Cañón con freno en boca
Cañón con freno en boca
Hola buenas compañeros aver si me podéis echar una mano. Veréis acabo de hacerme con un arma corta marca tanfoglio, modelo “ the ultra “ y tiene el final del cañón y la corredera perforada, de serie no es modificación. La pregunta es , se puede competir en precision de 9 mm?. Es cierto q está prohibido el freno en boca, pero en el reglamento lo pone en la parte de suplementos o contrapesos, hoy precisamente he hablado con un juez o árbitro de Asturias y me a comentado q si no es modificado y es de origen si se puede tirar en precision. Q opináis?.
Re: Cañón con freno en boca
Te copio y pego del Reglamento Técnico Oficial de Pistola 9 mm.
4.9 CONTRAPESOS:
4.9.1 No se permite el uso de contrapesos ni freno de boca, compensadores u otro sistema
similar. No se permite la alteración externa del arma. Se permite el cambio de piezas
como por Ej. Cuerpo o corredera, similares a los originales que tengan las mismas
dimensiones y que no alteren su forma original exterior.
4.10 CAÑON:
4.10.1 La longitud del cañón no debe ser mayor a 153 mm. El mismo no debe sobrepasar el
extremo delantero de la corredera +/- 7 (siete) mm. Solo serán aceptadas las pistolas
que hayan sido fabricadas originalmente con el cañón excediendo el extremo delantero
de la corredera, (cañón fijo), manteniendo su forma exterior original. Se permite el uso
de cañón y boquilla auto-centrante y la alteración interna del arma.
4.9 CONTRAPESOS:
4.9.1 No se permite el uso de contrapesos ni freno de boca, compensadores u otro sistema
similar. No se permite la alteración externa del arma. Se permite el cambio de piezas
como por Ej. Cuerpo o corredera, similares a los originales que tengan las mismas
dimensiones y que no alteren su forma original exterior.
4.10 CAÑON:
4.10.1 La longitud del cañón no debe ser mayor a 153 mm. El mismo no debe sobrepasar el
extremo delantero de la corredera +/- 7 (siete) mm. Solo serán aceptadas las pistolas
que hayan sido fabricadas originalmente con el cañón excediendo el extremo delantero
de la corredera, (cañón fijo), manteniendo su forma exterior original. Se permite el uso
de cañón y boquilla auto-centrante y la alteración interna del arma.
Nacer es vivir.
Renacer es vivir de nuevo.
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Re: Cañón con freno en boca
Si esta claro pero as visto donde entra ese puntualizacion, dentro de contrapesos... modificaciones del arma. Si no vendría en el apartado de cañón y repito me lo dijo un árbitro
Re: Cañón con freno en boca
ya que has abierto el hilo, te vuelvo a comentar lo mismo...... cualquiera se puede equivocar, si tienes dudas consúltalo a otro colegiado, como te dije por privado soy colegiado nacional. y muy claro está que no se puede utilizar cañones perforados aunque vengan de origen,,, como te comentó ese arbitro, si te compras una glock con el interdigital de origen lo podrías utilizar también y ESTA TOTALMENTE DESAUTORIZADO.
en fin, espero haberte servido de ayuda .
un saludo
COCO
en fin, espero haberte servido de ayuda .
un saludo
COCO
Re: Cañón con freno en boca
Yo también soy Árbitro Nacional.
Ese cañón no pasaría el Control de Armas en ningún Campeonato.
Ese cañón no pasaría el Control de Armas en ningún Campeonato.
Nacer es vivir.
Renacer es vivir de nuevo.
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Re: Cañón con freno en boca
Entonces lógicamente yo impugnaria ante un juzgado copio lo q pone el reglamento sobre cañones , solo sobre cañones ni suplementos ni acoples ni nada parecido, explícito reglamentación del cañón.
4.10 CAÑON:
4.10.1 La longitud del cañón no debe ser mayor a 153 mm. El mismo no debe sobrepasar el
extremo delantero de la corredera más 7 (siete) mm. Solo serán aceptadas las pistolas que
hayan sido fabricadas originalmente con el cañón excediendo el extremo delantero de la
corredera, manteniendo su forma exterior original. Se permite el uso de cañón y boquilla
auto-centrante y la alteración interna del arma.
Como veis nada de nada, es más se permite:
permite el uso de cañón y boquilla
auto-centrante y la alteración interna del arma.
No hace falta q lo repita no , se permite la alteración interna del arma.
Recordar q estamos dentro del apartado de cañón, no de suplementos ni contrapesos CAÑÓN.
Lógicamente impugnaria la competición. Y demandaría a la federación.
Si no se puede no se puede. Pero cambiar el texto redactado del reglamento si no tendréis problemas.
4.10 CAÑON:
4.10.1 La longitud del cañón no debe ser mayor a 153 mm. El mismo no debe sobrepasar el
extremo delantero de la corredera más 7 (siete) mm. Solo serán aceptadas las pistolas que
hayan sido fabricadas originalmente con el cañón excediendo el extremo delantero de la
corredera, manteniendo su forma exterior original. Se permite el uso de cañón y boquilla
auto-centrante y la alteración interna del arma.
Como veis nada de nada, es más se permite:
permite el uso de cañón y boquilla
auto-centrante y la alteración interna del arma.
No hace falta q lo repita no , se permite la alteración interna del arma.
Recordar q estamos dentro del apartado de cañón, no de suplementos ni contrapesos CAÑÓN.
Lógicamente impugnaria la competición. Y demandaría a la federación.
Si no se puede no se puede. Pero cambiar el texto redactado del reglamento si no tendréis problemas.
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