antares308 escribió:Creo que no lo entiendes/deis......... el R.A va por un lado, el de pirotecnia por otro ( por el tema de recarga ) por industria y el de calibres militares por defensa por otro................... Así que hay el binomio ICAE-CIPAE solo puede " obedecer " pues no son competencias directas de ella. Un ejemplo muy claro, si mañana dicen las comunidades autónomas que solo se pueden cazar con escopetas, por mucho que autorice el R.A la utilización de rifles para la caza estos estarán prohibidos por una ley de caza pertenecientes a las CC.AA.
Por otro lado son varias las vías que hacen agua en el R.A que habrá que solventar con la mayor diligencia por su gravedad.......... a mi sinceramente me preocupan más otros temas antes que la legalización en semi de los citados 223, 308, 7.62x39/5.45x39........... pues tenemos otras opciones ..........otra cosa es que no las traigan pero haberlas haylas. ........... lo dicho otra cosa es que las traigan

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Te has confundido porque no he sido quien reclama el aumento del cupo (cosa conveniente) y aunque es habitual que desde una norma se introduzcan modificaciones a otra existe el inconveniente que ambos reglamentos han sido dictados por ministerios distintos.
En cambio, lo de los calibres militares es un desarrollo del presente Reglamento de Armas por lo que sí es posible abordar ese tema en la modificación que se prepara. Tampoco es competencia del ICAE-CIPAE modificar el reglamento al ser una materia reservada al Ministerio del Interior, pero ciertamente desde ahí se prepara la modificación para su posterior aprobación por el Ministro, y es ahí donde ha de discutirse.
También vuelvo a repetir que habrá muchas cosas que abordar pero hay que abordarlas todas. Claro que existen otras opciones pero si se dice apoyar la libertad de los ciudadanos para elegir es incongruente luego decir que mejor solo elijan lo que les dejemos y ello por no mencionar que esa prohibición de munición supuestamente militar crea una importante distorsión en el mercado español de armas.
Strongresolve escribió:...Llevo ya tres años con el tema este.
El tema de los calibres no tiene nada que ver con la reforma del RA, eso es otra película.
Pues suprimir en el reglamento que el Ministerio de Defensa tenga la prebenda de prohibir ciertas municiones ligeras a los civiles viene a ser la vía rápida. Se conseguiría lo mismo pero de otra manera.
Decir que modificar ese punto del Reglamento de Armas no tiene nada que ver con la reforma del Reglamento de Armas es una afirmación bastante poco afortunada. Desde mi punto de vista hasta ahora las modificaciones que se introducen tienen dos objetivos claros, uno es el de reducir trabajo a las intervenciones de armas, y otro es el de generar algún negocio para clubes y armeros (que no me parece mal). Pero para los aficionados al tiro no veo ninguna ventaja tangible, lo único que una instancia administrativa superior ayudará a una aplicación homogénea de la norma en todo el territorio nacional pero también tiene su aspecto negativo, y es que en caso de tener que acudir a la vía judicial se encarecerá el proceso al cambiar el órgano judicial competente para enjuiciar, y el procedimiento a seguir.
Asuntos que hasta ahora podían resolverlo un juzgado de lo contencioso-administrativo a través de un procedimiento abreviado pasarán a resolverlo los tribunales superiores de justicia mediante el procedimiento ordinario.