elnani escribió:Muchas gracias, voy a llevarle este articulo fotocopiado al de la armeria para darle en los ocícos, a ver si espabila.
Supongo que el armero se regirá por lo que le haya indicado la IA de su demarcación. Yo pienso que los 150 son correctos si tienes la ampliación, pues dejas de estar sometido al límite de los 100 anuales, y en ninguna parte me ha parecido leer nada acerca de un límite diario, siendo por tanto el siguiente punto a cumplir el del transporte, donde sí queda claro en la norma que son 150 (en tu vehículo). Pero otro podría interpretar que si el límite eran 100 anuales, pues ahora se convierte en 100 cada vez (se me antoja algo rebuscado, pero quien sabe). Estamos en lo de siempre, lo que no está puesto de forma explícita puede dar lugar a diversas interpretaciones.Yo desde luego no soy ninguna autoridad al respecto, no tomes mi criterio como algo válido. Dado que para tí la mejora es sustancial, lo mejor sería escribir a la ICAE y, si la respuesta es la esperada, entonces comentarla con el armero.
Saludos,
Nacho