato que las regula la federación de caza.
Con tener la federativa de caza podras competir, y sin ella pero con seguro de caza, podras hechar unas series sin problemas en esos tipos de campos.
Si vas a tirar en foso, lo regula la federación de tiro olimpico, se necesita minimo la federativa de entrenamientos, que es mas barata pues no es para competir, solo para pasar el rato e incluye un seguro.
Todo esto en teoria...pues aún no he visto pedirle a nadie ningun tipo de federativa en ninguno de los dos tipos de campos.


bien , no es mi intencion levantar una polemica ni mucho menos , pero repito que esto NO ES ASI , cada uno puede hacer con su capa un sayo ya que cada uno es responsable de sus decisiones , pero no esta bien que a quien no sepa le aconsejeis que se meta en un lio , como decia alguien cada IA es un reino de taifas e incluso cada club de tiro puede tener sus creencias y normas , algunas basadas en las mismas equivocaciones que se leen aqui , pero si os encontrais con un GC que sepa lo que hace os vais a meter en un lio
repito y ademas repito una cosa que sabeis todos pero que no se porque algunos teneis mal asociada

1º.- segun nuestra legislacion para disparar un tiro en este pais ahi que tener una justificacion y cobertura
2º.-la licencia y federacion de caza unica y exclusivamente nos cubre en accion pura de caza debidamente recogida en la ordenacion de caza y no en el resto de ocasiones
3º. en españa no esta recogida la figura de tiro de entretenimiento
4º.- para cualquier actividad de indole deportiva con un arma se exige estar amparado por la federacion de tiro deportivo

a partir de aqui no voy a discutir con nadie ni entrar en polemicas , si tu en la comunidad autonoma donde vives no has visto pedir la licencia te aseguro que yo si lo he visto , repito existe o al menos existia hasta hace muy poco tiempo que lo he visto por ultima vez (hace un par de años que no me muevo en ese mundo) una licencia federativa por un dia (creo que costaba 6 €) para cubrir esas situaciones , por lo demas yo tambien he participado en pachangas de amigos donde alguno o varios no tenian esa licencia federativa , incluso algunos ni tenian permiso de armas de españa (lo tenian en su pais pero aqui no era valido) y nadie les dijo nada , pero eso no significa que estuvieramos legales y lo sabiamos
saludos

No creas polémica, tranquilo.
Yo solo he dicho que nunca he visto pedir federativas de ningún tipo. Dichas federativas son las que te acreditan a practicar cada modalidad.
Compak y RR.CC federativa de caza
Foso universal, olimpico o skeet (o robot o minifoso) federativa de tiro olimpico.
Esto seria lo logico.
Qizas no me he expresado bien antes.
Pero repito que he visto aparecer a la autoridad en campos de tiro y no pedir ni siquiera el permiso de armas.
Se supone que como minimo, minimo, cada usuario de armas tiene una licencia de caza y un seguro.
Yo mismo puedo estar incurriendo en una ilegalidad alguna vez al año, pues no cazo, solo tiro al plato, y tengo mi federativa de entrenamientos...pero de cuando en cuando voy a practicar compak que como he dicho, la regula la federación de caza, y yo no tengo federativa de caza.
Creo que cualquier agente de autoridad que verifique que se posee una u otra licencia federativa, entiende que es un usuario de armas capacitado y que demuestra que usa el arma para fines deportivos aunque esté en otro campo de tiro diferente a su modalidad habitual.
Los campos de foso que frecuento lo son también por cazadores sin federativa de plato....se hincharian a denunciar en todo el territorio nacional.

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor sinoapuntoconfio » 21 Jul 2018 18:00

kentucky escribió:
sinoapuntoconfio escribió:
kentucky escribió:El compak y el recorrido de caza son modalidades de plato que las regula la federación de caza.
Con tener la federativa de caza podras competir, y sin ella pero con seguro de caza, podras hechar unas series sin problemas en esos tipos de campos.
Si vas a tirar en foso, lo regula la federación de tiro olimpico, se necesita minimo la federativa de entrenamientos, que es mas barata pues no es para competir, solo para pasar el rato e incluye un seguro.
Todo esto en teoria...pues aún no he visto pedirle a nadie ningun tipo de federativa en ninguno de los dos tipos de campos.


bien , no es mi intencion levantar una polemica ni mucho menos , pero repito que esto NO ES ASI , cada uno puede hacer con su capa un sayo ya que cada uno es responsable de sus decisiones , pero no esta bien que a quien no sepa le aconsejeis que se meta en un lio , como decia alguien cada IA es un reino de taifas e incluso cada club de tiro puede tener sus creencias y normas , algunas basadas en las mismas equivocaciones que se leen aqui , pero si os encontrais con un GC que sepa lo que hace os vais a meter en un lio
repito y ademas repito una cosa que sabeis todos pero que no se porque algunos teneis mal asociada

1º.- segun nuestra legislacion para disparar un tiro en este pais ahi que tener una justificacion y cobertura
2º.-la licencia y federacion de caza unica y exclusivamente nos cubre en accion pura de caza debidamente recogida en la ordenacion de caza y no en el resto de ocasiones
3º. en españa no esta recogida la figura de tiro de entretenimiento
4º.- para cualquier actividad de indole deportiva con un arma se exige estar amparado por la federacion de tiro deportivo

a partir de aqui no voy a discutir con nadie ni entrar en polemicas , si tu en la comunidad autonoma donde vives no has visto pedir la licencia te aseguro que yo si lo he visto , repito existe o al menos existia hasta hace muy poco tiempo que lo he visto por ultima vez (hace un par de años que no me muevo en ese mundo) una licencia federativa por un dia (creo que costaba 6 €) para cubrir esas situaciones , por lo demas yo tambien he participado en pachangas de amigos donde alguno o varios no tenian esa licencia federativa , incluso algunos ni tenian permiso de armas de españa (lo tenian en su pais pero aqui no era valido) y nadie les dijo nada , pero eso no significa que estuvieramos legales y lo sabiamos
saludos

No creas polémica, tranquilo.
Yo solo he dicho que nunca he visto pedir federativas de ningún tipo. Dichas federativas son las que te acreditan a practicar cada modalidad.
Compak y RR.CC federativa de caza
Foso universal, olimpico o skeet (o robot o minifoso) federativa de tiro olimpico.
Esto seria lo logico.
Qizas no me he expresado bien antes.
Pero repito que he visto aparecer a la autoridad en campos de tiro y no pedir ni siquiera el permiso de armas.
Se supone que como minimo, minimo, cada usuario de armas tiene una licencia de caza y un seguro.
Yo mismo puedo estar incurriendo en una ilegalidad alguna vez al año, pues no cazo, solo tiro al plato, y tengo mi federativa de entrenamientos...pero de cuando en cuando voy a practicar compak que como he dicho, la regula la federación de caza, y yo no tengo federativa de caza.
Creo que cualquier agente de autoridad que verifique que se posee una u otra licencia federativa, entiende que es un usuario de armas capacitado y que demuestra que usa el arma para fines deportivos aunque esté en otro campo de tiro diferente a su modalidad habitual.
Los campos de foso que frecuento lo son también por cazadores sin federativa de plato....se hincharian a denunciar en todo el territorio nacional.


me citais y me parece una descortesia no contestar , pero desde luego ya he dicho todo lo que tenia que decir en este tema , pero vamos a seguir
en primer lugar yo no conozco ninguna federativa de entrenamientos , no se que es eso , yo conozco la federativa de caza en todas sus modalidades , y conozco la federativa de tiro , bien sea anual o por dia , pero de entrenamientos no la conozco , lo mismo el foso que el skeet que compac que lo que quieras NO ES CAZAR , un plato no se le caza , se le rompe , hace años habia tiradas de pichon y de codorniz , en aquel momento hubo un pequeño problema entre federaciones pues la de tiro decia que eso no era caza y la de caza aducia la rpesencia de animales a abatir para querer cobrar su parte , pero a dia de hoy eso ya no existe y una cosa es disparar sobre animales que esta cubierto por la federacion de caza y disparar sobre blancos artificiales , que corresponde a la federacion de tiro , no ahi mas , si estas cazando tienes que estar federado con la tarjeta correspondiente a la federacion de caza y si estas tirando al blanco tienes que tener la tarjeta dependiente de la federacion de tiro y punto , no ahi mas que eso , por otra parte si no estas cubierto por una de estas tarjetas no puedes disparar un solo tiro , ¿que en algunos sitios no se meten? perfecto, tampoco en asturias se meten con las distancias obligatorias en accion de caza pues debido a la dispersion de las viviendas si no estas a menos metros de una casa estas cerca de otroa y si no tienes un camino cerca o cualquier otra cosa que haria que mas del 50% del terreno cinegetico no se pudiera cazar y prefieren mirar hacia otro lado , pero eso no quiere decir que el dia que quieran y a discreccion del agente puedan hacerlo , en el caso de las federativas lo mismo , no lo hacen, bien , pero pueden hacerlo , y si lo hacen estaras ilegal si no tienes la tarjeta correspondiente

si no os importa yo dejo el tema , ya he visto que los que estais convencidos de estar legales haciendo eso no os voy a convencer y no tengo vocacion de misionero , a mi desde luego en esa no ve mas a coger , pues para cada cosa tengo mi tarjeta , si a vosotros tampoco os cojen estupendo , y si os cojen yo no voy a pagar las consecuencias , asi que lo dicho , yo abandono la discusion

saludos

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor furas » 21 Jul 2018 18:08

Como siempre todos tenemos razón.
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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor CX4_STORM » 21 Jul 2018 19:05

Vaya... Y ahora leo que sin la federativa de caza no se puede cazar... Flipo.

¡Que no! Deja de engañar a la gente, no estoy federado para nada y en la G.C. solo me piden la licencia de caza para renovar, nada de federativas.

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor sinoapuntoconfio » 21 Jul 2018 19:28

CX4_STORM escribió:Vaya... Y ahora leo que sin la federativa de caza no se puede cazar... Flipo.

¡Que no! Deja de engañar a la gente, no estoy federado para nada y en la G.C. solo me piden la licencia de caza para renovar, nada de federativas.


mira , tengo que pedir perdon porque se me colo esa errata en la argumentacion , si , es verdad , la licencia de caza suple a la licencia federativa , pero tienes la licencia de caza para poder disparar , PERO SOLO PARA CAZAR COÑO
por otro lado yo no engaño a nadie , el que engañas eres tu que no tienes ni puta idea de lo que hablas ¿vale? , y si tan seguro estas de lo que dices dime donde vas a estar la proxima vez disparando al plato con solo la licencia de caza y te cuento un chiste para que nos riamos todos menos tu , cojones , que esta bien ser necio pero no insultar a los demas , engañar , engañas tu y si no estas conforme con no tener razon con tu pan te lo comas
joder con el tio , y esta si es mi ultima participacion , intenta uno ser educado para que le insulten no te jode , y encima diciendo la verdad

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor sinoapuntoconfio » 21 Jul 2018 19:38

y si no mira buscate la legislacion correspondiente y cuando llegues a este apartado

"Art. 391… “Para poder practicar el Tiro al Plato, bien como entrenamiento o tomando parte en cualquier tipo de tirada, incluso de tipo social o benéfica, con instalaciones reglamentarias o no, todos los tiradores sin excepción deberán proveerse cada año de la Licencia Federativa…….“

entonces te aclaras y me cuentas , ni te voy a decir donde buscarlo ni lo que biscar ya que eres tan listo

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor CX4_STORM » 21 Jul 2018 21:11

sinoapuntoconfio escribió:y si no mira buscate la legislacion correspondiente y cuando llegues a este apartado

"Art. 391… “Para poder practicar el Tiro al Plato, bien como entrenamiento o tomando parte en cualquier tipo de tirada, incluso de tipo social o benéfica, con instalaciones reglamentarias o no, todos los tiradores sin excepción deberán proveerse cada año de la Licencia Federativa…….“

entonces te aclaras y me cuentas , ni te voy a decir donde buscarlo ni lo que biscar ya que eres tan listo


¿Puedes poner un enlace al citado reglamento? Porque el de armas no es.

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor sinoapuntoconfio » 21 Jul 2018 21:22

pues mira no , ya que yo engaño a la gente buscate la vida y encuentralo , estar esta
Adjuntos
Hola, quisiera saber si es legal tirar en una cancha autorizada de tiro al plato con permiso de armas 80

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor furas » 21 Jul 2018 22:39

Yo no estoy federado y tiro, aquí en Madrid sin problemas, lo mismo que cuando pongo el rifle en tiro, pago y esos son todos los requisitos.
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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor CX4_STORM » 21 Jul 2018 22:50

Ya veo, ya... El reglamento de la Federación.

Pues ni todos los campos de tiro les pertenecen ni estando adscritos obligan a federarse para tiro lúdico, ajustar visor, etc.

Ninguna ley obliga a federarse para ningún deporte mientras no se compita, otra cosa es que la federación de tiro quiera sacarnos nuestro dinero para malgastarlo y trate de engañarnos.

Si yo monto un campo de tiro particular para tirar yo y quien quiera invitar, la federación no puede decirme ni pío. Y como prueba pongo los artículos 150 y 151 en las que se mencionan los requisitos para montar un campo de tiro y la federación no está invitada en los citados artículos.



Sección 2. Campos, galerías y polígonos de tiro

Artículo 150.

1. Se considerarán campos y galerías de tiro los espacios habilitados para la práctica del tiro que reúnan las características y medidas de seguridad que se determinan en anexo a este Reglamento.

2. A los efectos del presente Reglamento, se considerará polígono de tiro el espacio, limitado y señalizado, que esté integrado, como mínimo, por dos campos de tiro, dos galerías de tiro, o un campo y una galería de tiro.

3. Los campos y polígonos de tiro sólo podrán ser instalados en los terrenos urbanísticamente aptos para estos usos y en todo caso fuera del casco de las poblaciones.


Artículo 151.

1. Sin perjuicio de otras licencias o autorizaciones de carácter preceptivo que, en virtud de su competencia, corresponda otorgar a la Administración General del Estado, o a las Administraciones Autonómicas o Locales, las personas naturales o jurídicas que pretendan instalar campos, galerías o polígonos de tiro deberán solicitar la pertinente autorización para ello de la Dirección General de la Guardia Civil. La petición deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

a) Certificación del acuerdo de instalación, si se trata de una persona jurídica.

b) Certificado de antecedentes penales del peticionario, si es persona física, o del representante, si es persona jurídica.

c) Memoria o proyecto y plano topográfico, con las siguientes especificaciones:

1. Lugar de emplazamiento y distancias que lo condicionen.

2. Dimensiones y características técnicas de la construcción, de acuerdo con el anexo a este Reglamento.

3. Medidas de seguridad en evitación de posibles accidentes, de acuerdo con el anexo a este Reglamento.

4. Destino proyectado y modalidades de tiro a practicar.

5. Condiciones de insonorización, cuando se trate de galerías de tiro.

6. Las restantes exigidas para cada supuesto en el anexo al presente Reglamento.

2. Para las galerías de tiro ubicadas en zonas urbanas, será precisa la instrucción de procedimiento en el que sean oídos los vecinos del inmueble en que pretendan instalarse y de los inmediatos al mismo, salvo que ya se hubiera instruido al efecto por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento.

3. Para la concesión de autorización de campos, galerías y polígonos de tiro, será preciso el informe favorable de la Dirección General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa y del órgano correspondiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

4. La Dirección General de la Guardia Civil comunicará al Ministerio de Defensa las autorizaciones concedidas.


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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor coyote81 » 22 Jul 2018 12:15

Una pregunta tonta, ¿nadie ha expuesto esa duda en su IA? Vale, ya sé que parece que cada IA va por libre y tal...pero al fin y al cabo creo que son las que mejor pueden resolver esa cuestión e incluso dárnoslo por escrito por si llegado el caso hubiese que mostrarlo donde sea necesario para disipar dudas y/o evitar una posible sanción.
Saludos!!
Si quieres saber cómo es alguien no escuches lo que dice, observa lo que hace.

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor CX4_STORM » 22 Jul 2018 12:27

coyote81 escribió:Una pregunta tonta, ¿nadie ha expuesto esa duda en su IA? Vale, ya sé que parece que cada IA va por libre y tal...pero al fin y al cabo creo que son las que mejor pueden resolver esa cuestión e incluso dárnoslo por escrito por si llegado el caso hubiese que mostrarlo donde sea necesario para disipar dudas y/o evitar una posible sanción.
saludos!!


Puede que el tuyo sea el comentario más acertado de éste hilo. Por mi parte no lo voy a consultar porque no tengo ninguna duda, pero para quien la tenga, es lo mejor que puede hacer.

Saludos

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor coyote81 » 22 Jul 2018 12:37

CX4_STORM escribió:
coyote81 escribió:Una pregunta tonta, ¿nadie ha expuesto esa duda en su IA? Vale, ya sé que parece que cada IA va por libre y tal...pero al fin y al cabo creo que son las que mejor pueden resolver esa cuestión e incluso dárnoslo por escrito por si llegado el caso hubiese que mostrarlo donde sea necesario para disipar dudas y/o evitar una posible sanción.
saludos!!


Puede que el tuyo sea el comentario más acertado de éste hilo. Por mi parte no lo voy a consultar porque no tengo ninguna duda, pero para quien la tenga, es lo mejor que puede hacer.

Saludos


Gracias!!
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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?s

Mensajepor topp » 22 Jul 2018 13:27

Si preguntamos a los reinos de taifas las constetaciones van a ser diferentes en cada IA... 8) ya que queda la mayor parte del criterio a la interpretación del reglamento por parte del oficial que como sabemos esta versado en temas juridicos.. :D
Que este bien o que esta mal aqui en Madrid la mayoria de la gente que tira plato lo hace con su licencia de caza y seguro los que van mas en serio o no cazan estan federados. Porque se hace esto, pues intereses economicos es preferible tener las canchas llenas de gente pagando sus tiradas que la cancha vacia con cuatro federados.
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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor para_bellum » 23 Jul 2018 14:59

Que paren todos los torneos de fiestas patronales de España, que 4 iluminaos han llegado a la conclusión de que hay que restringir las cosas más de lo que pone en las normas!!

Hay veces que uno se arrepiente de venir a decir nada a este foro. Haced lo que os salga de los huevos y asustad todo lo que podáis a la gente que se acerca a nuestro deporte a ver si nos joden más y prohíben todas las armas legales de una vez.

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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor llamareto » 03 Ago 2018 00:12

No había visto que el hilo seguía y seguía. Acabo de leerlo y me quedo igual que al principio pero quería hacer algunas reflexiones:

- Coincido en que en una IA puede que te contesten una cosa y en otra lo contrario, creo que el actual reglamento de armas debería ser mucho mas claro en esto y en mas cosas y no estar tan sujeto a interpretaciones etc. Como no se cual es la realidad pues no puedo estar de parte de ninguna opinión de las anteriores.

-Soy aeromodelista y parapentista desde hace muchos años y también hemos tenido nuevas normativas que nos han obligado a muchas cosas y aunque no se si es extrapolable os cuento:

Hace años se tenia la creencia popular de que para volar aeromodelos o volar en parapente había que estar federado en aeromodelismo o vuelo libre, en tu comunidad, lo cual te daba "derecho" a volar en campos de vuelo homologados por las federaciones o en terrenos libres "con permiso del propietario" en caso del parapente.

Yo estuve federado en ambas modalidades muchos años.

Acabe enterándome a causa de sentencias judiciales ajenas a mi que las federaciones y sus seguros solo te cubre las practicas de los deportes que representan solo para competiciones. Pero también había interpretaciones y los vuelos de avioncitos de domingueo no son competiciones pero en teoría y también me consta que era así y sigue siendo, el seguro te cubre dependiendo de lo que pase pero si la federación se pone tonta te jodes y no hay seguro que valga si no es en competición o entrenamiento de la misma.

Hoy en día (antes también pero casi nadie lo sabia o no quería saberlo) puedes volar un aeromodelo con un seguro privado, que es el que tengo desde hace pocos años, ya que yo nunca he competido ni lo voy a hacer, la cosa es que hay campos de vuelo que te permiten ese seguro privado en sus instalaciones y otros no, según las normas que tengan, eso si, tienes que tener un seguro de responsabilidad civil de daños a terceros como mínimo en cualquier campo.

Se daba la paradoja de que el seguro de la federación cubría daños a terceros, excepto a otros federados (te cagas) o sea empotro mi avión en la crisma de un espectador o en su coche y mi seguro le cubre, pero lo mismo en otro socio del club y no hay seguro que valga....

Ahora vuelo por libre paso de clubes, todo son marrones, mi seguro privado y la legislación vigente me permiten volar en ciertos espacios no controlados por las autoridades aeronáuticas (AESA), quedan muy pocos, pero los hay.

Pasemos al parapente:

Es una aeronave tripulada (no un avión de aeromodelismo con el que a 500 metros lo pierdes de vista...). Pues bien, legalmente no es necesaria ningún tipo de titulo, carné ni leches, lo compras, un amíguele te enseña a volar y listos. Eso si si causas daños a alguien, entras en conflicto con otras aeronaves o sus espacios sin seguro privado te comes tu el marrón, y si estas federado en vuelo libre solo te cubre en competiciones y en los lugares habilitados para ello, aunque como en el caso de aeromodelismo, se que en vuelo de "domingueo" también el seguro responde hasta cierto limite, es lógico, si no nadie se federaría y adiós chollo de las federaciones.

En fin, repito que ni idea si es extrapolable al tiro al plato pero ahora voy a ser mas concreto:

Si me saco la licencia F (cosa que ya tenia pensada pero todo ha de ir poco a poco) se que hay que federarse en tiro olímpico porque lo exige la propia licencia, y en eso si coincido con el forero que ha dicho que es así porque para mantener la licencia hay que competir al menos dos veces al año si no recuerdo mal haber leído por ahí.

Así que, con F puedo ir a mi galería u otra de tiro con pistola o lo que me permitan y además tranquilamente tirar al plato estando legalmente asegurado y tranquilo?

Además de eso también habría que federarse en tiro al plato específicamente o la tarjeta federativa de tiro olímpico, deportivo o como se llame también lo cubre en canchas de tiro al plato homologadas?

Igual creo nueva polémica pero os aseguro que estoy empezando en este mundo de las armas de fuego y es realmente difícil que te digan exactamente como hay que hacer las cosas, lo que tengo claro es que esto es serio y antes que equivocarme y que vengan los problemas me federo hasta en hinchar globos si hace falta. Otra cosa es que me acabe aburriendo.

Perdón por el tocho. Y valoro todas vuestras opiniones.

Saludos y gracias.

sinoapuntoconfio
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Re: Se puede tirar al plato con licencia de caza?

Mensajepor sinoapuntoconfio » 03 Ago 2018 00:30

si , creo haberlo comantado en alguna intervencion , pero te lo amplio , al tener licencia F como bien dices por narices tienes licencia federativa de tiro , y esa licencia federativa de tiro te habilita para practicar tiro al plato pues el tiro al plato es una modalidad de tiro deportivo , lo que no es , es ninguna forma de caza por lo que la licencia de caza no te sirve

y como preguntas de buenas maneras te voy a decir que hagas caso de los comentarios que he puesto en el hilo y no se te ocurra hacer caso de "algunos" consejos , ahi gente que cree que las leyes son como ellos las sueñan , pero al final no es asi y en tema de armas siempre que haya dos opciones ten en cuenta que la peor es la que te van a aplicar

saludos


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