BRIAM escribió:
Gracias por todo.
Vale, entiendo que la limitación más palpable que hay que tener es no más de 200 balas en deposito y transporte hasta campo de tiro/coto, independientemente de los armas que se tenga.
Chichu escribió:
Creo que con esta frase "Sacado del Reglamento de Armas, que deberías leerte si realmente "estás en proceso de obtención de la D y la E, como afirmas"" te referías a mi, pero la cita era la de otro usuario.
A mi sí me ha quedado claro, y en principio para categoría 3.1. ya he visto que no hay limitación de balas/cartuchos para cargador.
Al fin y al cabo pregunto para quedarme todo claro pues prefiero pecar de "pesado" pero ser lo más legal posible, sobre todo sabiendo que las multas dan miedo y que un arma no es un juguete.
Gracias a todos.